Texto definitivo al proyecto de ley 169 de 2003 cámara 167 de 2003 senado - 21 de Mayo de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451263510

Texto definitivo al proyecto de ley 169 de 2003 cámara 167 de 2003 senado

TEXTO DEFINITIVO AL PROYECTO DE LEY 169 DE 2003 CÁMARA, 167 DE 2003 SENADOpor la cual se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006, hacia un Estado Comunitario.

Aprobado en segundo debate en sesión plenaria de la honorable Cámara de Representantes, los días 28, 29 y 30 de abril de 2003, según consta en las Actas números 47, 48 y 49 de abril 28, 29 y 30 de 2003 respectivamente.

\"El Congreso de Colombia

DECRETA\"

Artículo 1º
  1. Brindar seguridad democrática, que asegure la viabilidad de la democracia y afiance la legitimidad del estado. Se brindará seguridad y protección a todos los colombianos sin distingo de color político, credo religioso, convicción ideológica o nivel socioeconómico.

  2. Impulsar el crecimiento económico sostenible y la generación de empleo bajo un ambiente de estabilidad macroeconómica y de precios, garantizando la sostenibilidad de la deuda pública y un adecuado acceso de la economía colombiana en los mercados financieros y de bienes y servicios internacionales.

  3. Construir equidad social, mejorando la distribución del ingreso y el crecimiento económico. Se buscará la consolidación de un país de propietarios, que al mismo tiempo vincule al Estado en el gasto social eficiente y en la protección a los sectores más vulnerables de la sociedad.

  4. Incrementar la transparencia y eficiencia del Estado, a través de un rediseño de las entidades, unas reformas transversales de fondo y un avance en la descentralización que conlleve mayores y efectivos niveles de autonomía territorial.

Artículo 2º Indicadores de gestión presupuestal. El Gobierno diseñará y pondrá en funcionamiento un conjunto de indicadores de gestión presupuestal, mediante los cuales sea posible evaluar y controlar la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, en sus diferentes objetivos, programas y mecanismos.

Esta evaluación estará a cargo del Congreso Nacional, que para el efecto designará a tres (3) miembros de las Comisiones Económicas de cada Cámara.

Artículo 3º Diagnóstico general de la economía y de sus principales sectores y grupos sociales

Los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo enunciados en el artículo anterior se diseñarán, estructurarán e implementarán a partir de las siguientes proyecciones generales de la economía durante los próximos años:

Principales indicadores macroeconómicos 2002-2006

Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público, DNP y Banco de la República

Parágrafo. Las cifras contenidas en el presente artículo constituyen el pronóstico que el Gobierno Nacional está en capacidad de formular sobre el comportamiento macroeconómico de los próximos años, a la luz del programa económico de la Nación, y en tal condición, constituyen el marco de referencia para la determinación del entorno sobre el cual se diseña e implementa el Plan de Desarrollo 2002-2006. No obstante, por tratarse de proyecciones, estos estimativos no son jurídicamente vinculantes y no podrá derivarse, bajo ninguna circunstancia, ni en virtud de ninguna modalidad jurídica, responsabilidad alguna al Estado colombiano. La ejecución del presente Plan de Desarrollo deberá tener plena coherencia con la política cambiaria, monetaria y fiscal.

Artículo 4º Incorporación del documento \"Hacia un estado comunitario\" al Plan de Desarrollo 2002-2006. Téngase como parte integral de la parte general del presente Plan de Desarrollo el documento anexo denominado \"Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006

Hacia un Estado comunitario\", elaborado por la Presidencia de la República y el Departamento Nacional de Planeación, con las modificaciones aprobadas en la presente ley. El documento contiene los objetivos nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo, el diagnóstico general de la economía y de sus principales sectores y grupos sociales, las metas nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo, los procedimientos y mecanismos generales para lograrlos, las estrategias y políticas en materia económica, social y ambiental que guiarán la acción del gobierno para alcanzar los mencionados objetivos y metas, y el señalamiento de las formas, medios e instrumentos de vinculación y armonización de la planeación nacional con la planeación sectorial, regional, departamental, municipal, distrital y de las entidades territoriales indígenas. En caso de presentarse diferencias de interpretación entre el articulado y las bases del Plan, primará el articulado. Igualmente el Plan Sectorial de la Rama Judicial se incorporará a la presente ley.

Artículo 5º Vinculación y armonización de la planeación nacional con la territorial

La vinculación y armonización del Plan Nacional de Desarrollo con la Inversión Territorial presentará la distribución, tanto plurianual por programas y regiones, como de recursos por programas específicos y región de trabajo. En consecuencia, se materializa de la siguiente forma:

Regionalización Indicativa

Total General

Cifras en millones de pesos constantes 2002

Fuente: DNP-DIFP

Las anteriores cifras corresponden a las erogaciones que realizará la Nación directa o indirectamente en las diferentes regiones del país. Las matrices de regionalización y las modificaciones a las partidas globales que se transcriben a continuación hacen parte integral del articulado del PND.

Artículo 6º Proyectos de inversión regional. Los recursos establecidos en el rubro \"Inversiones Regionales por Sectorizar\" del cuadro que se presenta en el anterior artículo, se distribuirán por Departamentos de la siguiente manera:

Distribución con Criterios de Equidad

Miles de millones de pesos 2002

Departamento Valor

Amazonas 18,876

Antioquia 59,888

Arauca 23,221

Atlántico 36,414

Bogotá 70,457

Bolívar 35,413

Boyacá 30,400

Caldas 27,812

Caquetá 25,225

Casanare 21,748

Cauca 30,757

Cesar 27,594

Chocó 25,495

Córdoba 32,725

Cundinamarca 36,889

Guainía 23,720

Guajira 26,139

Departamento Valor

Guaviare 27,378

Huila 26,256

Magdalena 29,911

Meta 25,897

Nariño 33,627

Norte de Santander 30,851

Putumayo 23,561

Quindío 22,760

Risaralda 25,917

San Andrés y Providencia 16,391

Santander 31,953

Sucre 29,221

Tolima 28,943

Valle del Cauca 48,094

Vaupés 21,400

Vichada 25,068

Total Colombia 1000,000

Teniendo en cuenta la anterior distribución de recursos por departamento, la Nación, directa o indirectamente, adelantará proyectos de inversión conforme a los siguientes criterios.

  1. Mínimo 75% de los recursos en vías, agua potable-saneamiento básico, y distritos de riego. Los dos primeros serán de obligatoria inclusión.

  2. Hasta 25% de los recursos podrán ser invertidos en otros sectores de acuerdo a las prioridades regionales.

  3. En ningún caso los sectores priorizados para un departamento podrán ser superiores a cuatro.

  4. La definición de los proyectos específicos será realizada, de conformidad con esta ley, por parte del Gobierno Nacional y de las bancadas parlamentarias de cada departamento o del Distrito Capital; con participación de los gobernadores de los respectivos departamentos y del Alcalde Mayor, en el caso de Bogotá.

T I T U L O II

PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS

CAPITULO I Artículo 7

Proyección de recursos financieros

Artículo 7º Proyección de los recursos financieros disponibles para el Plan de Inversiones Públicas 2002-2006. El Plan Nacional de Inversiones Públicas y Gasto Social tendrá un valor de ciento doce billones seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos once millones de pesos ($112.674.811 millones), a pesos constantes de 2002, financiados de la siguiente manera:

Fuentes y usos

INVERSION PLAN DE DESARROLLO

millones de pesos constantes 2002

CAPITULO II Artículo 8

Descripción de los principales programas de inversión

Artículo 8º Descripción de los principales programas de inversión. La descripción de los principales programas de inversión que el Gobierno Nacional espera ejecutar durante la vigencia del Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006, es la siguiente:

A. SEGURIDAD DEMOCRÁTICA

Para alcanzar la Seguridad Democrática, el Gobierno plantea una estrategia que comprende el control del territorio y defensa de la soberanía nacional, el fortalecimiento de la fuerza pública, la desarticulación de la producción de drogas ilícitas, el fortalecimiento de la justicia y la atención a las zonas deprimidas y de conflicto. La puesta en práctica de esta estrategia demandará ingentes recursos fiscales y una activa participación de la comunidad internacional.

La estrategia enunciada antes tendrá que ser coherente y concomitante con una política de pacto social que se irá materializando en acuerdos nacionales sobre soluciones a los problemas económicos, sociales y políticos y, en particular, al conflicto...

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