Sentencia Nº 23001-33-33-001-2013-00623-01 del Tribunal Administrativo de Córdoba, 02-08-2024 - vLex Colombia

Sentencia Nº 23001-33-33-001-2013-00623-01 del Tribunal Administrativo de Córdoba, 02-08-2024

PonenteMARÍA BERNARDA MARTÍNEZ CRUZ
Sentido del falloMODIFICA
Número de registro81870100
Número de expediente23001-33-33-001-2013-00623-01
Fecha02 Agosto 2024
CategoríaServicios públicos,trabajador en relación de dependencia,agencia tributaria,derecho privado,Contrato laboral,contrato de prestación de servicios
Normativa aplicada1. Ley 80 de 1993, artículo 32.
MateriaSUBORDINACIÓN - Se tiene por demostrada por cuanto es inherente a la labor docente / TESIS: Teniendo en cuenta el recurso de apelación interpuesto, esta Sala procederá a limitar su estudio a la verificación de la existencia de la relación laboral entre la parte actora y el municipio de Lorica, por el periodo del 27 de febrero del año 1996 y el 27 de noviembre del 2001. (…) Del análisis en conjunto de las pruebas aportadas, se evidencia que si bien con la sentencia de primera instancia se reconoció la existencia de la relación laboral surgida entre la señora Tania Herrera Sánchez y el municipio de Lorica por los periodos del 30 de septiembre al 30 de noviembre de 1997, del 15 de febrero al 04 de marzo de 2001, del 27 de julio al 27 de agosto de 2001, del 28 de septiembre al 27 de octubre de 2001, del 12 de febrero al 30 de abril de 2002, del 1° de mayo al 30 de junio de 2002, del 1° de julio al 06 de diciembre de 2002, del 25 de febrero al 20 de junio de 2003, del 07 de julio al 13 de diciembre de 2003 y del 10 de junio al 30 de noviembre de 2005; lo cierto es que, conforme lo alega la parte demandante, de la certificación laboral aportada, las autorizaciones remitidas a la señora Herrera Sánchez por parte del Secretario de Educación Municipal y de las pruebas testimoniales recepcionadas en el curso del proceso se extrae que, además de los periodos indicados en precedencia, aquella prestó sus servicios de manera directa y personal como docente a través de contratos de prestación de servicios, desde el 27 de febrero de 1996 al 30 de diciembre de 1996, del 17 de febrero de 1997 al 15 de junio de 1997, del 28 de julio de 1997 a 28 de septiembre de 1997, del 1° de agosto de 1998 al 30 de septiembre de 1998, del 1° de octubre de 1998 al 30 de noviembre de 1998, del 15 de marzo de 1999 al 15 de junio de 1999, del 04 de agosto de 1999 al 04 de octubre de 1999 del 11 de octubre de 1999 al 04 de diciembre de 1999. Por lo anterior, la Sala le dará valor probatorio a la certificación de fecha 14 de septiembre de 2009, en tanto en ella se especifica detalladamente el cargo que desempeñó, los periodos laborales y la remuneración que percibió, y pese a que el juez de primera instancia indicó que en la misma no se estableció la modalidad de vinculación de la parte actora, se tiene que con las autorizaciones allegadas al plenario y las declaraciones rendidas se estableció que fue a través de ordenes de prestación de servicios, por lo que, se modificará en tal sentido la sentencia de primera instancia. De otra parte, respecto de los periodos del año 2000, del 07 al 18 de mayo de 2001, del 26 de junio de 2001 al 26 de julio de 2001, del 28 de agosto de 2001 al 27 de septiembre de 2001 y del 28 de octubre a 27 de noviembre de 2001, el proceso es carente de pruebas que acrediten la relación jurídica sustancial que la demandante afirma haber sostenido con la demandada, en razón a que si bien fueron allegadas certificaciones laborales y los diversos contratos suscritos entre la Organización para el Desarrollo Educativo y Social de Córdoba - ODESCOR y la demandante durante estos periodos, cuyo objeto era “El prestatario se compromete con la Organización para el desarrollo educativo y social de Córdoba ODESCOR a prestar sus servicios como docente en la Escuela o colegio los Platanales, perteneciente al Núcleo Educativo N° 51 del municipio de Santa Cruz de Lorica. La prestación de este servicio será temporal y no generará derecho de permanencia en el servicio público educativo, ni ningún otro compromiso económico ni prestacional.” no se puede establecer el vínculo laboral entre las mencionadas organizaciones y el municipio de Lorica, pues como lo sostuvo el juez de primera instancia no fueron allegados los respectivos contratos en los que consten que esta organización era contratada por la entidad demandada para suministrar personal docente, ni se pueden verificar las respectivas condiciones del mismo. En torno al elemento de la remuneración o contraprestación económica, se tiene que respecto a los periodos del 28 de julio de 1997 a 28 de septiembre de 1997, del 1° de agosto de 1998 al 30 de septiembre de 1998, del 1° de octubre de 1998 al 30 de noviembre de 1998, del 15 de marzo de 1999 al 15 de junio de 1999 y del 11 de octubre de 1999 al 04 de diciembre de 1999, el mismo se encuentra acreditado con la certificación laboral allegada por la parte demandada, en razón a que de ella se extrae que entre la entidad demandada y la demandante se acordó el pago de una suma de dinero como contraprestación a los servicios prestados como docente. Respecto a la subordinación en docentes, conforme a la jurisprudencia citada el Consejo de Estado ha sostenido que esta se tiene por demostrada por cuanto es inherente a la labor docente el cumplimiento de órdenes que impartan sus superiores jerárquicos, el cumplimiento de su jornada laboral, la imposibilidad de abandonar o suspender sus labores injustificadamente, de allí que la actividad que realizan no es independiente y excede el principio de coordinación, deba prestarse de manera personal y se encuentra revestida de los atributos de permanencia y subordinación. Se hace necesario reiterar que conforme lo indicó el juez de primera instancia, en el presente caso operó el fenómeno jurídico de la prescripción en vista que la última vinculación del demandante fue en fecha 30 de noviembre de 2005. Por lo tanto, como quiera que, en este caso, la reclamación administrativa se presentó tres (3) años después de la terminación de la relación contractual, esto es, el 22 de febrero de 2012, operó el fenómeno de la prescripción frente a estas. Ahora bien, siendo procedente la declaratoria de prescripción de los derechos laborales, se dará aplicación a la jurisprudencia del Consejo de Estado, sobre el carácter imprescriptible de los aportes a pensión…

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex