De las sociedades en comandita - De las sociedades comerciales - Decreto-Ley 410 de 27 de marzo de 1971 - Código de Comercio. Tercera edición - Libros y Revistas - VLEX 729899773

De las sociedades en comandita

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas254-266

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CAPÍTULO I

DISPOSICIONES COMUNES

ARTÍCULO 323. SOCIOS EN LAS SOCIEDADES EN COMANDITA.

La sociedad en comandita se formará siempre entre uno o más socios que comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales y otro o varios socios que limitan la responsabilidad a sus respectivos aportes. Los primeros se denominarán socios gestores o colectivos y los segundos, socios comanditarios.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• Código de Comercio: Arts. 333, 337 y 343.

• *Ley 1014 de 26 de enero de 2006: Art. 22 Par.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• OFICIO 220-025661 DE 19 DE FEBRERO DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Transformación de Sociedad en Comandita a S. A. S.

• OFICIO 220-043848 DE 6 DE JUNIO DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

Exclusión del socio gestor en las sociedades en comandita.

• OFICIO 220-104554 DE 1 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Embargo de cuotas de interés social de un socio gestor en una sociedad comandita simple.

• CONCEPTO 220-093775 DE 4 DE OCTUBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Sociedad en Comandita- Sociedad Limitada.

• CONCEPTO 220-080115 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Socios gestores pueden tener la calidad de comanditarios simultáneamente.

• OFICIO 220-034440 DE 3 DE JUNIO DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

Terminación de la Empresa Unipersonal.

ARTÍCULO 324. RAZÓN SOCIAL DE LAS SOCIEDADES EN

COMANDITA. La razón social de las comanditarias se formará con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía.", seguida en todo caso de la indicación abreviada "S. en C." o de las palabras "Sociedad Comanditaria por Acciones" o su abreviatura "S. C. A.", si es por acciones, so pena de que para todos los efectos legales se presuma de derecho que la sociedad es colectiva.

El socio comanditario o la persona extraña a la sociedad que tolere la inclusión de su nombre en la razón social, responderá como socio colectivo.

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CONCORDANCIAS:

• Código de Comercio: Art. 294.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• CONCEPTO 028108 DE 7 DE ABRIL DE 2009. DIAN. Las Agencias de Aduanas como sociedades comerciales que son, deben incluir en su razón social o denominación la expresión "agencia de aduanas" seguida del nombre comercial, de la sigla correspondiente a la naturaleza mercantil de la sociedad y del nivel de agencia de aduanas.

• CONCEPTO 220-66392 DE 30 DE OCTUBRE DE 2000. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Razón y Denominación Social.

• CONCEPTO 220-50084 DE 30 DE AGOSTO DE 2000. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Denominación y Razón Social.

• CONCEPTO 220-103447 DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1999. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Sociedades en comandita (conformación, quórum y decisiones).

ARTÍCULO 325. CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA. El capital social se formará con los aportes de los socios comanditarios o con los de éstos y los de los socios colectivos simultáneamente.

Cuando los colectivos hicieren aportaciones de capital, en la respectiva escritura se relacionarán por su valor, sin perjuicio de la responsabilidad inherente a la categoría de tales socios.

El comanditario no podrá en ningún caso ser socio industrial.

CONCORDANCIAS:

• Código de Comercio: Arts. 110, 122 al 148, 323, 338 y 344.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com). • OFICIO 220-025661 DE 19 DE FEBRERO DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Transformación de Sociedad en Comandita a S. A. S.

• OFICIO 220-104554 DE 1 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Embargo de cuotas de interés social de un socio gestor en una sociedad comandita simple.

• OFICIO 220-093788 DE 4 DE OCTUBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Es posible estipular que a la muerte del socio gestor sea reemplazado por uno de los comanditarios, sin que éste pierda su calidad de comanditario.

• CONCEPTO 220-080115 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Socios gestores pueden tener la calidad de comanditarios simultáneamente.

• CONCEPTO 220-31963 DE 13 DE JULIO DE 2004. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Sociedad comandita simple, firma de la escritura de constitución por menores de edad.

• CONCEPTO 220-43150 DE 8 DE ABRIL DE 2003. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El voto de los socios gestores es indispensable para la validez de las decisiones de asamblea o junta de socios.

• CONCEPTO 220-53678 DE 23 DE OCTUBRE DE 2002. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Los socios en las Sociedades en Comandita.

• CONCEPTO 220-103447 DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1999. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Sociedades en comandita (conformación, quórum y decisiones).

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ARTÍCULO 326. ADMINISTRACIÓN DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA. La administración de la sociedad estará a cargo de los socios colectivos, quienes podrán ejercerla directamente o por sus delegados, con sujeción a lo previsto para la sociedad colectiva.

CONCORDANCIAS:

• Código de Comercio: Arts. 196, 198, 200 y 310 al 318.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• OFICIO 220-125026 DE 29 DE JUNIO DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

¿A quién le corresponde ejercer la representación legal de una sociedad en comandita que se encuentra en liquidación y su gestor no ejerce el cargo?

• OFICIO 220-025858 DE 19 DE FEBRERO DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Aspectos atinentes a la representación legal de una sociedad comercial.

• CONCEPTO 220-093775 DE 4 DE OCTUBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Sociedad en Comandita- Sociedad Limitada.

• CONCEPTO 220-080115 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Socios gestores pueden tener la calidad de comanditarios simultáneamente.

• CONCEPTO 220-2862 DE 28 DE FEBRERO DE 2000. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Representación Legal Composición de la Junta Asesora del Liquidador y efectos de la Suplencia Personal.

• CONCEPTO 220-103447 DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1999. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Sociedades en comandita (conformación, quórum y decisiones).

• CONCEPTO 220-77727 DE 30 DE AGOSTO DE 1999. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Facultades de los gestores en las S. en C.

ARTÍCULO 327. LÍMITE A LAS FUNCIONES DE LOS COMANDITARIOS.

Los comanditarios no podrán ejercer funciones de representación de la sociedad sino como delegados de los socios colectivos y para negocios determinados. En estos casos deberán indicar, al hacer uso de la razón social, que obran por poder, so pena de responder solidariamente con los gestores por las operaciones sociales que celebren o ejecuten.

CONCORDANCIAS:

• Código de Comercio: Arts. 325 y 1262.

• Código Civil: Arts. 1568 y 1580.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• OFICIO 220-125026 DE 29 DE JUNIO DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

¿A quién le corresponde ejercer la representación legal de una sociedad en comandita que se encuentra en liquidación y su gestor no ejerce el cargo?

• CONCEPTO 220-103447 DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1999. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Sociedades en comandita (conformación, quórum y decisiones).

ARTÍCULO 328. INSPECCIÓN DE LOS LIBROS Y DOCUMENTOS

DE LA SOCIEDAD. El comanditario tendrá la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo, por sí o por medio de un representante, los libros y documentos de la sociedad.

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Pero si tiene un establecimiento dedicado a las mismas actividades del establecimiento de la sociedad o si forma parte de una compañía dedicada a las mismas actividades, perderá el derecho a examinar los libros sociales.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• Código de Comercio: Art. 339.

• *Ley 222 de 20 de diciembre de 1995: Art. 48.

• *Circular Externa Superintendencia de Sociedades No. 100-000003 de 22 de julio de 2015: Circular Básica Jurídica.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• OFICIO 220-197373 DE 30 DE AGOSTO DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Aspectos relacionados con el derecho de inspección.

• CONCEPTO 220-35793 DE 30 DE MAYO DE 2000. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El...

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