SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 63162 del 26-05-2021
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 26 Mayo 2021 |
Número de expediente | T 63162 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL6125-2021 |
CLARA C.D.Q.
Magistrada ponente
STL6125-2021
Radicación n.° 63162
Acta n.° 19
Bogotá, D.C., veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, de la acción de tutela que presentan CARMEN C.R.M. y VIVIANA LUCÍA GÓMEZ RÍOS, en calidad de cónyuge supérstite e hija de Germán Gómez Santos, respectivamente, contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, trámite al cual fueron vinculados el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, BAVARIA S.A. y las partes e intervinientes en el proceso ordinario laboral identificado con el radicado n.º 68001-31-05-004-2016-00443-01.
- ANTECEDENTES
CARMEN C.R.M. y VIVIANA LUCÍA GÓMEZ RÍOS instauran acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, «TRABAJO EN CONDICIONES DIGNAS Y JUSTAS», IGUALDAD, FAVORABILIDAD y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, presuntamente vulnerados por la autoridad convocada.
En lo que interesa al presente mecanismo constitucional, las promotoras refieren que G.G.S. inició proceso ordinario laboral contra Bavaria S.A., para que fuera condenada a reliquidar el pago de dominicales y festivos laborados de conformidad con la Convención Colectiva de Trabajo «2013-2015 y 2015-2017», a partir de enero de 2013, trámite que correspondió al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de B. y se identificó bajo el radicado n.° 68001-31-05-004-2016-00443-01.
Sostienen que mediante sentencia de 13 de julio de 2018, la mencionada autoridad judicial absolvió a Bavaria S.A. de las pretensiones incoadas en su contra, con fundamento en que la empresa pagó los dominicales de manera correcta, decisión frente a la cual el demandante interpuso recurso de apelación.
Señalan que el actor falleció el 5 de agosto de 2018. Por tal razón, el 30 de septiembre de 2020 el Tribunal encartado las reconoció como sucesoras procesales del convocante.
Plantean que, al resolver la alzada, el Colegiado accionado confirmó la decisión de primer grado, a través de proveído de 5 de febrero de 2021.
Manifiestan que el causante: (i) prestó servicios a Bavaria S.A. desde el 23 de enero de 1995, (ii) laboró de manera habitual más de dos domingos al mes, (iii) se afilió al sindicato S. el 13 de septiembre de 2013 y (iv) recibió el pago de los dominicales laborados como si fueran excepcionales, pese a que eran habituales.
Acuden entonces al presente mecanismo de amparo constitucional para que se protejan sus derechos superiores y, para su efectividad, solicitan que se deje sin valor y efecto la sentencia que profirió la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de B. el 5 de febrero de 2021.
Mediante auto proferido el 18 de mayo de 2021, esta Sala de la Corte admitió la acción de tutela, notificó a la autoridad convocada, y vinculó al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de B., a Bavaria S.A. y a las partes e intervinientes en el proceso que concita la inconformidad de los proponentes, a fin de que ejercieran sus derechos de defensa y contradicción.
Dentro del término de traslado, la Sala...
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