Sentencia Nº 660013121001201700089-01 del Tribunal Superior de Cali, 15-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904866572

Sentencia Nº 660013121001201700089-01 del Tribunal Superior de Cali, 15-12-2021

Número de expediente660013121001201700089-01
Fecha15 Diciembre 2021
Número de registro81592764
EmisorTribunal Superior del Distrito Judicial de Cali (Colombia)
Normativa aplicada1. Ley 1448 de 2011 Art. 3, 4, 5, 7, 8, 25, 60, 69, 72, 75, 77, 78, 97 / Ley 387 de 1997 / Ley 135 de 1961 / Decreto 561 de 1989 / López, Claudia. Coordinadora. “Y refundaron la patria… De cómo mafiosos y políticos reconfiguraron el Estado Colombiano”. Corporación Nuevo Arco Iris. Randon House Mondadori. Bogotá. 2010. Garay Salamanca Luis Jorge y Vargas Valencia Fernando. Memoria y Reparación. Elementos para una justicia transicional pro víctima. Universidad Externado de Colombia. Bogotá. 2012. URIBE ALARCON, María Victoria. “Matar, rematar y contramatar. Las masacres de la violencia en el Tolima. 1948-1964.” Bogotá. CINEP. 1992. Uprimny Yepes, Rodrigo y Sánchez Nelson Camilo. Ley de Victimas: avances, limitaciones y retos. Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad- Dejusticia. Bogotá. 2011. SALAZAR, Boris. “Vive y deja matar. Lecciones de supervivencia a la colombiana.” Del texto “Cuando el resultado está lejos. El caso del conflicto armado colombiano.” PECAUT, Daniel. Reflexiones sobre la violencia en Colombia. Incluido en el texto “Violencia, Guerra y Paz. Una mirada desde las ciencias humanas”. Universidad del Valle. Pag. 26. Revista de Derecho Privado Externado 17-2009, pp. 45 a 76 pagina 17, BUENA FE Universidad Externado-Martha Neme
MateriaTESIS: Si bien el abandono y el despojo son fenómenos distintos, ambos producen la expulsión de las víctimas de su tierra y la vulneración de sus derechos al acceso, control y explotación de la tierra y no ser despojado de ella, a la vivienda digna y al mínimo vital, pues en la huida quedan atrás las actividades que le permitían a las personas atender a su sostenimiento y el de su familia, truncándose las más preciadas relaciones familiares y sociales, perdidas las redes de apoyo y avocados a afrontar toda suerte de inconvenientes y necesidades que crecen como un espiral que deja a los desplazados en condiciones de tal precariedad que en muchos casos llega a la indigencia DE LAS PRESUNCIONES Y LA INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA - Estructurada la presunción de orden legal, le corresponde al opositor desvirtuar la ausencia de consentimiento o causa ilícita en los contratos, a efectos de que no sea invalidado, pues de lo contrario, el mismo se reputará como inexistente y por ende, todos los actos jurídicos posteriores estarán viciados de nulidad absoluta / DE LA BUENA FE EXENTA DE CULPA - Le corresponde al opositor acreditar que detenta el fundo por haberlo adquirido de buena fe exenta de culpa, lo que implica probar plenamente que su actuación para hacerse al dominio de la finca se dio con la convicción de estar actuando con honestidad, rectitud y lealtad en el negocio jurídico y que en su conducta no se avizora intención de causar daño u obtener un provecho en detrimento de otro, exhibiendo una buena fe calificada en la que el convencimiento era invencible dada la apariencia de real y legítimo del derecho en que se funda su certeza, que no resultaba posible desvirtuar pese a las averiguaciones diligentemente realizadas para su comprobación / TESIS:
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