Sentencia nº 800-107, Superintendencia de Sociedades, 30-10-2017. (Nydia Rocío Cepeda Lemus e Hijos y Cía. S. en C. Contra Jorge Alberto Montañez Vásquez )
Jurisdicción | Colombia |
Partes | Nydia Rocío Cepeda Lemus e Hijos y Cía. S. en C. Contra Jorge Alberto Montañez Vásquez |
Fecha | 30 Octubre 2017 |
Emisor | Superintendencia de Sociedades (Colombia) |
En la Sup erin ten denc ia d e So cie dades tra baja mos con
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SENTENCIA
Superintendencia de Sociedades Bogotá, D.
..
..
.P.
.N.R.C.L. e Hijos y Cía. S. en C.
contra
J.A.M.V.
..
.A.
.A. 24 del Código General del Proceso
Trámite
Proceso verbal
[…]
I. ANTECEDENTES
El proceso iniciado por N.R..C.L. e Hijos y Cía. S. en C.
en contra de J..A..M..V. surtió el curso descrito a
continuación:
1 El 20 de junio de 2016 se admitió la demanda.
2 El 23 de junio de 2016 se cumplió el trámite de notificación.
3 El 3 de octubre de 2016 el Despacho profirió sentencia anticipada parcial.
4 El 3 de octubre de 2016 se celebró la audiencia judicial convocada por el
Despacho.
5 El 27 de octubre de 2017 las partes presentaron sus alegatos de
conclusión.
6 Al haberse verificado el cumplimiento de las distintas etapas procesales,
conforme con lo previsto en el Código General del Proceso, el Despacho se
dispone a proferir sentencia.
Il. PRETENSIONES
La demanda presentada por N.R.C..L. e Hijos S. en
C.contiene las pretensiones que se exponen a continuación:
1 ‘Se declare que el señor J.A.M.V. incumplió sus
deberes como administrador de la Sociedad Sincromarcas Ltda. por los
siguientes motivos:
a. No llevar contabilidad adecuada de los negocios.
b. No proteger la información contable y financiera de la Sociedad que
administraba.
c. No proteger el patrimonio social ni la sostenibilidad de los negocios.
d. Actuar en contra del patrimonio social para beneficio propio.
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