Sociedad anónima - Sociedades comerciales - De las sociedades comerciales. Énfasis en sociedad por acciones simplificada - 7ma edición - Libros y Revistas - VLEX 879179036

Sociedad anónima

AutorLisandro Peña Nossa
Páginas139-176
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CAPÍTULO II
Sociedad Anónima
1. RESEÑA HISTÓRICA
En el siglo XVII, ante la acumulación de capital producido por la primera
revolución comercial, surge este tipo societario como herramienta para regu lar
el expansionismo de las actividades y del comercio colonial. Sus asocia dos eran
los burgueses comerciales e industriales, y los monarcas. Cada uno de ellos tenía
intereses particulares para constituir lo que más tarde sería con siderada la primera
gran empresa. Los intereses de los burgueses eran los de colonizar, siempre y cuando
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económico y político.
Estas empresas fueron conocidas como “Compañías de Indias”, las cua les
tenían ciertas similitudes y diferencias respecto de lo que hoy conocemos como
sociedades anónimas. Se asemejan principalmente en que la responsa bilidad de sus
asociados se limitaba a la cifra de su aporte, pues los riesgos eran muchos y se
podían originar durante la explotación de la empresa como tal, y la división del
capital estaba representada en títulos que conferían la calidad de asociado. Y sus
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los miembros debido a su condición social, y que su cons titución no solo era de
carácter excepcional, sino que también se requería de autorización previa del poder
público, que igualmente regulaba su funciona miento.
LISANDRO PEÑA NOSSA
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La primera fue la Compañía Holandesa de las Indias, constituida en 1602. Dichas
compañías parecen proceder del condominio naval germánico y de al gunos
precedentes italianos como la casa de San Jorge, asociación de los acree dores de
la República Genovesa, que se encargaba de desarrollar una comple ja actividad
comercial como lo era la exacción de tributos. Los miembros de la corporación
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los impuestos, para realizar el reparto proporcional entre los derechos habientes.
La representación de estos se consignó en acciones del banco que tuvieran amplio
mercado y fácil circulación. Al Banco de San Jorge le siguió el Banco de San
Ambrosio de Milán, el cual se convirtió en sociedad por acciones.
Posteriormente, en el siglo XIX la transformación económica originada por la
Revolución industrial y la ideología liberal de la Revolución francesa deter minó
el surgimiento del capitalismo, el cual requería de estructuras para la consecución
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acumulación del capital proviniera de diversas fuentes y, por tanto, surge en el siglo
XX la concepción de la sociedad anónima como un capital que posee personería
jurídica y que está representado por sus accionis tas. Más tarde, la estructura de este
tipo societario se transformó como conse cuencia de la primera guerra mundial, pues
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antes solo a quienes hacían los aportes.
2. FUNCIÓN ECONÓMICA
Desde sus orígenes se demuestra la importante función que cumple la so ciedad
anónima, pues es el instrumento de grandes empresas industriales, bancarias y
mercantiles, ya que la limitación de la responsabilidad de los socios y la representación
de sus aportaciones por medio de acciones permiten reco ger grandes capitales, por
medio de pequeñas inversiones de los ahorros de gran número de personas, además
contribuir efectivamente a la circulación de la riqueza del país.
El profesor Gabino Pinzón, al explicar la importancia económica y social de la
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en el campo de la doctrina, que Escarra y Rault inician su comentario sobre las
sociedades por acciones con las siguientes palabras que vale la pena trascribir: “las
sociedades por acciones han sido el instrumento del prodigioso impulso económico
que caracteriza los cien últimos años. Como escribe G. Ripert, “el jurista es un
servidor de la economía; se le ha pedido un medio de reunir los capitales necesarios
para crear y desarrollar grandes empresas y ha ofrecido o ideado la sociedad por
acciones”. (1) “Los economistas, por su parte, declaran que la producción en grande
“no podría concebirse sin este hallazgo jurídico, como tampoco podría serlo sin los
grandes inventos de las ciencias físicas (2)”; o, en otras palabras, la sociedad por
acciones “ha sido el mayor descubrimiento de los tiempos modernos, más valioso
que el del vapor y el de la electricidad (3)”. Por obra de la casualidad la grande
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Parte 2 - Cap. II SOCIEDAD ANÓNIMA
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político de la libertad”; la sociedad por acciones constituye el procedimiento técnico
que ha permitido “la reunión de capitales con fundamento en la libertad contractual
(4)”. “Ella constituye la mayor expresión o manifestación del capitalismo moderno
(5)”1.
3. CONCEPTO
El Código de Comercio no ofrece un concepto como tal de lo que es la sociedad
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social y cuyo capital social se encuentra dividido en acciones y que está compuesta
exclusivamente por accionistas que solo son responsables hasta el monto de sus
respectivos aportes (C. de Co., art. 373).
4. CARACTERÍSTICAS
De este concepto se deducen las características más relevantes, las cua les exponemos
a continuación.
A) ES DE CAPITAL E INVERSIÓN. “INTUITU PECUNIAE”
En este tipo societario, el accionista se ubica en una posición secundaria. Ello
se debe a que el fondo social, constituido con el aporte de los accionistas, es la
única garantía de los terceros que contratan con ella y, por tanto, solo es relevante su
formación y protección, sin importar quiénes contribuyeron al nacimiento del mismo.
De esta manera, se separan los patrimonios del aso ciado y de la sociedad, toda vez
que la responsabilidad de los accionistas estará limitada al aporte efectuado y, por
consiguiente, la única obligación que tie nen es la de incorporar ese aporte en los
activos sociales (C. de Co., arts. 373 y 252). En otras palabras, surge y se constituye no
por razón de que los asociados respondan hasta el monto del aporte, sino por el interés
de que se aporten grandes capitales. Es importante anotar que los aportes que tendrán
que hacer los accionistas necesariamente deben ser en dinero, en bienes o derechos
valorados en dine ro, debido a que en la estructura de la formación del capital social se
exige que sea real, además de ser esta la única prenda de los acreedores.
El hecho de que el capital se encuentre dividido en acciones de igual va lor y
representado en títulos negociables hace que sea fácil la transferencia de la calidad
de accionista, no solo porque cualquier persona puede serlo, sino tam bién porque
se facilita la vinculación de cualquier inversionista, ya que las ac ciones son de libre
circulación.
1 GABINO PINZÓN, Sociedades Comerciales, 2a edición; Bogotá, Edit. Temis 1983, pág. 165.

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