Sentencia Nº 250002342000201802571-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 21-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879157404

Sentencia Nº 250002342000201802571-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 21-05-2021

Número de registro81561658
Fecha21 Mayo 2021
Número de expediente250002342000201802571-00
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Ministerio de Defensa Dirección General de Sanidad Militar / RELIQUIDACIÓN ASIGNACIÓN BASICA - Alcance / PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL APLICABLE - Se deben negar las súplicas de la demanda, si bien a la demandante le venía siendo aplicable el régimen salarial para los servidores públicos de la rama ejecutiva del orden nacional, la administración conservó todos los derechos, garantías, beneficios adquiridos y demás prerrogativas, entre ellos, el régimen salarial que traía la demandante, la nueva nomenclatura y clasificación no se previó modificación del régimen salarial, fue la normatividad la que señaló que continuarán percibiendo la remuneración correspondiente a los empleos venían desempeñando. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si, 1 la señora (…) en calidad de ex servidora de la Dirección General de Sanidad Militar, es destinataria del régimen salarial establecido para los empleados públicos de la rama ejecutiva del orden nacional, en virtud de lo previsto en la Ley 352 de 1997 y el Decreto 3062 del mismo año, y si por haberse vinculado con la administración antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, su régimen prestacional es el establecido en el Decreto-ley 1214 de 1990 2 En caso positivo definir si, tiene derecho a que se le reconozca, reliquide y pague la asignación básica con base en lo dispuesto en los decretos que anualmente expide el Gobierno nacional para los empleados públicos del orden nacional, y se le reliquide la pensión con las partidas computables señaladas en el artículo 102 del Decreto- Ley 1214 de 1990? TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN “E” MAGISTRADO SUSTANCIADOR: JAIME ALBERTO GALEANO GARZÓN Bogotá D.C., veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiuno (2021) / TESIS: Expediente: 25000-23-42-000-2018-02571-00 Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho Demandante: Liliana Akli Serpa Demandado:
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