SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 5000122140002021-00187-01 del 22-09-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876417024

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 5000122140002021-00187-01 del 22-09-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha22 Septiembre 2021
Número de expedienteT 5000122140002021-00187-01
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia - Laboral de Villavicencio
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC12484-2021


FRANCISCO TERNERA BARRIOS

Magistrado Ponente


STC12484-2021

R.icación n° 50001-22-14-000-2021-00187-01

(Aprobado en sesión virtual de veintidós de septiembre de dos mil veintiuno)


Bogotá, D.C., veintidós (22) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).


Decide la Corte la impugnación interpuesta contra la sentencia proferida el 11 de agosto de 2021 por la S. Cuarta de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio, que negó el amparo promovido por R.A. Gutiérrez Carrillo contra el Juzgado Tercero Civil del Circuito de la misma ciudad. A. trámite se dispuso vincular a las partes e intervinientes del proceso de simulación de radicado 2011-00047-00 y a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos de Villavicencio y Bogotá, Zona Norte.


  1. ANTECEDENTES


1. El gestor demandó la salvaguarda de sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por las autoridades acusadas en el proceso 50001310300320110047000.


2. En sustento de su queja narró que ante el Juzgado accionado se tramitó el proceso de simulación de los contratos de compraventa «celebrados entre J.R.G. CRUZ Y SUS HIJOS, y que están contenidos en las escrituras 3377 y 3211 suscritas el 27 y 9 de julio del 2009 (…) y escrituras 4090 y 4091 de 31 de julio de 2008», promovido por su padre, José Rafael Gutiérrez Cruz, en contra de sus hijos, J., Luis A.fonso, C.Á., R.A., M.C., J.E., C.L., Blanca Cecilia, E.M., German Eduardo Gutiérrez Carrillo y sus nietas Ángela María Agudelo Gutiérrez y S.P.A.G..


El proceso terminó con sentencia, el 31 de julio de 2019, que no fue recurrida y en la cual se declararon simulados los referidos negocios jurídicos, se ordenó el levantamiento de las medidas cautelares, si existiere embargo de remanentes ponerlos a disposición del Juzgado respectivo y la inscripción de la sentencia en los folios de matrícula inmobiliaria. En la misma providencia, se aceptó la cesión del 10% de los derechos litigiosos a favor del tutelante, según contrato suscrito en vida con el entonces accionante.

No obstante, la secretaría del Juzgado demoró el trámite y solo hasta el 17 de septiembre de 2019 se elaboraron los oficios 1424 y 1426, con destino a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Villavicencio, que los devolvió el 5 de febrero de 2020 y el 2 de febrero del presente año, por estar incumplimiento con lo previsto en la Ley 1579 de 2012, lo cual fue puesto en conocimiento del Juzgado convocado desde el 8 de febrero de 2021, pero la secretaría del Despacho ha «dilatado injustificadamente la expedición de los oficios que cumplan con las exigencias de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos de Villavicencio y Bogotá para dar cumplimiento a la Sentencia del 31 de julio del 2019», pese a que ya fueron ordenados nuevamente.

Por su parte, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos dieron prelación a lo formal sobre lo sustancial, pues solo con leer la sentencia o escuchar el audio de esta «saben a ciencia cierta, cuáles son los actos jurídicos que deben inscribir».

El actor adujo que la Juez, a pesar de no ser la persona responsable de elaborar los oficios, tiene la responsabilidad de ejercer la debida diligencia frente a los empleados del Despacho y, en este caso, la secretaría «no ha entregado documento alguno que la señora Juez mediante auto de fecha 27 de abril de 2021 le ordenara».

Adicionalmente, afirmó que se está...

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