Toma de posesión y liquidación forzosa administrativa - Procedimiento para la toma de posesion y liquidacion de las entidades sometidas al control y vigilancia de la superintendencia financiera - Estatuto orgánico del sistema financiero. Segunda edición - Libros y Revistas - VLEX 730394361

Toma de posesión y liquidación forzosa administrativa

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas395-395

Page 395

(Aparte en cursiva modificado tácitamente por disposición del artículo 1 del Decreto 4327 de 25 de noviembre de 2005)

ARTÍCULO 290. AMBITO DE APLICACION. (Aparte en cursiva modificado tácitamente por disposición del artículo 1 del Decreto 4327 de 25 de noviembre de 2005). Por las disposiciones de esta parte se regirá el procedimiento administrativo de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de una institución vigilada por la Superintendencia Financiera y el adelantamiento de los respectivos procesos liquidatorios.

En los casos de toma de posesión de instituciones que tengan por objeto la realización de negocios fiduciarios, la liquidación de cada uno de los patrimonios autónomos se regirá también por las disposiciones de esta parte.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Arts. 113 al 117 y Arts. 291 y ss.

• *Ley 795 de 14 de enero de 2003: Art. 93.

• *Ley 510 de 4 de agosto de 1999: Art. 102.

• Circular Básica Jurídica Superintendencia de la Economía Solidaria No. 6 de 24 de febrero de 2015: Tít. V Cap...

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