Los tres modelos para la indemnización a las víctimas del conflicto armado interno en Colombia - Reparación en los sistemas transicionales en Colombia: Los retos de un concepto en construcción - Libros y Revistas - VLEX 870098559

Los tres modelos para la indemnización a las víctimas del conflicto armado interno en Colombia

AutorJorge Luis Fabra Zamora
Cargo del AutorProvost Postdoctoral Fellow, Faculty of Law, University of Toronto
Páginas73-104
LOS TRES MODELOS PARA LA INDEMNIZACIÓN A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO EN COLOMBIA
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Los tres modelos para la indemnización
a las víctimas del con icto armado
interno en Colombia
Jorge Luis Fabra Zamora*
Introducción
La indemnización o compensación económica es uno de los componentes
centrales de la reparación integral en adelante RI uno de los principales
derechos que tienen las más de nueve millones de víctimas de graves
crímenes cometidos en el contexto del conlicto armado en Colombia
en conjunto con los derechos a la verdad y la justicia. Aunque el sistema
jurídico colombiano ha creado varios soisticados mecanismos para
indemnizar a las víctimas, aún dista de su completa realización. Mi
investigación busca identiicar algunos de los desaíos persistentes que
enfrenta la RI en general y la indemnización en particular y sugerir
algunas avenidas para su resolución
En este capítulo desarrollo el componente descriptivo de este proyecto,
como una preparación necesaria para recomendaciones prácticas más
detalladas Su contribución principal es la identiicación de tres modelos
diferentes para satisfacer el derecho a la indemnización en el sistema
jurídico colombiano, cada uno de los cuales desarrolla principios de
justicia diferentes La coexistencia de sistemas genera entonces diversos
desaíos teóricos de diseño institucional y prácticos que deben ser
* Provost Postdoctoral Fellow, Faculty of Law, University of Toronto. Correo de contacto: jorge.
fabrazamora@utoronto.ca. Agradezco las contribuciones de Juan Carlos Ospina, Jean Paul
Vásquez y los participantes de la mesa de discusión sobre la reparación integral de las víctimas
organizada por la Comisión Colombiana de Juristas en octubre 1 de 2020.
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REPARACIÓN EN LOS SISTEMAS TRANSICIONALES EN COLOMBIA: LOS RETOS DE UN CONCEPTO EN CONSTRUCCIÓN
resueltos por los actores del sistema para la correcta garantía del derecho
de las víctimas a ser adecuadamente indemnizadas.
El capítulo procede de la siguiente forma La sección  describe
la ind emnización como un componente central de la RI La sección 
expone tres sistemas coexistentes en el sistema jurídico colombiano para
garantizar la indemnización a las víctimas La sección  ilustra la relevancia
de este marco conceptual a través de un catálogo de los principales
desaíos prácticos que la pluralidad de modelos crea y una discusión
más detallada de algunos de ellos Finalmente la sección  resume los
principales resultados del artículo.
1. La indemnización como un componente
central de la Reparación Integral
Según el derecho internacional y doméstico la RI es el deber estatal de
adoptar distintas medidas orientadas a la digniicación y restauración
plena del goce efectivo de los derechos fundamentales de las víctimas
Este mandato implica dos derechos correlativos de la víctima, que
constituyen su núcleo conceptual, a saber, el derecho al recurso efectivo
y el derecho a una reparación adecuada. La descripción de estos derechos
comenzará por el segundo
Por un lado, las víctimas tienen el derecho a ser reparadas adecuadamente,
es decir a una reparación que sea proporcional a la gravedad de las
violaciones y al daño sufrido2. Se reconocen cinco formas de reparación,
la indemnización y cuatro medidas no pecuniarias. La indemnización o
compensación es la reparación económica por el daño sufrido, es decir,
el pago de sumas de dinero por los perjuicios que haya sufrido la víctima
1 Por ejemplo, C-795/2014. Ver, entre otras, las sentencias C-228/2002, C-370/2006, C-715/2012,
C-538/19, C-025/2018, C-518/2019.
2 Naciones Unidas. Principios y Directrices Básicos, Principios y directrices básicas sobre el derecho
de las víctimas de violaciones mani estas de las normas internacionales de derechos humanos
y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener
reparaciones, Resolución 60/147 (16 de diciembre de 2005).
LOS TRES MODELOS PARA LA INDEMNIZACIÓN A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO EN COLOMBIA
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incluyendo daños ísicos y psicológicos las pérdidas de oportunidades
perjuicios materiales perjuicios morales y gastos de asistencia jurídica
Las medidas de reparación integral no pecuniarias son i la restitución
plena, el restablecimiento de la víctima a la situación anterior al hecho
victimizante, en relación con todos los bienes jurídicos y materiales de los
cuales ha sido despojada, incluyendo la restitución de las tierras usurpadas,
medidas de restitución de vivienda y planes de empleo urbano y rural ii
la rehabilitación por el daño sufrido mediante la atención jurídica, médica
y psicológica dirigidas al restablecimiento de las condiciones ísicas y
psicológicas de las víctimas así como la prestación de otros servicios
sociales necesarios para esos ines iii las medidas de satisfacción que
buscan proporcionar bienestar y la reivindicación de la memoria y de la
dignidad de las víctimas y iv las garantías de no repetición que el Estado
debe implementar a in de evitar que las vulneraciones continuas masivas
y sistemáticas de derechos se repitan.
Por otro lado, las víctimas tienen derecho a un recurso efectivo, es
decir a mecanismos adecuados accesibles rápidos eicaces y oportunos
que garanticen la reparación integral Para ello el Estado puede crear
mecanismos judiciales y extrajudiciales no necesariamente de carácter
penal o de responsabilidad civil, a través de los cuales las víctimas, sin
discriminación alguna puedan obtener la reparación Las estrategias
principales utilizadas por los Estados son (i) modelos judiciales en
los cuales las víctimas pueden acceder a la RI mediante el litigio de
casos individuales para obtener indemnización plena de la totalidad
de los perjuicios sufridos, y (ii) programas de reparación a gran escala
para universos de víctimas, casi siempre en forma de procedimientos
administrativos que reparan por medio del pago de indemnizaciones
tarifadas sumas preestablecidas de dinero según categorías de daños
y acceso a ciertas prestaciones.
Aunque los modelos judiciales permiten la indemnización plena a to-
dos los perjuicios materiales y morales sufridos por las víctimas, estas
sufren de otros problemas El litigio puede ser costoso la resolución de
casos individuales puede no responder a las necesidades de las víctimas
y la
creación de normas a través de precedentes puede conducir a normas
que no sean representativas del universo de víctimas o adecuadas para
la reparación de sus derechos Los programas de reparación admi
nistrativos, por su parte, permiten al Estado crear políticas públicas y
criterios generales para satisfacer su deber de RI y distribuir eicien

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