SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 1100102300002023-00465-00 del 04-05-2023 - Jurisprudencia - VLEX 932131301

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 1100102300002023-00465-00 del 04-05-2023

Sentido del falloDECLARA IMPROCEDENTE
EmisorSala de Casación Penal
Fecha04 Mayo 2023
Número de expedienteT 1100102300002023-00465-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP4507-2023


Myriam Ávila Roldán

Magistrada ponente


CUI: 11001023000020230046500

Radicado n.° 130431

STP4507-2023

(Aprobado acta n.° 082)


Bogotá D.C., cuatro (4) de mayo de dos mil veintitrés (2023)


I OBJETO DE LA DECISIÓN



La Sala resuelve la acción de tutela formulada por Teodoro Barragán Guerrero contra el Consejo Superior de la Judicatura y el Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá.


En síntesis, el accionante considera vulnerados sus derechos fundamentales al buen nombre, habeas data, libertad de circulación y trabajo, por cuanto a pesar de no tener registrados antecedentes se ha visto en dificultades para viajar o realizar trámites migratorios.







II HECHOS



1.- El 25 de abril de 2023, Teodoro Barragán Guerrero instauró acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura y el Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al buen nombre, habeas data, libertad de circulación y trabajo.


2.- Mencionó que hace más de veinte años fue condenado penalmente, y que cumplió la sanción, por lo que según «las leyes colombianas, [sus] antecedentes penales y judiciales se eliminaron de las bases de datos […]».


3.- No obstante, refirió que se ha visto afectado porque (i) en 2013 al viajar a México, Migración Colombia lo requirió para que presentara paz y salvo expedido por «el juzgado […]» para poder salir del país; (ii) en 2016 y 2017 la embajada de los Estados Unidos le negó la visa por tener antecedentes con la justicia colombiana; (iii) en 2017 le negaron un permiso para comprar un arma; y (iv) el 11 de octubre de 2022 viajó con su familia a Panamá y, al llegar al Aeropuerto Internacional de Tocumen las autoridades migratorias le indicaron que no era permitido su ingreso al país por tener antecedentes en Colombia. Agregó que


He consultado con las diferentes entidades de seguridad de Colombia entre ellas policía nacional, dijin, sijin e interpol, migración Colombia solicitando a ellos la revisión de mi historial, en las cuales la respuesta obtenida por parte de estas diferentes entidades ha sido negativa ante cualquier tipo de cargo presentado en mi contra, por lo tanto, solicito que sean respetados mis derechos que han sido vulnerados a lo largo de 22 años[.]


4.- Por lo tanto, solicitó que se ordene a las autoridades competentes (i) la eliminación inmediata y definitiva de sus antecedentes penales, «así como en las bases de datos internacionales a las que tenga acceso o influencia»; y (ii) la expedición de un certificado que acredite la inexistencia de antecedentes a su nombre. Finalmente, adujo que en junio de 2023 tendrá vacaciones con su familia, por lo que sería injusto seguir viéndose afectado y señalado por la justicia.


5.- Con la acción de tutela Teodoro Barragán Guerrero adjuntó, entre otros, los siguientes documentos:


5.1.- Copia del oficio n.° 428 de 15 de abril de 2002, dirigido por el Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá al Jefe de antecedentes de la DIJIN, comunicándole que mediante decisión de 22 de octubre de 2001 declaró la libertad definitiva por pena cumplida1.


5.2.- Oficio de 28 de marzo de 2023 del Jefe de Asuntos Jurídicos de la DIJIN en la que le informan al accionante que al consultar el Sistema de Información de Interpol (INSYST) no hay requerimientos en su contra solicitados por Colombia ante esa Organización.


5.3.- Constancia de 29 de marzo de 2023 del V. de Colombia en Ciudad de Panamá, en la que se consigna que el accionante no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales, «previa consulta de la información registrada en la Policía Nacional de Colombia y según la certificación adjunta expedida por esta entidad, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 94 del Decreto 019 de 2012».


5.4.- Documento de 11 de abril de 2023 de la Subdirectora de Control Migratorio de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en el que se señala sobre lo ocurrido en el aeropuerto de Panamá:


Todos los Estados, en ejercicio de su soberanía nacional poseen la facultad discrecional de permitir o no el ingreso a su territorio de los ciudadanos extranjeros que arriban al país, sin que necesariamente obedezca a requerimientos, antecedentes o condenas de carácter penal. Por lo anterior es de precisar, que este tipo de procedimientos, están basados en la discrecionalidad migratoria de cada país.


Ahora bien, el movimiento migratorio realizado el 11/10/2022 hacia Panamá, da cuenta del proceso migratorio realizado en Colombia en cumplimiento de los requisitos señalados en la normatividad migratoria vigente que permitió la autorización de salida del país sin novedad o restricción alguna.


Por tanto, para efectos de una clara y completa respuesta respecto a la inadmisión realizada por el gobierno panameño, se sugiere acudir a la autoridad migratoria del país correspondiente.


III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES


6.- A través de Auto de 26 de abril de 2023, la acción de tutela fue admitida, ordenándose enterar a las accionadas y vincular «a la Policía Nacional, DIJIN, SIJIN y Migración Colombia. Se recibieron las siguientes respuestas entre el 27 y 29 de abril de 2023:


6.1.- El Jefe de Asuntos Jurídicos de la DIJIN respondió que la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL es la administradora de la información que remiten las autoridades judiciales competentes a nivel nacional, en virtud de los decretos 019 y 233 de 2012 y la Resolución 05839 de 2015. Sobre el caso del accionante, mencionó que (i) consultado el Sistema de Información Operativo de Antecedentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR