Sistema nacional de control fiscal - Unidad 4. Control estatal - Administración y Finanzas públicas en el Estado colombiano. Caso práctico - Libros y Revistas - VLEX 651006817

Sistema nacional de control fiscal

AutorEnrique Romero Romero
Páginas285-316
UNIDAD 4. CONTROL ESTATAL
285
CONTROL DE LA GESTIÓN PÚBLICA
FINES
DEL ESTADO
Presupuesto
Plan de acción
Indicadores de
Gestión
Contabilidad
Ley 298/96
Bienestar
general
CONTROL
Político
CONTROL
Social
Fiscal
CONTROL
Mejoramiento
de la calidad de
vida
Eciente
prestación de
servicios pú-
blicos
CONTROL
Interno
Figura 4.1. Reglamentación legal del control en Colombia.
4.2. SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL
4.2.1. Control scal
La Constitución Nacional, en el artículo 267, dene el control scal como una
función pública que vigila la gestión scal de la Administración y de los par-
ticulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus
órdenes y niveles:
Este control scalserá ejercido en forma posterior y selectiva por la Con-
traloría General de la República, las contralorías departamentales y munici-
pales, conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establezca
la ley.
Por lo tanto, las contralorías han desarrollado esta facultad que les da la Cons-
titución nacional en sus propias normas para el ejercicio del control scal, que
les permite evaluar la gestión administrativa de los entes públicos y el buen
uso de los recursos.
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS -ENRIQUE ROMERO ROMERO
286
La vigilancia de la gestión scal incluye el ejercicio de un control nanciero, de
gestión y de resultados, fundado en la eciencia, la economía, la equidad y la
valoración de los costos.
Basado en lo anterior, la Contraloría expidió en marzo de 1999 la Resolución
Orgánica N.º 04727, mediante la cual adoptó el manual de procedimientos
para el ejercicio del control nanciero para las entidades y particulares que
manejen fondos o bienes del Estado, y la aplicación de las metodologías para
tal n.
Es importante resaltar que el control scal se perfecciona cuando existe una
eciente estructura organizacional y funcional en donde se asignan los per-
les profesionales idóneos para el cargo; ya que el sector público se ve inuen-
ciado por compromisos políticos que determinan la designación de cargos, lo
cual acarrea que, a menudo, dichos cargos sean ocupados por personas que
no son las más adecuadas para su desempeño.
Compartiendo el concepto del catedrático Jesús María Peña: «El control guber-
namental se logra cuando es ejercido por profesionales incorruptibles» .
Cuadro 4.2. Sistema Nacional de Control Fiscal.
Contraloría General
de la República
SINACOF
Contaduría General
de la República
Contralorías
Departamentales Superintendencias
Contralorías
regionales o municipales
Comisión Legal
de Cuentas - Cámara de
Representantes
Contralorías
distritales
Sistema de
Control Interno
Sistemas de control scal
La Ley 42 de 1993 dene los siguientes sistemas de control scal:
Control nanciero: determina la razonabilidad de las operaciones y estados
nancieros de las entidades mediante normas de auditoría de aceptación ge-
neral, vericando el cumplimiento de las normas prescritas para ello.
UNIDAD 4. CONTROL ESTATAL
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Control de legalidad: es la comprobación de las operaciones nancieras y
administrativas, para corroborar la realización según las normas que le sean
aplicadas.
Control de gestión: es el examen de la eciencia y la ecacia en la adminis-
tración de los recursos públicos, mediante la evaluación de sus procesos ad-
ministrativos, utilizando para ello metodologías tales como la de rentabilidad
pública y desempeño, la identicación de la distribución del excedente que
estas producen, así como los benecios de su actividad.
Control de resultados: examen a través del cual se establece en qué medida
los sujetos del control scal logran los objetivos y cumplen con los proyectos y
planes de la administración en un período determinado.
Principios de control scal
En el aspecto externo, existen diferentes áreas de la evaluación del manejo
dado a los recursos públicos que abren amplios campos de acción a la audito-
ría pública:
 Se generan pautas para el redireccionamiento de planes y políticas del sec-
tor al que pertenece la entidad.
 Dota al Gobierno de bases cuantitativas y analíticas en la asignación del
presupuesto nacional para las vigencias posteriores.
 Detecta si las utilidades generadas por la entidad benecian a la sociedad o
si son unos pocos los que se apropian de ellas (personal, proveedores, entre
otros).
 Realiza la auditoría de calidad de los bienes y servicios públicos.
 Garantiza la protección y el cuidado de los recursos naturales.
Para evaluar los aspectos mencionados, se utilizan metodologías ajustadas a
las especicidades de los entes públicos, las cuales permiten profundizar en
las causas endógenas y exógenas que afectan la gestión de la entidad y sirven
de base en el proceso de planeación y toma de decisiones, tanto de la entidad
como del contexto económico al que pertenece.
Igualmente, el inciso segundo del artículo 267 de la Constitución nacional y
la Ley 42 de 1993 establecen las siguientes pautas generales del control scal:

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