SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 46658 del 26-04-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874155247

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 46658 del 26-04-2017

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL6230-2017
Fecha26 Abril 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 46658


RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente


STL6230-2017

Radicación n.° 46658

Acta 14


Santa Marta, D.T.C.H, veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017).


La Sala resuelve, en primera instancia, la acción de tutela que instauraron DANNY GONZÁLEZ JIMÉNEZ, en calidad de persona natural y representante legal del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE Y LA CONSTRUCCIÓN SNTITC, ÓSCAR MAURICIO RONDÓN, A.O.O., N.F.H.O., F.A.V., J.J.C., A.R.G., J.O. CABEZAS, H. RICO TORRES, J.E.C., R.P.M., L.H.M.S., J.E.V.F., LUCIO ÁNGEL LUGO, A.C.P., Ó.H.G., M.A.B., J.P.M., A.F.G., É.A.D.C. y EDWIN CASTILLO contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE IBAGUÉ, trámite al que se vinculó al JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.


  1. ANTECEDENTES


Los accionantes promovieron el mecanismo de amparo que ocupa la atención de la Sala, con el fin de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la personalidad jurídica, a la libre asociación, al «derecho de constituir sindicatos o derecho de sindicación», a la autonomía sindical, al trabajo y a la igualdad, los cuales, a su juicio, fueron transgredidos por el Tribunal accionado, durante el trámite del proceso de disolución, liquidación y cancelación de inscripción en el registro sindical número 73001310500220160058701, promovido en su contra por Cémex Transportes de Colombia S.A.


Manifestaron, en síntesis, para respaldar tal petición, que el 17 de julio de 2016, en la ciudad de Ibagué, veintisiete personas, entre las que ellos se encontraban, se reunieron y fundaron la organización sindical de industria denominada Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria del Transporte y la Construcción SNTITC; que en el acta de fundación aprobaron los estatutos de la organización, designaron junta directiva y leyeron las respectivas actas de asamblea; que, el 19 de julio de la misma anualidad, inscribieron la organización en el registro sindical; que, en el acta de constitución de la misma, quedó consignado que el representante legal designado era D.G.J.; que, el mismo 19 de julio de 2016, notificaron a su empleador, Cémex Transportes de Colombia S.A., de la existencia del sindicato; que la organización sindical fue creada para «la defensa de los derechos idividuales y colectivos de los trabajadores formales e informales».


Indicaron que, el 21 de octubre de 2016, la sociedad Cémex Transportes de Colombia S.A. promovió contra el Sindicato de Trabajadores de la Industria del Transporte y la Construcción SNTITC, una demanda de disolución, liquidación y cancelación de la inscripción en el registro sindical; que en los supuestos fácticos de la demanda, señaló la demandante que la organización convocada a juicio había sido constituida con evidente abuso del derecho; que la demanda fue asignada al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué, bajo el número de radicado 73001310500220160058701; que el citado despacho judicial, mediante sentencia de fecha 18 de noviembre de 2016, negó las pretensiones de la demanda, porque estimó que los presuntos abusos del derecho de asociación no se habían acreditado en el trámite del proceso.


Señalaron que la sociedad demandante instauró recurso de apelación contra la sentencia del a quo; que el citado recurso se remitió a la Sala Laboral del Tribunal Superior de...

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