Sentencia Nº 050883105001202100272-01 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 06-05-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904865859

Sentencia Nº 050883105001202100272-01 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 06-05-2022

Sentido del falloREVOCA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Medellín de Colombia)
Número de registro81618339
Número de expediente050883105001202100272-01
Normativa aplicada1. DECRETO 2633 DE 1994, 444 DE 2013. RESOLUCIÓN 2082 DE 2016. LEY 100 DE 1993
Fecha06 Mayo 2022
MateriaTESIS: Cobro de los aportes en mora. La liquidación contentiva del valor adeudado que presenta la Administradora de Pensiones al empleado moroso se tiene como documento que presta mérito ejecutivo. Señala la Resolución 2082 de 2016, que una vez se constituya el título que presta mérito ejecutivo, deben las administradoras contactar al deudor mínimo dos veces, si este no realiza el pago, tienen estas entidades un máximo de cinco meses para dar inicio a la acción de cobro coactivo o judicial, según el caso. Contiene SALVAMENTO DE VOTO. Se está en presencia de un título complejo, por lo que se deben cumplir ciertos requisitos para poderse hablar como tal, de título.
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