Sentencia Nº 76-109-31-05-002-2015-00142-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 04-09-2019 - Jurisprudencia - VLEX 849629742

Sentencia Nº 76-109-31-05-002-2015-00142-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 04-09-2019

Sentido del falloMODIFICA SENTENCIA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81501948
Número de expediente76-109-31-05-002-2015-00142-01
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,PRESCRIPCIÓN DE DERECHOS LABORALES - / SOLIDARIDAD LABORAL - / SOCIEDADES PORTUARIAS - /
Fecha04 Septiembre 2019
Normativa aplicadaCÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO, ARTÍCULOS 34, 306 Y 488; LEY 50 DE 1990, ARTÍCULO 99; LEY 1 DE 1991, ARTÍCULO 5, NUMERAL 20; DECRETO 4681 DE 2008.

PRESCRIPCIÓN DE DERECHOS LABORALES En su determinación o cómputo no se puede tener en cuenta el fenómeno de la sustitución patronal/SOLIDARIDAD LABORAL Las labores desplegadas por el contratista no deben ser extrañas o las actividades normales de la empresa o del negocio del contratante/SOCIEDADES PORTUARIAS La actividad de almacenamiento, que pueden desarrollar directamente o a través de terceros, no es ajena a sus tareas normales FUENTES FORMALES: Código Sustantivo del Trabajo, artículos 34, 306 y 488; Ley 50 de 1990, artículo 99; Ley 1 de 1991, artículo 5, numeral 20; Decreto 4681 de 2008 CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral decisiones 49135 del 24 de agosto de 2011 y SL555-2013 Magistrada ponente : María Matilde Trejos...

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