Título 21. Notificaciones
Autor | Ramón Eduardo Guacaneme P. |
Páginas | 715-721 |
715
TÍTULO 21
NOTIFICACIONES
ARTÍCULO 755. DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIONES.
administración aduanera deberá efectuarse a la dirección registrada en el Registro Único
Tributario (RUT) o registro que haga sus veces, o a la dirección procesal, cuando el responsable
hacerlo a dicha dirección.
Cuando no existan las direcciones mencionadas en el inciso anterior, el acto administrativo
mediante la utilización de los registros de la Unidad Administrativa Especial Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), guías telefónicas, directorios especiales y en general,
Tratándose de actos administrativos relacionados con el origen de las mercancías, la
en las pruebas de origen o en la declaración de importación y sus documentos soporte,
siempre y cuando la ubicación sea en un país parte de un acuerdo comercial. Cuando no
competente del país exportador.
Cuando no sea posible establecer la dirección del responsable por ninguno de los medios
sitio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
(DIAN), por el término de diez (10) días, que deberá incluir mecanismos de búsqueda por
Esto, sin perjuicio que la publicación se mantenga en el sitio web por más tiempo para efectos
meramente informativos.
• Resolución Reglamentaria DIAN No. 46 de 26 de julio de 2019:
ARTÍCULO 680. NOTIFICACIÓN POR AVISO PARA ACTOS ADMINISTRATIVOS SIN DIRECCIÓN A NOTIFICAR. Para
dar cumplimiento a lo establecido en el inciso cuarto del artículo 755 del Decreto 1165 del 2 de julio de 2019, se deberá
Nacionales (DIAN), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición del acto administrativo, insertando la
el día siguiente hábil al retiro del aviso.
ARTÍCULO 681. TÉRMINO DE PUBLICIDAD PARA EFECTOS MERAMENTE INFORMATIVOS. Para el efecto de la
publicación en el sitio WEB de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN),
de forma meramente informativa en el cumplimiento del inciso 4 del artículo 755, parágrafo 1 del artículo 756, numeral
2 del artículo 758 e inciso 2 del artículo 765, del Decreto 1165 del 2 de julio de 2019, se publicará la parte resolutiva del
de dos (2) meses.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
• CONCEPTO GENERAL UNIFICADO 1465 DE 31 DE DICIEMBRE DE 2019. DIAN. Concepto General Procedimientos
administrativos aduaneros.
ARTÍCULO 756. FORMAS DE NOTIFICACIÓN. Los requerimientos especiales aduaneros,
el auto inadmisorio del recurso de reconsideración, el auto que niegue total o parcialmente
la práctica de pruebas, los actos administrativos que deciden de fondo y, en general, los
Art. 756
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