Sentencia Nº 252693333002201800303-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 07-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879155445

Sentencia Nº 252693333002201800303-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 07-05-2021

Fecha07 Mayo 2021
Número de expediente252693333002201800303-01
Número de registro81555598
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Ministerio de Educación Nacional y Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio FNPSM / RELIQUIDACIÓN PENSIÓN - Se le reconoció pensión de invalidez, a partir del 30 de noviembre de 2011, le es aplicable el régimen pensional previsto en las Leyes 33 y 62 de 1985, y los Decretos 3135 de 1968 y 1848 de 1969, la pensión le fue reconocida y ha venido siendo pagada / ACTO ADMINISTRATIVO FICTO O PRESUNTO NEGATIVO - Presentó petición el 18 de enero de 2018, mediante el cual solicitaba la devolución y suspensión de los descuentos del 12% de las mesadas adicionales de diciembre, el cual a la fecha no ha tenido respuesta alguna, tras el tiempo transcurrido se puede evidenciar que en el presente caso se configura el acto administrativo presunto negativo respecto a la petición presentada por la demandante, declara la existencia del acto administrativo ficto o presunto negativo frente a la petición elevada el 18 de enero de 2018 / REINTEGRO DE LOS DESCUENTOS EN SALUD EFECTUADOS EN LAS MESADAS ADICIONALES Y LA SUSPENSIÓN DE LOS MISMOS - Los descuentos realizados por la Fiduciaria la Previsora sobre las mesadas adicionales de la pensionada docente demandante se encuentran ajustados a derecho, dichas deducciones, al igual que aquellas realizadas sobre las mesadas ordinarias, están destinadas a la sostenibilidad de los recursos del FNPSM, se efectúan en virtud de un mandato legal, y en observancia del principio de solidaridad que también rige este sistema, no hay razón para que el FNPSM se abstenga de efectuar los descuentos sobre las mesadas adicionales, el acto presunto administrativo demandado, al negar la solicitud presentada con ese objeto, se encuentra ajustado a derecho. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si, 1 ¿La señora (…) tiene derecho al reintegro de los descuentos efectuados por concepto de cotización para la prestación de servicios de salud en las mesadas de diciembre, y a que a futuro no se realicen tales descuentos sobre las mesadas pensionales adicionales que devengue, o si, por el contrario, dicha deducción resulta ajustada a derecho, como lo sostiene la demandada? 2 ¿Hay lugar a la declaración de existencia del acto ficto demandando por la accionante, al presentarse el silencio administrativo respecto de la petición con radicado del 18 de enero de 2018?
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