La tentativa con dolo eventual - Compatibilidad de la tentativa y el dolo eventual - Libros y Revistas - VLEX 777444469

La tentativa con dolo eventual

AutorJuan Felipe Daza Lora
Páginas73-90
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teorías mixtas con la postura de F T, también tiene que
tener relación con los criterios subjetivos así sea en sus lineamientos
esenciales –dado que, como dice S, ningún actuante ve
todos los factores efectivos entre la acción y el resultado, por lo que
es suciente con que la man ifestación subjetiva se haga, al menos, de
manera vaga153–, puesto que, de lo contrar io, no podríamos determi nar
si hay una conexión entre l a acción y la norma que pudo haber sido que-
brantada, aunque esto será mot ivo de análisis en el sigu iente capítulo.
Una vez que hemos nali zado el recorrido teórico tanto de la del i-
mitación del dolo eventual, f rente a la imprudencia consciente y frente
al dolo directo en primer y segundo grado, como de las teorías que
buscan fu ndamentar la punición de la tentat iva, podemos adentrarnos
puntual mente en el problema jurídico que nos ata ñe, dado que, como
se ha dicho, vamos a determ inar si debe ser punible la no consum ación
de un delito que carece de u na intención real. Ahora bien, es necesa rio
aclarar que la toma de post ura se llevará a c abo a medida que avancemos
en el desarrollo del sig uiente capítulo para no contam inar previa mente
el análi sis que se llevará a cabo en éste.
7. La tentativa con dolo eventual
En este metódico proceso en el que, paso a paso, hemos ido
desarrolla ndo diferentes aspectos que, en pri ncipio, parecen ser ajenos
los unos a los otros, es momento de iniciar el apareamiento entre las
dos guras pi lares que se plantean en el problema jur ídico que estamos
tratando de resolver, siendo éstas, como se ha repetido en i nnumerables
ocasiones, las teorías que delimitan el dolo eventual y las teorías que
fundamenta n la punición de la tentativa. Así entonces, en es ta fase de
apareamiento, vamos a exponer en qué supuestos, teóricos, puesto
que aún nos falta de nir ciertas in stituciones antes de aterriz ar toda la
discusión en los supuestos prác ticos que se trataron al in icio del texto,
se puede sostener la coexistenci a de las dos guras, es dec ir, qué teorías
admiten la tentativ a a título de dolo eventual y qué teor ías la rechazan.
153 Eberhard S, Dolo, tentativa y delito putativo, Buenos Aires, Hammurabi, 1992,
p. 68.
J F D L
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Cabe mencionar que, el anál isis teórico que se real izará a continua-
ción, como se efectuar á, no ha sido realmente tratado en la doctr ina, lo
que conducirá, al menos en buena par te, a fundamentar la propuesta
que provenga de este texto en su debido momento. Por el contrario, se
ha manejado desde diferentes en foques haciendo especial hincapié en
la polític a crimina l154. Por esta razón, la primera parada que debemos
hacer en este nuevo acercamiento al problema tiene que ser, justa mente,
el enfoque dado en materia de uso del iu s puniendi estatal.
Así entonces, en el debate político-criminal que se ha manejado
alrededor del problema, se pueden distinguir dos argumentos
realmente: i) la postura admisiva y ii) la postura inadmisiva, como
decidimos nombrarlos para fomentar, como ya se ha hecho a lo largo
del texto, la correcta lectura aunque bien podrían denominarse de
cualquier otr a forma.
7.1 Postura Admisiv a
Político-criminalmente la admisión de la tentativa en delitos
a título de dolo eventual gira alrededor de una proposición lógica
muy sencilla: “cuando para la conguración del delito consumado
sea suciente la presencia del dolo eventual, ésta también deberá ser
considerada como suciente para el surgimiento de una tentativa”.
En este sentido, cualqu ier persona puede argu mentar fáci lmente que
estamos ante una tentativa de homicidio a título de dolo eventual
cuando, por ejemplo, un cazador inex perto le dispara –y le acierta– a
una paloma que se encuentra a una distancia cercana –menor a dos
metros por decir algo– de u na persona, aun cuando éste se representó
como probable la lesión a los bienes jurídicos de quien se encontraba
en un margen de error considerable y, aun así, decid ió disparar.
154 Para entender en qué consisten estos diferentes enfoques véase a G R, quien
separa los elementos dogmáticos por un lado, la política criminal en otro y se decanta por
un estudio centrado en el desvalor de acción y el desvalor de resultado para fundamentar
que solo la concurrencia de ambos colma su injusto. María del Carmen G R,
“Tentativa y dolo eventual: bases para su convivencia”, en: ADPCP, vol. LXVI, 2013,
p. 164.

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