SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119484 del 26-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879210656

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119484 del 26-10-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 119484
Fecha26 Octubre 2021
Tribunal de OrigenSala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP16604 - 2021




FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente



STP16604 - 2021

Tutela de 2ª instancia No. 119484

Acta No. 280



Bogotá D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil veintiuno (2021).



VISTOS




Decide la Sala la impugnación interpuesta por Y.R.I., contra el fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca el 30 de agosto de 2021, que negó por improcedente el amparo constitucional invocado contra el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Fusagasugá con sede en Soacha y el Juzgado Primero Penal del Circuito de Los Patios (Cúcuta), por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN





De la demanda de tutela se destacan como hechos jurídicamente relevantes los siguientes:


1. El 30 de abril de 2017, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Los Patios condenó a YESID REINALDO IBARRA, a la pena principal de 114 meses de prisión y las accesorias de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de fuego por el término de la pena de prisión, como cómplice de los delitos de tráfico, fabricación o porte de armas agravado y hurto calificado y agravado, negándole la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.



2. La vigilancia de la condena correspondió al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Fusagasugá con sede en Soacha, despacho que mediante auto adiado el 16 de abril de 2021 negó al sentenciado la sustitución de la ejecución de la pena por la condición de padre cabeza de familia, decisión que fue impugnada por éste, siendo confirmada por el despacho fallador en providencia del 30 de julio del año en curso.



3. Sustentado en este marco fáctico, YESID REINALDO IBARRA promovió demanda de tutela en procura de amparo para los derechos fundamentales al debido proceso, unidad familiar, dignidad humana e igualdad que estima conculcados, en razón de la decisión que le negó el mecanismo sustitutivo de la prisión domiciliaria por la condición de padre cabeza de familia.





Advirtió que tiene a su cargo el cuidado de su sobrina de 13 años de edad y de su progenitora de 62, quienes no cuenta con personas que velen por su cuidado y manutención, al punto que la última de ellas ha tenido que acudir a la caridad de otras personas o pedir dinero en las calles.





Aseguró que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar emitió concepto favorable sobre la concesión del mecanismo sustitutivo, sin embargo, los despachos judiciales accionados no accedieron a su otorgamiento, lo cual obliga a su familiar a continuar en situación de «mendicidad», comprometiendo con ello su dignidad humana y demás garantías superiores invocadas.





4. En consecuencia, solicitó que «se ordene dejar sin efectos los fallos de negación de la prisión domiciliaria. Que en el término de las cuarenta y...

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