Sociedad conyugal
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54 JFACE T
A
URÍDIC
Sociedad conyugal
Nacimiento y vigencia. Enajenación de bienes sociales por uno de los cónyuges
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van
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;
cada
uno de los cónyuges tiene la libre administ ración y disposición tanto de
los bienes que le pertenezcan al mo mento de contraerse el matrimonio o
que hubiere aportado a él, com o de los demás que por cualquier causa
hubiere adquirido o adquiera…
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exigibilidad de la adjudicación de la cuota de gan an-
ciales
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“como si tuviera patrimonio separa do”
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de los bienes que le pertenezc an
hubiere adquirido
o adquiera
-
sociedad
conyugal
statu quo -
que los cónyuges han
tenido esta sociedad desde la celeb ración del matrimonio-
por el he cho del matrimonio se contrae sociedad de bien es entre
los cónyuges, según las reglas del Título 22, Libro IV, del Código Civil
ibidem[n]o se
podrá pactar que la sociedad cony ugal tenga principio antes o después de
contraerse el matrimonio; toda est ipulación en contrario es nula
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nulidad y divorcio de mat rimonio civil, de separación de bie-
nes y de liquidación de sociedades c onyugales
sentencias de adjudicación en juicios diviso-
rios y los actos legales de partición las sentencias judiciales sob re
derechos litigiosos no forman n uevo título para legitimar la posesión
ejusdem
se entregarán a los part ícipes los
títulos particulare s de los objetos que les hubieren cabido -
se reputará habe r sucedido inmediatamente y exclusivamente
venta de cosa ajena
ibídem.
disolución de la sociedad conyugal
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