Sentencia Nº 52001312100120130020500 del Tribunal Superior de Cali, 15-12-2016 - Jurisprudencia - VLEX 905271486

Sentencia Nº 52001312100120130020500 del Tribunal Superior de Cali, 15-12-2016

Número de expediente52001312100120130020500
Fecha15 Diciembre 2016
Número de registro81510786
EmisorTribunal Superior del Distrito Judicial de Cali (Colombia)
Normativa aplicadaLey 1448 de 2011 art. 3,8,60,74,75,76,79,84,91,97 \ Ley 79 de 1986 \ Decreto 3600 de 2007 art. 4 \ Ley 1450 de 2011 art. 202
MateriaTESIS: Confrontados los informes de georreferenciación realizados por la UAEGRTD, uno en la parte administrativa y otra en la judicial, se advierte que el predio en ellos identificado corresponde al mismo, pues su ubicación dentro del de mayor extensión debidamente individualizado por su cédula catastral y matrícula inmobiliaria no varía, así mismo si se observan los planos, la posición y forma es la misma, igual acontece con las coordenadas las cuales después del ajuste de la cabida superficiaria guardan coincidencia, toda vez que los puntos 4, 3, 6, 5 que delimitan el fundo en el primer plano, corresponden a los puntos 1, 4, 5 y 8 del segundo y éstos conservan exactamente la misma latitud y longitud. Si bien hubo error por parte de la UAEGRTD, este fue subsanado, quedando acreditado que el fundo incluido en el Registro de Predios Despojados es mayor y contiene el efectivamente reclamado, presentando identidad en las coordenadas, además, el área como los linderos fueron debidamente clarificados.
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