Título XVIII. De los delitos contra el régimen constitucional y legal - Libro II. Parte especial de los delitos en particular - Código Penal. Ley 599 de 24 de julio de 2000 - Código Penal y de Procedimiento Penal Concordado - Libros y Revistas - VLEX 849699914

Título XVIII. De los delitos contra el régimen constitucional y legal

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas419-422
Libro II - Parte especial de los delitos en particular 395
*Ley 169 de 6 de diciembre de 1994: “Por medio de la cual se aprueba la Convención
sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra personas internacionalmente protegidas,
inclusive los Agentes Diplomáticos”, suscrita en Nueva York el 14 de diciembre de 1973.
*Ley 6 de 15 de noviembre de 1972: Por la cual se aprueba la “Convención de Viena
sobre Relaciones Diplomáticas hecha en Viena el 18 de abril de 1961”.
TÍTULO XVIII
DE LOS DELITOS CONTRA EL RÉGIMEN CONSTITUCIONAL Y
LEGAL
CAPÍTULO ÚNICO
DE LA REBELIÓN, SEDICIÓN Y ASONADA
ARTÍCULO 467. REBELIÓN. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena
prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición del
artículo 14 de la Ley 890 de 7 de julio de 2004). Los que mediante
el empleo de las armas pretendan derrocar al Gobierno Nacional, o
suprimir o modif‌i car el régimen constitucional o legal vigente, incurrirán
en prisión de noventa y seis (96) a ciento sesenta y dos (162) meses y
multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a trescientos
(300) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
NOTA DE VIGENCIA: La pena prevista para el presente artículo antes de la modif‌i cación
introducida por la Ley 890 de 7 de julio de 2004, era la siguiente:
Prisión de seis (6) a nueve (9) años y multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos
legales mensuales vigentes.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
Código Penal: Arts. 470 y 471.
*Ley 1820 de 30 de diciembre de 2016: Por medio de la cual se dictan disposiciones
sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales y otras disposiciones.
*Ley 1424 de 29 de diciembre de 2010: Por la cual se dictan disposiciones de justicia
transicional que garanticen verdad, justicia y reparación a las víctimas de desmovilizados
de grupos organizados al margen de la ley, se conceden benef‌i cios jurídicos y se dictan
otras disposiciones.
*Ley 975 de 25 de julio de 2005: Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación
de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de
manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para
acuerdos humanitarios.
*Decreto 1943 de 12 de agosto de 1991: Por el cual se dictan medidas sobre indulto y
Amnistía.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
EXPEDIENTE 34482 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2010. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DRA. MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS. El delito de rebelión se trata
de un delito con sujeto activo plural (plurisubjetivo).
EXPEDIENTE 33621 DE 10 DE MARZO DE 2010. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M.
P. DR. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ. El delito de rebelión es un tipo penal de carácter
permanente.
Art. 467

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