Sentencia Nº 500066000 564 2010 00185 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 17-05-2019 - Jurisprudencia - VLEX 836171169

Sentencia Nº 500066000 564 2010 00185 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 17-05-2019

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Número de expediente500066000 564 2010 00185 01
Número de registro81502413
Fecha17 Mayo 2019
Normativa aplicadaCódigo Penal art. 59,60,61,68A
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
ASUNTO

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL

Magistrado Ponente: Alcibíades Vargas Bautista

Sentencia: Radicado: Procedencia:

Segunda Instancia 50001 60 00 564 2010 0018501 Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Villavicencio (Meta) Hurto calificado y agravado y otro. A.A.D.M.. Confirma Acta N° 063 17 de mayo de 2019

Delitos: Acusado: Decisión: Aprobado: Fecha:

ASUNTO

Se decide el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra la /

sentencia anticipada del 4 de junio de 2013 proferida por el Juzgado

Cuarto Penal del Circuito de Villavicencio (Meta), mediante la cual se

condenó a ADRIÁN ANTONIO DIEZ MORENO por los delitos de hurto calificado y agravado en concurso heterogéneo con tráfico, fabricación o porte de armas de fuego o munidones'.

ANTECEDENTES

1. Los hechos ocurren el 15 de enero del año 2010, en la carrera sa calle 45 parqueadero "Castilla Real" de esta ciudad, cuando ADRIÁN

ANT~NIO DIEZ MORENO, en compañía de otros sujetos, se abalanzan

sobre el vehículo FORDECOSPORTde placas BSU506, de propiedad del

. señor J. cual con palabras soeces le

exigen que entregue todas sus pertenencias y el dinero que portaba, al

1 Se decide, liego de transcurridos más de 7 años en razón a la agobiante congestión que padece ésta Sala Penal. la que actualmente tiene un inventario que supera los 1.000 procesos.

RUN: 5000660 vOO 564 2010 00185 01 Adrián Antonio Diez Moreno

Hurto calificado y agravado y otro. Confirma.

negarse a tales exigencias, procedieron a apagarle el vehículo y quitarle

las llaves. Luego, uno de los sujetos que se movilizaba en una motocicleta,

amenaza con darle muerte, mientras le apunta con un arma de fuego en

la cabeza, momento que aprovechan los demás sujetos para tomar sus

pertenencias y huir del lugar por un potrero aledaño.

, ,

2. En audiencia celebrada el 28 de abril de 2011, ante el Juez Primero

Municipal con función de control de garantías de Villavicencio (Meta), se

formuló imputación contra A.A.D.M., por los

delitos de hurto calificado y aglavado (inciso 2° del arto 240, y 241

numeral 10° del C.P.).y tráfico, fabricación o porte de armas de fuego

o municiones (art 365 del c.P.), en la que el imputado se allanó a los carqos',

3. En sentencia antiápada del 4- de junio de 20133, el Juez Cuarto Penal . \

del Circuito de Villavicencio (Meta), condenó al implicado, por el delito

imputado, a 37 meses de prisión. Como pena accesoria impuso la

inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el

mismo lapso; y se negaron, la suspensión condicional de la ejecución de

la pena y la prisión domiciliaria.

Al referirse a la dosificación punitiva el A-qua, precisó los extremos

punitivos para el delito de hurto calificado y agravado tras deducir cada

una de las circunstancias que lo rnodíñcarr', así estableció la sanción entre 144 a 336 meses, luego acudió al fenómeno postdelictual que

conlleva la reparación de los perjuicios" y, redosificó los extremos

punitivos, para concluir que éstos oscilaban entre 36 a 168 meses de

prisión. Ante la ausencia de circunstancias de mayor punibilidad fijó el

2 F. 13 y 14 del c.o del Juzgado. 3 Folios 68 y ss cuaderno del Juzgado. 4 Cuando se cometiere con violencia sobre las personas, con destreza o arrebatando cosas u objetos que las personas lleven consigo, por dos o más personas que se hubieren reunido o acordado para cometer el huto. s A. 269 del C.p.

2

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Hurto calificado y agravado y otro. Confirma.

ámbito de movilidad en el primer cuarto, esto es de 36 a 69 meses de

prisión; dentro de este estableció la pena en...

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