SENTENCIA nº 13001-23-31-000-2005-00025-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 22-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896195169

SENTENCIA nº 13001-23-31-000-2005-00025-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 22-11-2021

Sentido del falloNIEGA
Fecha de la decisión22 Noviembre 2021
Número de expediente13001-23-31-000-2005-00025-01
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / DAÑOS SUFRIDOS O CAUSADOS POR SERVIDORES ESTATALES / CALIDAD DEL EMPLEADOR / RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL DUEÑO DE LA OBRA / ACCIDENTE DE TRABAJO / PROCESO CONTRACTUAL / RECLAMACIÓN AL EMPLEADOR / ACCIDENTE DE TRABAJO EN COMISIÓN LABORAL / REPARACIÓN PLENA DE PERJUICIOS / DEMANDA LABORAL / RIESGO DE LA ACTIVIADA CONTRACTUAL / RESPONSABILIDAD DEL EJÉRCITO NACIONAL / ARMADA NACIONAL / EJERCICIO DE LA ACCIÓN DE REPETICIÓN / DEMANDA CONTRA ENTIDAD PÚBLICA / RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR / MODIFICACIÓN DE LA SENTENCIA / DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA / FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA / MINISTERIO DE DEFENSA / EJÉRCITO NACIONAL

[S]i la empleadora del lesionado era contratista de “ISA” que, eventualmente, debía responder solidariamente como dueña de la obra por el accidente laboral, es algo que el trabajador debió demandar […]. Todos ellos aspectos que no puede evaluar esta Sala, pues debieron ser materia de discusión dentro de un proceso de responsabilidad contractual que el trabajador lesionado debió promover contra su empleador, dado que el accidente que sufrió ocurrió ejecutando una actividad laboral. [S]i el actor pretendía una indemnización plena de perjuicios debió demandar al primer llamado a responder, a la empresa [contratista], pues si esta le trasladó el riesgo al Ejército Nacional –o a la Armada Nacional- tal sociedad podía repetir contra la entidad pública respectiva, pero el demandante no podía soslayar la acción correspondiente contra su empleador. [S]e modificará la sentencia de primera instancia, para declarar la falta de legitimación en la causa por pasiva de la Nación-Ministerio de Defensa- Ejército Nacional.

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES / RETIRO POR INVALIDEZ / BENEFICIARIO DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ / PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA / CALIFICACIÓN DEL RIESGO LABORAL / RESPONSABILIDAD DE LA ARL / RESPONSABILIDAD POR ACTIVIDAD PELIGROSA / RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR / PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / REPARACIÓN PLENA DE PERJUICIOS / CLASES DE OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR / PRUEBA DE LA CULPA / RUPTURA DEL NEXO DE CAUSALIDAD / EXIMENTES DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA / HECHO DEL TERCERO / CASO FORTUITO / SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

[Q]ue el Sistema General de Riesgos Laborales le hubiera reconocido al actor una prestación económica por invalidez no constituía un obstáculo para buscar una indemnización adicional, pues el riesgo objetivo y propio del trabajo cubierto por la administradora de riesgos laborales con el fin mitigar los peligros asociados a la actividad humana subordinada no excluía la posibilidad de que el empleador resultara obligado a pagar por el daño. La indemnización plena de perjuicios debe ser asumida por el empleador en el evento en el que se pruebe su culpa, pues si la causa es ajena a él, se rompe el nexo causal por un eximente de responsabilidad, tal como “la culpa exclusiva de la víctima o de un tercero, el caso fortuito o la fuerza mayor (denominados por la doctrina causas ajenas)”, como lo ha precisado la Corte Suprema de Justicia en varias de sus sentencias.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la responsabilidad del empleador de asumir la indemnización de perjuicios, al probarse su culpa, cita: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, sentencia del 30 de julio de 2014, exp. 42532, M.C.C.D.Q.; sentencia del 20 de septiembre de 2017, exp. 63629, M.P.A.M.M.S.; y sentencia del 4 de julio de 2018, exp. 602039, M.P.C.M.D.U..

ACCIDENTE DE TRABAJO EN COMISIÓN LABORAL / CONTRATO DE TRABAJO / DEBERES DEL CONTRATISTA / FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA / EJÉRCITO NACIONAL / LUGAR DE COMISIÓN DEL HECHO / MIEMBROS DEL EJÉRCITO NACIONAL / ARMADA NACIONAL / CLASES DE OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR / OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA / RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR / CONDICIONES DEL TRABAJADOR / CONDUCTA DEL EMPLEADOR / CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR / CALIFICACIÓN DEL RIESGO LABORAL / MEDIDAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL / DETERMINACIÓN DEL ORIGEN DEL ACCIDENTE DE TRABAJO / CONSECUENCIAS POR ACCIDENTE DE TRABAJO / JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

El accidente ocurrió cuando el [demandante] desarrollaba actividades propias de su condición de empleado de la empresa [contratista], razón por la cual la Sala considera que no le asiste legitimación en la causa por pasiva al Ejército Nacional –menos aun cuando no está claro si eran sus miembros los que se encontraban en el lugar o los uniformados eran de la Armada Nacional-, sino que la controversia debió dirigirse en contra del respectivo empleador. [E]ra la empresa [contratista], en calidad de empleadora del [demandante], la que tenía la obligación de garantizar las condiciones de seguridad necesarias para que el actor realizara su trabajo, por lo que fue la que asumió el riesgo de enviarlo a un terreno en zona rural del municipio de El Carmen de Bolívar para la “instalación de una torre de energía eléctrica” donde ocurrió el accidente y la que debía realizar todas las actividades de prevención de riesgos relacionados con su actividad económica, como lo ha precisado la Corte Suprema de Justicia.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la obligación del empleador de garantizar las condiciones de seguridad necesarias para el trabajador, cita: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, sentencia del 3 de junio de 2019, exp. 71655, M.P.C.C.D.Q..

EFICACIA DE LA PRUEBA TESTIMONIAL / EMPLEADO DE ISA / DEBER DE PROTECCIÓN DE LA FUERZA PÚBLICA / GRUPO DE TESTIGOS / DECLARACIÓN DEL TESTIGO / FALTA DE PRUEBA / DUEÑO DE LA OBRA / RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA / PRESENCIA DE MIEMBROS DE LA FUERZA PÚBLICA / AUTOPUESTA EN PELIGRO DE LA VÍCTIMA / RESPONSABILIDAD DE PARTE DEMANDADA / FUERZAS MILITARES / ACCIDENTE DE TRABAJO EN COMISIÓN LABORAL / RESPONSABILIDAD DEL ACCIDENTE DE TRABAJO/ ARL / RECONOCIMIENTO DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ DE ORIGEN PROFESIONAL

[L]o que se demostró con la prueba testimonial fue que a través del supervisor de “ISA” se coordinaba el ingreso al terreno y se desconoce en qué términos se pactó la intervención de la fuerza pública en el lugar, pues los testigos no fueron parte de tal logística y solo mencionaron lo que observaron, mas no porque ellos hubieran participado de dicha “coordinación”. No se demostró si fue la empresa “ISA” la que solicitó la presencia de la fuerza pública o si fue directamente la empresa [contratista], para la cual trabajaba el [demandante], pero lo cierto es que la víctima no se encontraba por cuenta ni a órdenes de la entidad pública aquí demandada, frente a la que, se itera, no existe certeza de si eran sus miembros o los de otra fuerza armada los presentes en el lugar. [E]l incidente analizado fue reportado como accidente de trabajo por la empresa [contratista], por su parte, la ARL […] le reconoció pensión de invalidez al actor.

DECISIÓN DE LA SENTENCIA / COMPETENCIA DEL JUZGADO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL / NEGACIÓN DE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA / NEGACIÓN DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO / FACULTAD DE LA PARTE DEMANDANTE / FALTA DE CAPACIDAD PARA SER PARTE / ALCANCE JURISPRUDENCIAL / REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA PARTE DEMANDANTE / ELEMENTOS DE LA CAUSACIÓN DE PERJUICIOS / SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / IDENTIDAD DE PARTES / CONTENIDO DE LAS NORMAS / INAPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE COSA JUZGADA / PRONUNCIAMIENTO DE LA SENTENCIA / PRETENSIONES DE LA DEMANDA

[E]n la sentencia proferida […] por el Juzgado 10º Administrativo del Circuito de Cartagena que negó las pretensiones, de haber accedido no le habría reconocido reparación alguna, dado que el [demandante] no lo solicitó porque no fue parte en ese proceso, como ya lo ha señalado esta Sala de Subsección en situaciones similares. De ahí que el [demandante] no integró la parte actora en aquel proceso y, por tanto, solo en este asunto fue en el que pidió que se le indemnizaran los perjuicios que a él se le causaron. Así las cosas, no se cumple el elemento de identidad de partes al que se refiere el artículo 332 del C. de P. C. y, por tanto, no se encuentra configurada la cosa juzgada, razón por la cual, la Sala se pronunciará sobre las pretensiones formuladas.

FUENTE FORMAL: DECRETO 1400 DE 1970ARTÍCULO 332

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la implicación de no ser parte en el proceso, por ausencia de poder, cita: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del del 6 de noviembre de 2020, rad. 44362, C.P.M.A.M.; y sentencia del 9 de abril de 2021 rad. 62908, C.P.M.N.V.R..

NOTA DE RELATORÍA: Providencia con salvamento de voto de la consejera M.A.M..

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejera ponente: MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO

Bogotá D.C., veintidós (22) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)

Radicación número: 13001-23-31-000-2005-00025-01(45850)

Actor: L.A.C.J.

Demandado: NACIÓN-MINISTERIO DE DEFENSA-EJÉRCITO NACIONAL

Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA

Temas: RESPONSABILIDAD DEL...

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