Título II. Causación del impuesto - Libro tercero. Impuesto sobre las ventas - Estatuto Tributario Nacional - Estatuto Tributario Nacional 2020 - Libros y Revistas - VLEX 849517012

Título II. Causación del impuesto

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Leonardo Varon Garcia - Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas569-571
553
Libro Tercero: Impuesto Sobre las Ventas
DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 4054 DE 12 DE FEBRERO DE 2015. DIAN. Exención del IVA y Base Gravable impuesto del IVA.
CONCEPTO 059031 DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2012. DIAN. Bienes Exentos.
ARTÍCULO 428-2. EFECTOS TRIBUTARIOS DE LA FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES.
(Artículo modi cado por el artículo 41 de la Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012). Lo
dispuesto en los artículos 319, 319-3 y 319-5 de este Estatuto, es igualmente válido en materia
del impuesto sobre las ventas.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
Estatuto Tributario Nacional: Arts. 14-1, 14-2, 319-3 al 319-9, 420.
*Decreto Reglamentario 852 de 23 de marzo de 2006: Por el cual se reglamenta parcialmente los efectos tributarios
de la fusión, escisión y cesión de activos, pasivos y contratos.
DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO UNIFICADO 00001 DE 19 DE JUNIO DE 2003. DIAN. Impuesto sobre las ventas.
TÍTULO II
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO
ARTÍCULO 429. MOMENTO DE CAUSACIÓN. El impuesto se causa:
a) En las ventas, en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente y a falta de
éstos, en el momento de la entrega, aunque se haya pactado reserva de dominio, pacto
de retroventa o condición resolutoria.
b) En los retiros a que se re ere el literal b) del artículo 421, en la fecha del retiro.
c) En las prestaciones de servicios, en la fecha de emisión de la factura o documento
equivalente, o en la fecha de terminación de los servicios o del pago o abono en cuenta,
la que fuere anterior.
d) En las importaciones, al tiempo de la nacionalización del bien. En este caso, el impuesto
se liquidará y pagará conjuntamente con la liquidación y pago de los derechos de aduana.
PARÁGRAFO. Cuando el valor convenido sufriere un aumento con posterioridad a la venta,
se generará el impuesto sobre ese mayor valor, en la fecha en que éste se cause.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
Estatuto Tributario Nacional: Arts. 258-2, 258-3, Art. 421 lit. b) y Art. 811.
*Decreto Único Reglamentario 1625 de 11 de octubre de 2016: Art. 1.3.1.1.5.
DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 021097 DE 26 DE AGOSTO DE 2019. DIAN. Aplicación del IVA en el mayor valor de un contrato reconocido
vía arbitral, mediante laudo.
CONCEPTO 020076 DE 13 DE AGOSTO DE 2019. DIAN. Tratamiento tributario de servicios gravados con IVA que
involucran utilización de inmuebles.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
SENTENCIA DE UNIFICACIÓN 21793 DE 14 DE AGOSTO DE 2019. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA. STELLA
JEANNETTE CARVAJAL BASTO. Sección Cuarta dictó sentencia de uni cación, con el n de sentar jurisprudencia,
en el sentido de señalar que las operaciones de venta de bienes fabricados o almacenados por usuarios industriales de
zonas francas, con destino al territorio aduanero nacional, son importaciones, en las que el derecho a reclamar impuestos
descontables recae en el adquirente - importador, quien asume el pago del IVA generado con la introducción de dichos
bienes.
EXPEDIENTE 22510 DE 21 DE FEBRERO DE 2019. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. JORGE OCTAVIO RAMÍREZ
RAMÍREZ. La actividad de intermediación en la comercialización de recargas en línea de telefonía celular está sujeta al
IVA.
Art. 429

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR