El Treaty Shopping como fenómeno de elusión fiscal internacional en los convenios de doble imposición suscritos por Colombia - Núm. 5, Marzo 2011 - Revista de Derecho Fiscal - Libros y Revistas - VLEX 736961045

El Treaty Shopping como fenómeno de elusión fiscal internacional en los convenios de doble imposición suscritos por Colombia

AutorAndrés Pachón Luna
Páginas101-130
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El Treaty Shopping como fenómeno
de elusión fiscal internacional en
los convenios de doble imposición
suscritos por Colombia
AN D R É S PA C H Ó N LU N A *
productiva en diversos Estados, y por lo tan-
to, se hayan sujetas a imposición en diversas
Jurisdicciones Fiscales, de modo que en un
punto dado, diversos flujos de renta o múl-
tiples operaciones que pueden estar sujetas
a imposición en dos o más Estados, lo que
jurídicamente se conoce como el conflicto
entre criterios de sujeción al poder tribu-
tario1 como fuente de la doble imposición
internacional. Como consecuencia de esta
doble tributación, la carga tributaria global
que deben soportar dichas empresas puede
llegar a ser financieramente insostenible
para las mismas, dificultando de este modo
la libre circulación de personas, bienes, ser-
vicios y capitales implícitos en tráfico del
comercio internacional. Frente al anterior
problema, los CDI surgen como un tratado
de derecho internacional público, mediante
el cual dos Estados establecen múltiples re-
glas y métodos para evitar o prevenir dicha
doble imposición, facilitando de este modo
que el comercio internacional no sea frenado
o limitado por esta causa.
Sin embargo, los Convenios para evitar la
Doble Imposición tienen otra importante fi-
nalidad: prevenir la evasión y la elusión fiscal
El creciente desarrollo económico de los
Estados, así como la necesidad de eliminar
las barreras que frenen o dificulten el libre
intercambio de bienes, servicios, personas
y capitales (libre comercio), en un mercado
globalizado, han llevado a los Estados a
celebrar múltiples tratados internacionales
con el objetivo de facilitar el comercio in-
ternacional, así como para lograr un mayor
grado de desarrollo económico. Entre estos
instrumentos tenemos los Tratados de Libre
Comercio (TLC), los Tratados Bilaterales
de Inversión (TBI), los acuerdos generales
sobre aranceles (GATT), y en materia tribu-
taria, los Convenios para evitar la Doble Im-
posición y prevenir la evasión fiscal (CDI).
Desde la perspectiva del derecho tributa-
rio, se debe señalar que los Convenios para
evitar la Doble Imposición (en adelante CDI)
y p revenir l a evasión fiscal tienen como
propósito lógico evitar o eliminar la doble
imposición internacional, así como preve-
nir la evasión fiscal internacional, ahora,
¿Cómo ayudan estos instrumentos a facili-
tar el comercio internacional? La respuesta
es lógica si se piensa en todas las empresas
multinacionales que organizan su estructura
* Abogado de la Universidad Externado de Colombia y miembro del Centro de Estudios Fiscales.
Actualmente trabaja en la división de impuestos de KPMG.
1 Calderón Carrero J.M. La doble imposición internacional y los métodos para su eliminación,
MacGraw-Hill, Madrid, 1995.
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internacional. Frente a este objetivo, dentro
del cuerpo normativo del CDI se consagran
múltiples cláusulas tendientes al logro del
mencionado propósito, dentro de las cuales
tenemos las denominadas cláusulas antiabu-
so2, dentro de las cuales encontramos disposi-
ciones que pretenden luchar contra la práctica
denominada treaty shopping, como especifica
forma de elusión fiscal internacional. Frente
al contenido generalmente se establece en los
CDI, las medidas anti-treaty shopping surgen
como formas de evitar que residentes de ter-
ceros Estados, mediante estructuras de plani-
ficación fiscal artificiosas, accedan al ámbito
de aplicación de un CDI que en principio no
les sería aplicable, pues no son residentes de
ninguno de los Estados contratantes.
De manera que el tema central de esta obra
consiste en comprender y analizar la práctica
denominada treaty shopping, como especi-
fica forma de elusión fiscal internacional,
que es considerada como ilegítima por los
Estados al momento de suscribir un CDI;
del mismo modo se pretende comprender y
analizar las medidas tomadas por los CDI en
contra de dicha práctica (medidas anti-treaty
shopping).
Es importante resaltar la importancia prác-
tica de nuestro tema de estudio, en momentos
en que el Gobierno colombiano emprende
una “carrera” en la negociación y suscrip-
ción de CDIs con diversos Estados. Es de
vital importancia que nuestros negociadores
sean concientes de la realidad que presenta la
fiscalidad internacional en materia de treaty
shopping, para que dentro de los respectivos
tratados se tomen las medidas pertinentes
para luchar contra dicha forma de elusión
fiscal internacional, y así lograr que el Es-
tado colombiano, como Estado receptor de
inversiones, no pierda cuantiosos ingresos
tributarios, como consecuencia del acceso
por parte de residentes de terceros Estados
a los beneficios fiscales que contemplen los
CDI (treaty shopping).
I. La planificación fiscal internacional
en el contexto de los CDI
Antes de abordar el estudio de cómo los
Convenios de Doble Imposición abordan
el problema del treaty shopping, es nece-
sario establecer y analizar el concepto de
planificación fiscal internacional dentro del
contexto de los Convenios para evitar la
Doble Imposición. La planificación fiscal
internacional es entendida como: El comple-
jo de iniciativas de organización realizadas
por las empresas en el plano operativo, con
el objetivo de optimizar, para las mismas
empresas, el costo fiscal que deben afrontar,
considerando para ello las características y
diferencias de los ordenamientos tributarios
particulares en los que operan, con el propó-
sito de utilizar las posibilidades lícitas que
ofrecen esas diferencias e interconexiones
existentes entre los ordenamientos3. La an-
terior definición entiende que para optimizar
el costo fiscal es necesario tener en cuenta
fenómenos de doble imposición internacio-
nal, y las posibles alternativas para evitar o
atenuar dicha doble imposición.
2 Maroto Sáenz Amelia , Las medidas antiabuso en los convenios para evitar la doble imposición
internacional, Ponencia, Seminario sobre convenios para evitar la doble imposición internacional,
Chile, octubre de 2005.
3 Curso de Derecho Tributario Internacional. Víctor Uckmar, Coordinador. Capitulo 4. La Pla-
nificación Fiscal Internacional, por Pietro Adonnino, p. 51.

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