Sentencia Nº 940013189001 2018 00081 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Civil - Familia - Laboral, 28-09-2018 - Jurisprudencia - VLEX 850354098

Sentencia Nº 940013189001 2018 00081 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Civil - Familia - Laboral, 28-09-2018

Sentido del falloREVOCA TUTELA
Número de expediente940013189001 2018 00081 01
Número de registro81471412
Fecha28 Septiembre 2018
Normativa aplicadaDecreto nu. 2591 de 1991 art. 6 num. 1
EmisorSala Civil - Familia - Laboral (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
940013189001-2018-00081-01

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO SALA CIVIL — FAMILIA - LABORAL

Magistrado Ponente: ALBERTO ROMERO ROMERO.

(Discutido y aprobado en sala de decisión del 28 septiembre de 2018, Acta No. 120)

Villavicencio, veintiocho (28) de septiernbre de dos rnil dieciocho (2018)

Se decide la impugnación presentada por las accionadas contra la sentencia del 17 de

agosto de 2018, proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Inírida - Guainía,

dentro de la acción de tutela interpuesta por MAVILIA -SANCHEZ PALACIOS, contra el

Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior "MARIANO

OSPINA PÉREZ" — ICETEX, Universidad Pontificia Bolivariana, Secretaria de Educación del Departamento del Guainía, Subdirección de Fomento de Competencias y Dirección

de Calidad de la Educación Prescolar, Básica y Media - Programa de Becas • para la

Excelencia del Ministerio dé Educación Nacional.

I: ANTECEDENTES

I.1.- La señora MAVILIA SANCHEZ PALACIOS promovió acción de tutela, solicitando el

amparo constitucional de los derechos fundamentales a la educación, debido proceso, y

a obtener título educativo, los que consideró vulnerados con ocasión de los hechos que

la Sala resume así:

1.2.- Adujó la accionante que finalizado el año 2015, la Secretaria de Educación del Guainía, le comunicó que era beneficiaria y que cumplía con los requisitos establecidos

por el MiniSterío de Educación Nacional para • acceder al programa Becas para la

Excelencia Docente del MEN.

Proceso: Impugnación Acción de Tutela. Acciónenle: Maylliá Sánchez Palacios Accionado: Ministerio de Educación Nacional y Otros Radicado No. 940013189001-2018-00081-01

1.2.1.- Que en virtud de lo anterior, realizó ante el ICETEX, Secretaria de Educación del Guainía y Ministerio de Educación Nacional, todos los trámites administrativos y

académicos para acceder a la Beca, siendo admitida •por la Universidad • Pontificia

Bolivariana en el programa de Maestría' en Educación.

1.2.2.- Señaló que luego de estar estudiando en el año 2016, el ICETEX le informó que

no fue aprobado su crédito condonable, porque no aparecía en el listado de'

beneficiarios validados., ni en los remitidos por el MEN.

1.2.3.- Indicó que el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaria de Educación del

Guainía, le informaron que han realizado todos los trámites pertinentes dentro de la

convocatoria, sin embrago no apareció registrada en la base de datos, ni fue aprobada

su postulación.

1.2.4.- Manifestó que en diferentes misivas 2016, 2017 y 2018 dirigidas a las entidades

accionadas, solicitó reiteradamente en físico y digitalmente una solución al caso, pues

cumplía con los requisitos, fue beneficiaria admitida, incluso durante el trámite la

Universidad permitió continuar sus estudios.

1.2.5.- Reveló que a la fecha la Universidad culpa-al ICETEX y al MEN en no realizar los

trámites administrativos en debida forma; la Secretaria de Educación del Guainía,

establece que realizó todos los trámites ante el nivel central y el ICETEX, y que el error

nació de la suscrita y el MEN al no estar incluida en la base de datos para acceder al

beneficio crediticio con opción de condonación.

1.2.6.- Informó que ya terminó materias y trabajo de grado para optar por el título de Maestría en Educación, pero la Universidad le informa que no será certificada hasta

tanto no cancelen treinta millones de pesos mcte ($30.000.000), que dejarán de pagar el ICETEX y el MEN.

1.2.7.- Señalo que el 18 de junio de 2018, el MEN envió un oficio a la Universidad, donde consta la terminación de 'requisitos para grado, y requieren el apoyo económico

por ser beneficiarios de la adjudicación y solicitan que se pague lo debido.

Proceso: Impugnación Acción de Tutela. Accionante: Mavilia Sánchez Palacios Accionado: Ministerio de Educación Nacional y Otros Radicado No. 940013189001-2018-00081-01

1.3.- Pretende con la presente acción se amParen constitucionalmente los derechos

-invocados y en consecuencia se ordene a las accionadas que de manera coordinada,

procedan a formular una solución para el pago de lo debido, en marco del programa

Becas para la Excelencia del MEN, que garanticen el debido proceso y respuesta

oportuna y efica2 a la situación presentada, incluso si es del caso, habilitando la

plataforrna del Icetex para la consecución del trámite.

De igual manera solicitó que se ordene a la Universidad -Pontificia Bolivariana que

conforme al calendario académico 2018-11 y siempre que concurran los requisitos

académicos para el efecto, se permita la graduación y titulación de Maestría en

Educación, sin menoscabar las acciones civiles, administrativas o comerciales que pueda

emprender contra el MEN, ICETEX o la suscrita para la recuperación de lo debido.

1.4.- Respuesta de las Entidades Accionadas

1.4.1.- La Secretaria de Educación del Departamento del Guainía1; a través de la Secretaria Jurídica y de Contratación, manifestó que la Secretaria de Educación en aras

de fomentar el cretimiento profesional de los educadores del Guainía, ha venido

impulsando el proceso entre el docente beneficiario y el MEN, ICETEX y la Universidad

Pontificia Bolivariana, a través del programa Becas para la Excelencia Docente.

Sostuvo que dicho programa está dirigido a docentes con un perfil seleccionado, es de

vínculo entre el 'beneficiario, el ICETEX y la Universidad Pontificia Bolivariana y es el

aspirante quien debe diligenciar sus datos y demás, sin embargo la Secretaria de

Educación Departamental apoyo voluntariamente el proceso.

Indicó que "atendiendo el conducto regular con el Ministerio de Educación la accionante fue remitida al sistema de verificación ante el ICETEX, en donde debió iniciar el proceso como candidata elegible en la convocatoria 2016-2 para lo cual debió tramitar la

legalización correspondiente al crédito ofertado cuyos resultados fueron expuestos mediante la página WEB del programa de becas para la excelencia docente para quiénes participaron en las convocatorias siempre y cuando cumpliese con los procesos

establecidos para ser incluidos en el banco de candidatos elegibles. De igual manera, al

Folios 60 — 74. Cuaderno No.

Proceso: Impugnación Acción de Tutela. Accionante: Mavilia Sánchez Palacios Accionado: Ministerio de Educación Nacional y Otros Radicado No. 940013189001-2018-00081-01

proceder su solicitud de aclaración le conduce a recibir la comunicación de la UPB la cual aclara los pasos que debió seguir, los cuales son, a) Adjudicación Financiera de la beca, b) r elegida para el ingreso en este caso a la UPB de Medellín; c) Legalizar el crédito ante el ICETEX para tramitar lo correspondiente a su vinculación y poder participar del proceso . académico'.

Señalo que, "lo anterior, no amerita responsabilidad del Departamento del Guainiá puesto que el convenio fue una alianza entre el Departamento del Guainía para exponer sus candidatos y la aceptación o no adjudicación, corresponde' a las instituciones a las que amerita dar su responsabilidad para así ser inscrita en los organismos del crédito condonable al cual fue inscrita en el programa BECAS PARA LA EXCELENCIA debiendo haber asumido el instructivo paso a paso para obtener el crédito condonable de acuerdo a las recomendaciones que realizara el área de calidad educativa de la SED'

Finalmente solicitó la desvinculación de la presente acción, por falta de legitimación en

la causa por pasiva, toda vez, que ha sido la Gobernación del Guainía, la que ha

gestionado y , realizado todos los trámites pertinentes con la finalidad de que la

accionante obtenga su título educativo.

1.4.2.- El Ministerio de Educación Nacional2, realizó un recuento procesal sobre las normativas que rigeh el programa BECAS PARA LA EXCELENCIA, y señaló que para el caso en concreto, no es cierto que la señora MAVILIA SANCHEZ PALACIOS, fuese

beneficiaria del crédito del ICETEX; como quiera que, si bien es cierto, la docente fue

admitida por la Universidad Pontificia Bolivariana en el programa de Maestría en

Educación, aclaró que dicha admisión eS uno de los requisitos para que el ICETEX

habilite el acceso a las solicitud 'de crédito educativo, sin que implique la adjudicáción del mismo, acción que...

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