SENTENCIA nº 25000-23-36-000-2015-00794-02 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 06-11-2020 - Jurisprudencia - VLEX 862712459

SENTENCIA nº 25000-23-36-000-2015-00794-02 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 06-11-2020

Sentido del falloNIEGA
EmisorSECCIÓN TERCERA
Número de expediente25000-23-36-000-2015-00794-02
Tipo de documentoSentencia
Fecha06 Noviembre 2020
Normativa aplicadaLEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 164 NUMERAL 2 / LEY 1333 DE 2009 / LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 140 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 161 / LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 188 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 365 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 366
Fecha de la decisión06 Noviembre 2020
CONSEJO DE ESTADO

MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA / APELACIÓN DE LA SENTENCIA / FUENTE DEL DAÑO / DAÑO DERIVADO DEL ACTO ADMINISTRATIVO / OPERACIÓN ADMINISTRATIVA / IMPROCEDENCIA DEL MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA / PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

De acuerdo con lo expuesto, no era procedente el medio de control de reparación directa, por cuanto las actuaciones que se señalaron como constitutivas de una operación administrativa, o bien hacen parte del procedimiento que se desprendió de la Resolución […], de manera que la fuente del supuesto daño se sitúa en los actos mencionados y, en lo que se refiere a este proceso, su impugnación se debió entablar a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Resolución […].

CADUCIDAD DE LOS MEDIOS DE CONTROL / CADUCIDAD DEL MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / TÉRMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / CONTABILIZACIÓN DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / OPERANCIA DE LA CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

La Resolución […] fue comunicada a la demandante, por correo […] y la propia demandante declaró conocida esa comunicación por recibo en el domicilio de esa sociedad en la misma fecha, lo que lleva a considerar que la caducidad del medio de control nulidad y restablecimiento del derecho ocurrió al vencimiento del término de cuatro meses fijado en el numeral 2 del artículo 164 del CPACA […]. El término de caducidad no se suspendió por la solicitud de conciliación extrajudicial, toda vez que esta solo se presentó el […], fecha para la cual ya había operado dicha caducidad. Las consideraciones anteriores abren paso a declarar probada la excepción de caducidad del medio de control, toda vez que la oportunidad de la demanda constituye un presupuesto procesal de obligatoria observancia.

FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 164 NUMERAL 2

ACTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN / MEDIDAS CAUTELARES PREVENTIVAS / SUSPENSIÓN DE OBRA / MEDIDAS PREVENTIVAS EN INFRACCIÓN AMBIENTAL / PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ESPECIAL / PRINCIPIO DE APLICACIÓN INMEDIATA / PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

En primer lugar, resulta importante observar que la medida de suspensión de actividades dispuesta dentro del trámite de la Ley 1333 de 2009 constituye un acto administrativo de ejecución inmediata, tiene carácter preventivo y transitorio, contra ella no procede recurso alguno y se aplica sin perjuicio de las sanciones que hubiere lugar a imponer posteriormente, una vez transcurrido el procedimiento sancionatorio. De conformidad con la citada ley, la autoridad ambiental puede ordenar la medida preventiva de suspensión de las obras en el marco de un procedimiento especial […]. En segundo lugar, el acto de suspensión de las obras y actividades está previsto en la legislación citada como definitivo, en cuanto impone una situación jurídica de efectos inmediatos, -aunque transitorios pues permanecen durante el tiempo que se defina- y por ello, tal medida preventiva tiene idoneidad para producir un daño en forma autónoma e independiente de la sanción que se puede imponer o no como resultado del trámite subsiguiente, razón por la cual, el acto de suspensión preventiva de las obras es demandable en forma separada. […] En tercer lugar, teniendo en cuenta que la medida cautelar de suspensión de las obras se impone mediante acto administrativo, se tiene que concluir que, en ese supuesto, la acción procedente para expulsarla del mundo jurídico es la de nulidad y restablecimiento del derecho, en tanto que se pretenda anular sus efectos.

FUENTE FORMAL: LEY 1333 DE 2009

OPERACIÓN ADMINISTRATIVA / CONCEPTO DE LA OPERACIÓN ADMINISTRATIVA

En el contexto del artículo 140 del CPACA puede entenderse por operación administrativa el conjunto de conductas (acciones u omisiones) que se constituye en causa del daño antijurídico, sin mediar un acto administrativo o existiendo el acto, pero causándose el daño por tales conductas, a pesar de la legalidad de dicho acto.

FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 140

IMPROCEDENCIA DEL MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA / FUENTE DEL DAÑO / OPERACIÓN ADMINISTRATIVA / DAÑO CAUSADO POR ACTO ADMINISTRATIVO / EJECUCIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

La Sala observa que el medio de control de reparación directa no resulta procedente cuando la fuente del daño se encuentra en el acto administrativo o la ejecución de lo ordenado en el mismo y, de otra parte, se advierte que si la operación administrativa culmina con la expedición de un acto administrativo la pretensión debe ser la de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta contra el referido acto, salvo que esa ejecución se aparte de lo definido en el respectivo acto.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la procedencia de la acción de reparación directa por daños originados en una operación administrativa, cita: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 30 de marzo de 2020, rad. 62229, C.P.M.B.M.. Sobre la procedencia de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho cuando el perjuicio alegado surge de la ilegalidad del acto administrativo y la operación administrativa solo se realizó con el fin de acatar la decisión, cita: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 17 de agosto de 1995, rad. 7095 C.P.C.B.J.; auto de 19 de marzo de 2020, rad. 62071, C.P.M.N.V.R..

SUSPENSIÓN DEL PROCESO POR PREJUDICIALIDAD / REQUISITOS DE LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO POR PREJUDICIALIDAD / IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO POR PREJUDICIALIDAD

[E]ncontrándose elaborada la ponencia para fallo, se recibió una solicitud de la parte demandante para que se decrete la suspensión del proceso por prejudicialidad […]. La demandante transcribe el historial del proceso, tomado de la página de la Rama Judicial y cita un sentencia del Consejo de Estado que se refiere a la pertinencia de la suspensión cuando el proceso pende de manera determinante de la decisión de la decisión de otro, pero no sustentó de manera específica la necesidad o conducencia o imposibilidad de fallar el caso concreto, por lo que la solicitud no reúne los requisitos previstos en el artículo 161 del CGP. Como se observa de lo expuesto en esta providencia y del contenido de las pretensiones que fueron transcritas al inicio, la legalidad de los actos demandados en el proceso al que se refiere la solicitud del demandante puede ser estudiada y definida en forma separada de las pretensiones de esta demanda, dado que se fundó en actos diferentes y no existe una cuestión determinante que impida el análisis de la presente controversia ni que obligue a suspender el presente proceso hasta que se falle el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se surte en primera instancia. Se agrega que este fallo no comprende pronunciamientos sobre la legalidad de los actos impugnados en el proceso al que se refiere la demandante. Como consecuencia, se deniega la solicitud de suspensión del proceso por la supuesta prejudicialidad.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 161

CONDENA EN COSTAS / PROCEDENCIA DE LA CONDENA EN COSTAS / PROCEDENCIA DE LAS COSTAS PROCESALES

Habida cuenta de que para este proceso se aplica el artículo 188 del CPACA, de conformidad con el artículo 365 del Código General del Proceso, en la presente providencia se impondrá la...

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