SENTENCIA nº 05001-23-31-000-2006-01848-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 19-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896193178

SENTENCIA nº 05001-23-31-000-2006-01848-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 19-02-2021

Sentido del falloACCEDE
Fecha de la decisión19 Febrero 2021
Número de expediente05001-23-31-000-2006-01848-01
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / INDICIO INCRIMINATORIO / RESPONSABILIDAD DEL SINDICADO / JUSTIFICACIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN / FALLA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / CAUSACIÓN DEL DAÑO / CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD

[D]ado que la fiscalía no contaba con los 2 indicios graves de responsabilidad en contra del sindicado y tampoco sustentó la necesidad de la detención preventiva conforme a las finalidades previstas por la Ley, la S. concluye que no cumplió con los requisitos exigidos por la normativa procesal penal para su imposición. Por lo tanto, la S. declarará la responsabilidad de la F.ía […], a título de falla del servicio, por los daños causados al demandante, con ocasión de la privación injusta de su libertad.

ACREDITACIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO / LÍMITES DEL DERECHO A LA LIBERTAD / DAÑO AL BUEN NOMBRE / ILEGALIDAD DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD / FALLA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / INEXISTENCIA DE LA CULPA DE LA VÍCTIMA / INEXISTENCIA DE EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO / IMPUTABILIDAD A LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN / APLICACIÓN DE LA LEY PROCESAL PENAL / LIQUIDACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / IMPROCEDENCIA DE LA CONDENA EN COSTAS

[L]a S. abordará los asuntos en el siguiente orden: primero, identificará que se acreditó un daño consistente en la afectación al derecho a la libertad y […] la vulneración al buen nombre. Luego, expondrá las razones por las que se considera que la medida de aseguramiento fue ilegal y, en ese sentido, la detención del demandante constituyó una falla de la entidad que dirigió la investigación. Posteriormente, dado que […] no se evidenció la culpa de la víctima como causal eximente de responsabilidad posible en casos de privación injusta de la libertad, imputará el daño a la F.ía […], según las reglas de competencia en el proceso penal establecidas en la Ley 600 de 2000. Finalmente, liquidará la indemnización de los perjuicios y declarará improcedente la condena en costas.

FUENTE FORMAL: LEY 600 DE 2000

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la metodología de análisis de la responsabilidad patrimonial del Estado por privación injusta de la libertad, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 4 de junio del 2019, rad. 39626, C.P.A.M.P..

APLICACIÓN DE LA LEY PROCESAL PENAL / IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / CLASES DE DELITOS / PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD EN ESTABLECIMIENTO CARCELARIO / INCUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA CONDENATORIA / EXISTENCIA DEL INDICIO / INDICIO GRAVE / ASPECTO PROBATORIO / NECESIDAD DE LA SANCIÓN PENAL

La Ley 600 de 2000, norma vigente para el momento de los hechos, exige, para la imposición de la medida de aseguramiento, que se trate de un delito que tenga prevista una pena de prisión cuyo mínimo sea o exceda de 4 años, que esté taxativamente contemplado en la norma, o cuando el procesado tenga vigente sentencia condenatoria ejecutoriada por delito doloso o preterintencional –artículo 357-. Además, requiere la configuración de, por lo menos, dos indicios graves de responsabilidad, con base en las pruebas legalmente allegadas al proceso –artículo 356-, y que la medida sea necesaria […].

FUENTE FORMAL: LEY 600 DE 2000ARTÍCULO 357 / LEY 600 DE 2000 – ARTÍCULO 356

JUSTIFICACIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / FINALIDAD DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / FINALIDAD DEL PROCESO PENAL / LÍMITES DEL DERECHO A LA LIBERTAD / REINCIDENCIA DEL DELITO / EVASIÓN DE LA ACCIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL / AFECTACIÓN DE LA FUNCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

[L]a fiscalía no justificó la necesidad de la medida de aseguramiento de detención preventiva, toda vez que, no expuso la finalidad que buscaba cumplir con ella, ni las razones por las cuales era la única opción posible para garantizar los fines del proceso […]. Ante la posible afectación del derecho a la libertad, dicha medida cautelar debe decretarse en aquellos casos en que es posible concluir que el riesgo de reincidencia, la posibilidad de evadir la acción de las autoridades o de afectar el desarrollo de la investigación son reales y efectivos.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre los criterios de razonabilidad, proporcionalidad y legalidad de la medida de aseguramiento, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia del 28 de febrero de 2019, rad. 59406, C.P.M.N.V.R..

DENUNCIA PENAL / DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA / RETRATO HABLADO / RECONOCIMIENTO EN FILA DE PERSONAS / INDICIO INCRIMINATORIO / PARTE DEMANDANTE / CONOCIMIENTO DEL HECHO DAÑOSO / EXISTENCIA DEL INDICIO / CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD

[L]a denuncia presentada por la víctima, el retrato que realizaron los agentes con base en la descripción que esta misma persona hizo sobre sus agresores y el reconocimiento en fila de personas, también realizado por el denunciante, constituyeron un único indicio de responsabilidad en contra [del demandante], pues se trató del señalamiento realizado por una misma persona, quien informó, en varias oportunidades, su conocimiento sobre los hechos. De modo que, en este caso, solo se contaba con un indicio serio de responsabilidad, por lo que no se cumplió con el requisito sustancial exigido por la norma procesal penal para imponer la detención preventiva.

PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / SISTEMA DE REGLAS DE LA EXPERIENCIA / AGRAVIO A LA INTEGRIDAD MORAL / PADECIMIENTOS QUE SUFRE LA PERSONA CON OCASIÓN DEL DAÑO / VÍCTIMA DIRECTA / NÚCLEO FAMILIAR / RECONOCIMIENTO DEL PERJUICIO MORAL / TABLA DE LIQUIDACIÓN DE PERJUICIOS / PARÁMETROS PARA LIQUIDACIÓN DEL PERJUICIO MORAL / CÓMPUTO DEL TÉRMINO DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD

[L]a privación de la libertad, de acuerdo con las reglas de la experiencia, causa una afectación de índole moral, así como sentimientos de angustia, zozobra e incertidumbre, entre otros, tanto en la persona que sufre la detención como en su núcleo familiar y afectivo, por esta razón el perjuicio será reconocido a favor del demandante. La liquidación de los perjuicios se realizará con base en la tabla incluida en la Sentencia de unificación de 28 de agosto de 2014, en la que se asignó un valor monetario al perjuicio moral sufrido, según el tiempo de la privación de la libertad.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la tasación de perjuicios morales en caso de privación injusta de la libertad, cita: Consejo de Estado, S. Plena de la Sección Tercera, sentencia de unificación jurisprudencial del 28 de agosto de 2014, rad. 36149, C.P.H.A.R. (e).

DAÑO AL BUEN NOMBRE / VIOLACIÓN DEL DERECHO AL BUEN NOMBRE / JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL / CLASES DE PERJUICIO INMATERIAL / ATRIBUTOS DE LA PERSONA / DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL / PRINCIPIO DE RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA / PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA DIGNIDAD HUMANA

[L]a S. observa una afectación del derecho al buen nombre del demandante principal, el cual, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, se deriva siempre y necesariamente en un perjuicio sobre la reputación, o el concepto que de la persona tenían los demás, un deterioro de la apreciación que se tenía del sujeto por la conducta que observaba en su desempeño dentro de la sociedad. Este asunto, que podría parecer coyuntural, ha sido considerado en la jurisprudencia un factor intrínseco de la dignidad humana que a cada persona debe ser reconocida tanto por el Estado, como por la sociedad.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre el daño a la honra y al buen nombre, cita: Corte Constitucional, sentencia C-489 del 26 de junio de 2002, M.P.R.E.G.; y Corte Constitucional, sentencia C-452 del 24 de agosto de 2016, M.P.L.E.V.S..

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Consejero ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA

Bogotá D.C., diecinueve (19) de...

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