SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002017-00016-01 del 09-03-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874166839

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002017-00016-01 del 09-03-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100102040002017-00016-01
Número de sentenciaSTC3143-2017
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha09 Marzo 2017
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC3143-2017

Radicación nº 11001-02-04-000-2017-00016-01

(Aprobado en sesión de ocho de marzo de dos mil diecisiete)


Bogotá, D. C., nueve (9) de marzo de dos mil diecisiete (2017).


Se decide la impugnación formulada frente al fallo proferido el 24 de enero de 2017 por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, dentro de la acción de tutela promovida por A.O.A. contra la Fiscalía Cuarta Especializada de Bogotá, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado y la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, a cuyo trámite fueron vinculados el Juzgado 44 Penal del Circuito de esta urbe y las partes e intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.


ANTECEDENTES


  1. El accionante reclamó la protección de sus derechos fundamentales «a la dignidad humana, debido proceso, igualdad, libertad, cosa juzgada y a no ser juzgado dos veces por los mismos hechos», presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.


En consecuencia, solicitó que se ordene «a la Fiscalía 4ª Especializada de Bogotá D.C., y al Juzgado 4º Penal del Circuito Especializado [de la misma ciudad] que se anule la imputación y proceso [seguido en su contra]… con radicado Nº 11001600002320138006001 (0983)[,] por los delitos de secuestro simple agravado y otros…».


2. Son hechos relevantes para la definición del presente asunto los siguientes:


2.1. Aurelio Obando Arenas fue condenado el 9 de mayo de 2013, por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, a 32 meses de prisión por el delito de receptación, decisión modificada el 23 de julio siguiente por la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad, en cuanto a aumentar la pena a 42 meses de retención intramural.


2.2. Señaló el accionante que en su contra se abrió una nueva investigación penal, en la cual el pasado mes de diciembre le imputaron los delitos de «secuestro simple agravado y porte ilegal de armas», proceder que censura porque afirma se funda en los mismos hechos por lo que ya había sido enjuiciado y condenado.


2.3. Alegó el censor que en la audiencia de formulación de la acusación, adelantada el 17 de enero de 2014 por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de conocimiento de Bogotá, solicitó la nulidad de lo actuado por vulneración del principio al non bis in ídem, pero esa sede judicial no accedió a su ruego, por lo que interpuso apelación, pero la Sala Penal del Tribunal de la referida ciudad, el 27 de junio de 2016 confirmó la determinación del a quo.


2.4. Indicó que «no pued[e] esperar a llegar a un juicio y ser tal vez condenado para poder reclamar que no se vulneren [sus] derechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR