Sentencia Nº 76111312100220150006200 del Tribunal Superior de Cali, 18-12-2018 - Jurisprudencia - VLEX 849630115

Sentencia Nº 76111312100220150006200 del Tribunal Superior de Cali, 18-12-2018

Fecha18 Diciembre 2018
Número de expediente76111312100220150006200
Número de registro81511155
EmisorTribunal Superior del Distrito Judicial de Cali (Colombia)
MateriaTESIS: En síntesis, acreditadas la calidad de víctima de los solicitantes, la concurrencia del supuesto temporal de que trata el artículo 75 de la Ley 1448 de 2011, el despojo jurídico deprecado, así como el nexo de causalidad de este último con el conflicto armado, se impone la declaratoria de inexistencia de los negocios jurídicos que fueron celebrados con ausencia de consentimiento por los titulares de la acción de restitución, así como la nulidad de las actuaciones subsiguientes que se encuentren registradas en los respectivos folios de matrícula, como a la postre se dispondrá en la parte resolutiva de la presente providencia. Aunque algunos de los opositores indican que fueron víctimas de desplazamiento , las pruebas aportadas por estos no dan cuenta de que lo sean respecto de los predios que ahora se reclaman, ni de aquel que los engloba, lo cual aunado a i) la forma irregular en que estos entraron a las parcelas que han venido explotando, ii) la inexistencia en el caso concreto del estándar de buena fe exenta de culpa y iii) el hecho de que ya se encuentran acreditados los elementos axiológicos de la pretensión de restitución establecidos en el artículo 75 de la Ley 1448 de 2011, traen como consecuencia jurídico procesal el tener que declarar imprósperas las oposiciones formuladas.
Normativa aplicadaLey 1448 de 2011 Art. 3, 5, 72, 75, 76, 78, 79 y 80
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