Terminación del contrato de trabajo - vLex Colombia

Terminación del contrato de trabajo

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas65-84
Primera Parte - Derecho Individual del Trabajo 65
EXPEDIENTE 19173 DE 28 DE ENERO DE 2003. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M.
P. DR. LUIS GONZALO TORO CORREA. Negligencia del empleado.
EXPEDIENTE 11569 DE 21 DE ABRIL DE 1999. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DR. JOSÉ ROBERTO HERRERA VERGARA. Exigencia que hace el legislador al trabajador
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psíquicas, intelectivas o físicas, sin que factores imputables a su propia conducta alteren,
aminoren o enerven su normal capacidad de trabajo.
CAPÍTULO VI
TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
ARTÍCULO 61. TERMINACIÓN DEL CONTRATO. (Artículo subrogado
1. El contrato de trabajo termina:
a) Por muerte del trabajador;
b) Por mutuo consentimiento;
 
d) Por terminación de la obra o labor contratada;
e) Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o
establecimiento;
f) Por suspensión de actividades por parte del empleador durante
más de ciento veinte (120) días;
g) Por sentencia ejecutoriada;
h) Por decisión unilateral en los casos de los artículos 7, del Decreto-
Ley 2351 de 1965, y 6 de esta ley;
i) Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las
causas de la suspensión del contrato.
2. En los casos contemplados en los literales e) y f) de este artículo,
el empleador deberá solicitar el correspondiente permiso al
*Ministerio de Trabajo y Seguridad Social e informar por escrito a sus
trabajadores de este hecho. El *Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social resolverá lo relacionado con el permiso en un plazo de dos (2)
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al funcionario responsable en causal de mala conducta sancionable
con arreglo al régimen disciplinario vigente.
Literal h) del numeral 1 del artículo 61 declarado EXEQUIBLE, por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-1507 de 8 de noviembre de 2000, Magistrado Ponente Dr. José
Gregorio Hernández Galindo.
Literal c) del numeral 1 del artículo 61 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-016 de 4 de febrero de 1998, Magistrado Ponente Dr. Fabio Morón
Díaz.
*Nota de Interpretación: Léase Ministerio del Trabajo.
Art. 61
66
• Decreto Único Reglamentario 1072 de 26 de mayo de 2015:
ARTÍCULO 2.2.1.3.15. RETIRO DE CESANTÍAS POR TERMINACIÓN DEL CONTRATO
DE TRABAJO. (Artículo adicionado por el artículo 2 del Decreto 1562 de 30 de agosto
de 2019). Cuando la terminación del contrato de trabajo ocurra por cualquiera de las causas
previstas en el Código Sustantivo del Trabajo, distintas a la de la muerte del trabajador, para
el retiro de las sumas abonadas a su cuenta en un Fondo de Cesantías, bastará la solicitud

El Fondo correspondiente deberá realizar el pago dentro de los cinco (5) días hábiles
   
requisitos señalados por las normas vigentes para el retiro de las cesantías.
PARÁGRAFO.
Fondo Nacional del Ahorro, se deberá dar aplicación a lo establecido en los artículos 37,
38 y 39 del Decreto-Ley 3118 de 1968.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.enlegislacion.com)
Código Sustantivo del Trabajo: Arts. 7, 23, 45, Art. 51 num. 2, Art. 52, Art. 58 num. 1,
Art. 62, Art. 450 num. 4 y Art. 466.
• *Ley 1636 de 12 de mayo de 2013: Por medio de la cual se crea el mecanismo de
protección al cesante en Colombia.
*Ley 361 de 7 de febrero de 1997: Art. 26.
• *Decreto-Ley 2351 de 4 de septiembre de 1965: Art. 40.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.enlegislacion.com).
CONCEPTO 24360 DE 15 DE OCTUBRE DE 2019. MINISTERIO DEL TRABAJO.

CONCEPTO 39436 DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2019. MINISTERIO DEL TRABAJO.
Prórrogas del contrato laboral, término para dar preaviso, causales de terminación de
contrato laboral y devolución de dotación.
CONCEPTO 48580 DE 13 DE DICIEMBRE DE 2018. MINISTERIO DEL TRABAJO.
Terminación contrato de trabajo y pago de la liquidación laboral.
CONCEPTO 026704 DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 2018. MINISTERIO DEL TRABAJO.
Terminación del Contrato de Trabajo por obra o labor determinada - Trabajadores en misión
de las Empresas de Servicios Temporales en las usuarias del servicio – Exámenes Médicos
de Ingreso.
CONCEPTO 222804 DE 23 DE DICIEMBRE DE 2014. MINISTERIO DEL TRABAJO.
Los días son descontados al trabajador por al faltar al trabajo sin justa causa, no se deben
tener cuenta para realizar la liquidación el cálculo de prestaciones sociales.
CONCEPTO 220226 DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2013. MINISTERIO DE LA
PROTECCIÓN SOCIAL. Despido trabajadora en embarazo por liquidación de la empresa.
CONCEPTO 199752 DE 8 DE OCTUBRE DE 2013. MINISTERIO DEL TRABAJO. Por
analogía con el Derecho comercial, se considera que para efectos de la liquidación de
prestaciones sociales, el mes laboral tiene 30 días.
CONCEPTO 46660 DE 21 DE FEBRERO DE 2011. MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN
SOCIAL. 
CONCEPTO 295169 DE 4 DE OCTUBRE DE 2010. MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN
SOCIAL. Indemnización en caso de cancelar el contrato por la duración de la obra.
CONCEPTO 303872 DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2009. MINISTERIO DE LA
PROTECCIÓN SOCIAL. Liquidación de prestaciones para trabajadores de medio tiempo.
CONCEPTO 303998 DE 25 DE AGOSTO DE 2009. MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN
SOCIAL. Terminación de contrato por culminación de la obra mediando una licencia de
maternidad.
CONCEPTO 236694 DE 3 DE AGOSTO DE 2009. MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN
SOCIAL. Liquidación de personal por cierre de negocio que no genera rentabilidad.
Art. 61

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