Tributación de las criptomonedas en Colombia - Núm. 2022, Enero 2022 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 916328409

Tributación de las criptomonedas en Colombia

AutorSebastián Santos Gracia
CargoAsociado

La manera en la que deben ser gravados los ingresos provenientes de los criptoactivos es un nuevo reto que impone la modernización de la economía a la tributación internacional. Al respecto, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha señalado que se requiere de un marco legal específico que regule las obligaciones fiscales que se derivan de las diferentes operaciones que involucran criptoactivos con el propósito de evitar diferentes interpretaciones sobre la disposición y tenencia de estos activos.

Por su parte, la DIAN ha emitido interpretaciones sobre los aspectos tributarios que, a su juicio, caracterizan este tipo de activos. Si bien la DIAN ha hecho referencia indistintamente a los criptoactivos (género) y criptomonedas (especie), a modo de resumen, las conclusiones que surgen de la doctrina de esta entidad sobre las criptomonedas son las siguientes:

  1. Son activos intangibles susceptibles de ser valorados en moneda legal.

  2. No son consideradas dinero en Colombia para efectos legales.

  3. Pueden conducir a la obtención de rentas.

  4. Pueden ser utilizadas para pagar obligaciones, no como moneda, pero sí como activo.

En relación con el primer punto, la DIAN ha señalado que el valor patrimonial de estos activos se determina conforme a las reglas aplicables a intangibles. Por lo tanto, se deberá definir su condición como activo fijo o movible y tener en cuenta las reglas dispuestas por el artículo 74 del Estatuto Tributario para la determinación del costo fiscal. Además, es importante determinar si se trata de un activo poseído en el exterior, en cuyo caso el contribuyente debería incluirlo en su declaración anual de este tipo de activos.

Respecto del segundo punto, es claro que existe una tendencia mundial a darle valor liberatorio los criptoactivos y, en particular, a las criptomonedas. Recientemente. El Salvador dotó al Bitcoin con esta facultad; y, anteriormente, Nueva Zelanda ya había adoptado esta posición. Asimismo, esta práctica también se ha extendido en tiendas virtuales. Por lo tanto, no sería extraño que otras jurisdicciones reconozcan el poder liberatorio ilimitado a este...

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