SENTENCIA nº 76001-23-31-000-2011-01681- 01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 19-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896199177

SENTENCIA nº 76001-23-31-000-2011-01681- 01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 19-11-2021

Sentido del falloNIEGA
Fecha de la decisión19 Noviembre 2021
Número de expediente76001-23-31-000-2011-01681- 01
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / CAUSAL DE EXONERACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / CULPA EXCLUSIVA DE LA VICTIMA / ELEMENTOS DE PRUEBA / SITUACIÓN DEL PROCESADO / IMPOSICIÓN DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA / MEDIDA RESTRICTIVA DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / RECAUDO DE LA PRUEBA / PROCEDENCIA DE LA PRUEBA NUEVA / REVOCATORIA DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / NEGACIÓN DE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA

[L]a Sala considera que, en el presente asunto, no hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado, al constatar la configuración de la causal eximente de responsabilidad consistente en la culpa exclusiva de la víctima. Lo anterior, como quiera que, a partir de los anteriores elementos de conocimiento, es posible inferir que la actuación del entonces procesado incidió en la imposición de la medida preventiva que restringió su libertad, así como que esta se mantuvo hasta que se recaudaron nuevos medios de prueba que dieron lugar a la revocatoria de la medida de aseguramiento. Por tanto, se negarán las pretensiones de la demanda.

CONDUCTAS PROCESALES / CONDUCTA DE LA PARTE DEMANDANTE / MEDIDA RESTRICTIVA DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / VOLUNTAD PRIVADA / EVASIÓN DE LA ORDEN DE CAPTURA / VALORACIÓN JURÍDICA DE LA DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA / FORMULACIÓN DE CARGOS / VINCULACIÓN AL PROCESO PENAL / DECLARATORIA DE PERSONA AUSENTE / IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / IMPOSICIÓN DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA

[L]a conducta procesal desplegada por el demandante principal incidió de manera determinante en la adopción de las medidas que afectaron su libertad, debido a que, ante su decisión voluntaria de evadir el cumplimiento de la orden de captura, lo que a su vez impidió que presentara las explicaciones pertinentes en torno a los cargos formulados, se hizo necesario disponer su vinculación mediante declaratoria de persona ausente y, posteriormente, imponer medida de aseguramiento de detención preventiva en su contra.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la vinculación al proceso penal mediante la declaratoria de persona ausente, cita: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, sentencia del 5 de junio de 2019, expediente 54151, M.P..E.P.C..

VÍCTIMA DIRECTA / FUNDAMENTO DEL PROCESO PENAL / COMISIÓN DE DELITO / CONFIGURACIÓN DE LA REBELIÓN / PODER DEL ABOGADO / DEFENSOR DE CONFIANZA / APERTURA DE INVESTIGACIÓN PENAL / CUMPLIMIENTO DE ORDEN JUDICIAL / ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS / EFICACIA DE LA PRUEBA TESTIMONIAL / PRUEBA DEL CAMBIO DE DOMICILIO / EVASIÓN DE LA ACCIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL

[L]a víctima directa tenía conocimiento de la existencia del trámite penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de rebelión, tan es así que otorgó poder a su apoderado de confianza para que lo representara en su ausencia. Es decir, a pesar de la noticia cierta que tenía acerca del inicio de esa investigación y el requerimiento judicial allí realizado, no se presentó ante las autoridades para esclarecer los hechos, sino que, de acuerdo con lo informado en esa prueba testimonial, cambió de residencia en varias oportunidades con el fin de no ser ubicado por las autoridades.

ACTUACIÓN DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN / IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / EXISTENCIA DEL INDICIO / INDICIO GRAVE / AGRAVANTES DE RESPONSABILIDAD PENAL / RESOLUCIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA EN EL PROCESO PENAL / RECAUDO DE LA PRUEBA / EFICACIA DE LA PRUEBA TESTIMONIAL / CERTIFICADO LABORAL / CERTIFICACIÓN DE PRUEBA DOCUMENTAL / REVOCATORIA DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA / PRECLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN / CONDUCTA DE LA PARTE DEMANDANTE / FALTA DE COMPARECENCIA AL INTERROGATORIO / CONOCIMIENTO DE INFRACCIÓN PENAL

[L]a fiscalía hizo énfasis en que, al momento de imponerse la medida de aseguramiento, existían indicios graves que comprometían la responsabilidad del aquí demandante y que fue con posterioridad a la definición de su situación jurídica que se recaudaron varios testimonios, certificaciones de centros de salud y demás pruebas documentales que permitieron revocar la detención preventiva y precluir la investigación a su favor. [E]n la resolución de preclusión se reprochó la conducta del procesado al no haber comparecido ante las autoridades en el momento que tuvo conocimiento de la investigación penal.

PRUEBA DEL DAÑO ANTIJURÍDICO / MEDIDA RESTRICTIVA DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / TÉRMINO DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / COPIA DEL EXPEDIENTE / PRUEBA EN EL PROCESO PENAL / VALOR PROBATORIO DEL EXPEDIENTE JUDICIAL / DECLARATORIA DE PERSONA AUSENTE / REVOCATORIA DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / PRECLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN / OMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA EN EL PROCESO PENAL / ELEMENTOS DE PRUEBA / ELEMENTOS DE CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA / EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD

[S]e encuentra probado que [el demandante] sufrió un daño consistente en la restricción de su derecho a la libertad […], por un período de 2 meses y 13 días -73 días-. [A]l proceso solo se aportaron algunas piezas del expediente penal como la declaratoria de persona ausente, la resolución que revocó la medida de aseguramiento y la resolución de preclusión de la investigación, por lo que, como no se cuenta con la providencia que definió la situación jurídica del entonces procesado, no es posible realizar un análisis de dicha decisión. [D]e los elementos de conocimiento que obran en el expediente, se observa la configuración de la culpa exclusiva de la víctima, causal eximente de responsabilidad posible en materia de privaciones injustas de la libertad.

NOTA DE RELATORÍA: Providencia con aclaración de voto del consejero F.I.M..

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Consejero ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA

Bogotá D.C., diecinueve (19) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)

Radicación número: 76001-23-31-000-2011-01681- 01(51653)

Actor: E.L.M. Y OTROS

Demandado: NACIÓN - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y OTROS

Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (DECRETO 1 DE 1984)

Temas: Reparación directa - Responsabilidad extracontractual del Estado por privación injusta de la libertad (Ley 600 de 2000) – Culpa exclusiva de la víctima

Síntesis del caso: El demandante fue capturado por la presunta comisión del delito de rebelión. Al resolver su situación jurídica, la fiscalía le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva, posteriormente fue dejado en libertad y precluyó la investigación a su favor

Conoce la Sala los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante y la Fiscalía General de la Nación en contra de la Sentencia de 28 de enero de 2014 proferida por el Tribunal Administrativo de Valle del Cauca, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.

Esta Sala es competente para proferir esta providencia por tratarse de un recurso de apelación en contra de una Sentencia proferida por un Tribunal Administrativo, con independencia de la cuantía de las pretensiones solicitadas en la demanda, de conformidad con lo previsto por el artículo 73 de la Ley 270 de 1996[1].

Contenido: 1. Antecedentes; 2. Consideraciones; 3. Decisión

  1. ANTECEDENTES

Contenido: 1.1. Posición de la parte demandante; 1.2. Posición de la parte demandada; 1.3. Sentencia de primera instancia; 1.4. Recurso de apelación


1.1. Posición de la parte demandante

  1. El 17 de noviembre de 2011, E.L.M., con su grupo familiar, presentó demanda, en ejercicio de la acción de reparación directa, en contra de la Nación - Fiscalía General de la Nación, R.J. y Ministerio de Defensa - Ejército Nacional, con el fin de obtener la reparación de los perjuicios ocasionados con motivo de la privación de la libertad del ciudadano E.L.M.[2]

  1. En la demanda se formuló la siguiente pretensión declarativa (se trascribe)

PRIMERO: Se declare administrativa y patrimonialmente responsable a la Nación-Rama Judicial, Fiscalía General de la Nación y a la Nación, Ministerio de Defensa Nacional, Ejército Nacional; por la totalidad de los perjuicios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR