SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 73359 del 28-06-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | T 73359 |
Fecha | 28 Junio 2017 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE CALI |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL9811-2017 |
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
Magistrada ponente
STL9811-2017
Radicación n° 73359
Acta 23
Bogotá, D. C., veintiocho (28) de junio dos mil diecisiete (2017).
La Sala resuelve la impugnación interpuesta por ROBERTO GRANADOS contra el fallo proferido el 20 de abril de 2017 por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI, dentro de la acción de tutela que instauró contra las SECRETARÍAS DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE y de MOVILIDAD de esa ciudad, LA NACIÓN – MINISTERIO DE TRANSPORTE y la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTES.
- ANTECEDENTES
ROBERTO GRANADOS instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al DEBIDO PROCESO, presuntamente vulnerado por las autoridades convocadas.
Refirió que el 19 de octubre de 2016 al conducir el vehículo de placas VCH243, se le elaboró una orden de comparendo a través del sistema de foto detección, cuyo término para su notificación venció el 24 de octubre del mismo mes y año. No obstante, aseguró que el trámite de comunicación no se surtió en forma debida, toda vez que se practicó hasta el 26 de octubre siguiente, esto es, por fuera de los tres días siguientes a la infracción que establece el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010.
Con base en lo anterior, acudió a la presente acción de tutela a fin de que le sea protegido el derecho invocado y, para su efectividad, pidió que se deje sin valor y efecto los «actos jurídicos de la foto – detección número 76001000000014519178 y demás actos administrativos».
Mediante proveído de 30 de marzo de 2017 la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali admitió la acción de tutela y ordenó notificar a las entidades convocadas, con el fin de que ejercieran sus derechos de defensa y contradicción.
Dentro del término concedido para el traslado, la Secretaría de Movilidad de Santiago de Cali manifestó que a través de la empresa de mensajería Servientrega S.A., remitió la orden de comparendo no. 76001000000014519178 de 19 de octubre de 2016 a la dirección de Julio César Mendieta Martínez, por ser quien figura como propietario del vehículo de placas VCH243, en el que se cometió la infracción de tránsito.
Explicó que el 26 de octubre de 2016 el aquí accionante, compareció a la audiencia pública donde «aceptó» que el día en que se detectó la referida infracción era quien conducía el automotor, motivo por el...
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