Sentencia Nº 760013103001201800050-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 02-03-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879157167

Sentencia Nº 760013103001201800050-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 02-03-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
MateriaTESIS: Cuando un título valor tiene espacios en blanco es de suma importancia manejar una carta de instrucciones, por ser el documento orientador para su diligenciamiento, es claro que dicha orientación no puede extenderse a regular asuntos no contemplados en el mismo título, para el caso concreto, en lo relacionado con la forma de pago, en contravía de la literalidad del propio instrumento cambiario. / La carta de instrucciones, como autorización para el diligenciamiento no hace parte del pagaré, sino que se suscribe como ilustración para diligenciarlo y, sólo cobra relevancia en el evento en el que se alegue que lo dicho en la misma resultó contrario a lo plasmado en el instrumento cambiario, cosa que como se ve, aquí no ocurrió, es claro que no erró el juez al descartar la referida nota como “condición” de cara a la exigibilidad del título. / Un título valor no puede constituirse a partir de un título ejecutivo complejo, es decir, con otros documentos extraños a él. Sólo de forma excepcional se permite complementar el título-valor con otros documentos diferentes al principal, como en el caso de los avales y en las aceptaciones de facturas de venta, pero bajo la condición que hagan expresa mención a la obligación principal. En los demás casos, se insiste, la única prueba de la obligación cambiaria es el mismo documento.
Número de registro81520493
Número de expediente760013103001201800050-01
EmisorSala Civil (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Fecha02 Marzo 2021
Normativa aplicada1. Código General del Proceso Art. 422. / Código de comercio. Artículo 621, 709, 784. / Corte Constitucional. Sentencia T-310 de 2009 / Corte Suprema de Justicia. Sala Civil
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