Sistema de seguridad social integral
| Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena |
| Páginas | 4-6 |
4Sistema de Seguridad Social Integral
ARTÍCULO 4. DEL SERVICIO PÚBLICO DE SEGURIDAD SOCIAL. La Seguridad Social es
un servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del Estado
y que será prestado por las entidades públicas o privadas en los términos y condiciones
establecidos en la presente ley.
Este servicio público es esencial en lo relacionado con el Sistema General de Seguridad
Social en Salud. Con respecto al Sistema General de Pensiones es esencial sólo en aquellas
actividades directamente vinculadas con el reconocimiento y pago de las pensiones.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
• *Ley 700 de 7 de noviembre de 2001: Por medio de la cual se dictan medidas tendientes a mejorar las condiciones de
vida de los pensionados y se dictan otras disposiciones.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
• SENTENCIA T-752 DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2012. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DRA. MARÍA VICTORIA
CALLE CORREA. Garantía del goce efectivo del derecho a salud.
CAPÍTULO II
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
ARTÍCULO 5. CREACIÓN. En desarrollo del artículo 48 de la Constitución Política, organízase
el Sistema de Seguridad Social Integral cuya dirección, coordinación y control estará a cargo
del Estado, en los términos de la presente ley.
CONCORDANCIAS:
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
• SENTENCIA C-538 DE 16 DE OCTUBRE DE 1996. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. ANTONIO BARRERA
CARBONELL. Dualidad de regímenes.
ARTÍCULO 6. OBJETIVOS. El Sistema de Seguridad Social Integral ordenará las instituciones
y los recursos necesarios para alcanzar los siguientes objetivos:
1. Garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes tienen una relación laboral
2. Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en los términos de la
presente ley.
3. Garantizar la ampliación de cobertura hasta lograr que toda la población acceda al sistema,
mediante mecanismos que en desarrollo del principio constitucional de solidaridad,
y trabajadores independientes, artistas, deportistas, madres comunitarias, accedan al
sistema y al otorgamiento de las prestaciones en forma integral.
El Sistema de Seguridad Social Integral está instituido para uni
planeación de la seguridad social, así como para coordinar a las entidades prestatarias de
Art. 4
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