Tributos territoriales - Nueva Reforma Tributaria. Ley 1819 de 2016 (29 de diciembre) Explicada (376 Artículos) - Libros y Revistas - VLEX 730332653

Tributos territoriales

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas467-487
467
PARTE XVI - Tributos territoriales
PARTE XVI
TRIBUTOS TERRITORIALES
CAPITULO I
IMPUESTO SOBRE VEHICULOS AUTOMOTORES
ARTÍCULO 340. Liquidación del impuesto sobre vehículos automotores
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Redacción nueva Redacción anterior
El impuesto sobre vehículos automotores podrá
ser liquidado anualmente por el respectivo sujeto
activo. Cuando el sujeto pasivo no esté de acuerdo
con la información allí consignada deberá presentar
declaración privada y pagar el tributo en los plazos
que establezca la entidad territorial.
Para efectos de lo dispuesto en el inciso anterior,
el Ministerio de Transporte entregará, en medio
magnético y de manera gratuita, antes del 31 de
diciembre de cada año, toda la información del
RUNT a cada Departamento y al Distrito Capital, que
permita asegurar la debida liquidación, recaudo y
control del impuesto sobre vehículos automotores.
Para los vehículos que entren en circulación
por primera vez será obligatorio presentar la
declaración, la cual será requisito para la inscripción
en el registro terrestre automotor.
El impuesto de vehículos automotores se declarará
y pagará anualmente, ante los departamentos o el
Distrito Capital según el lugar donde se encuentre
matriculado el respectivo vehículo.
El impuesto será administrado por los departamentos
y el Distrito Capital. Se pagará dentro de los plazos
y en las instituciones financieras que para el efecto
éstas señalen. En lo relativo a las declaraciones,
determinación oficial, discusión y cobro, podrán
adoptar en lo pertinente los procedimientos del
La Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público prescribirá los
formularios correspondientes, en los cuales habrá
una casilla para indicar la compañía que expidió
el seguro obligatorio de accidentes de tránsito y
el número de la póliza. Así mismo, discriminará
el porcentaje correspondiente al municipio y al
departamento. La institución financiera consignará
en las respectivas cuentas el monto correspondiente
a los municipios y al departamento.
La Dirección de Impuestos Distritales prescribirá
los formularios del Impuesto de Vehículos
automotores...
Explicación
Se actualiza la redacción de un artículo que hace 17 años no es actualizado.
Mediante este artículo se da autorización a que si el sujeto pasivo del impuesto de
vehículos no está de acuerdo con la liquidación anual que realice el departamento o el
distrito capital, deberá presentar la declaración privada y pagar el tributo en los plazos
que establezca la entidad territorial.
Será requisito para los nuevos vehículos que entren en circulación presentar la declaración
de impuesto de vehículos para la inscripción en el registro terrestre automotor.
Art. 340
468
Nueva Reforma Tributaria -Ley 1819 de 29 de diciembre de 2016-
Este artículo propone la obligación por parte del Ministerio de Transporte de entregar
toda la información del RUNT a cada Departamento, Distrito y Municipio, lo cual les
permita asegurar la debida liquidación, recaudo y control del impuesto sobre vehículos
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y un servicio y disponibilidad de información más adecuado para los contribuyentes.
ARTÍCULO 341. Vehículos gravados por el impuesto sobre vehículos automotores
Adiciona un parágrafo 3 al artículo 141 de la Ley 488 de 1998
Redacción nueva
Parágrafo 3. A partir del registro de la aprehensión, abandono o decomiso de automotores y maquinaria
que sea efectuada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, o de cualquier autoridad pública
competente para ello, en el Registro Único Nacional de Tránsito y hasta su disposición a través de las
modalidades que estén consagradas en la normativa vigente, no se causarán impuestos ni gravámenes
de ninguna clase sobre los mismos.
Este tratamiento también aplicará para los referidos bienes que sean adjudicados a favor de la Nación o de
las entidades territoriales dentro de los procesos de cobro coactivo y en los procesos concursales, a partir
de la notificación de la providencia o acto administrativo de adjudicación a la autoridad que administre el
Registro Único Nacional de Tránsito y hasta su disposición a través de las modalidades previstas en el
Para efectos del presente parágrafo, se entenderá por maquinaria aquella capaz de desplazarse, los
remolques y semirremolques, y la maquinaría agrícola, industrial y de construcción autopropulsada.
Explicación
Este artículo que determina los vehículos que están gravados con el impuesto de
vehículo, le es adicionado un nuevo parágrafo para establecer la suspensión en el cobro
de impuestos y gravámenes en los siguientes casos:
Registro de aprehensión, abandono o decomiso de automotores y maquinaria
por parte de la DIAN o de cualquier autoridad pública.
Bienes que sean adjudicados a favor de la Nación o los entes territoriales.
ARTÍCULO 342. Base gravable y tarifa del impuesto de industria y comercio.
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ley 1333 de 1986
Redacción nueva Redacción anterior
La base gravable del impuesto de industria y
comercio está constituida por la totalidad de los
ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos en
el respectivo año gravable, incluidos los ingresos
obtenidos por rendimientos financieros, comisiones
El impuesto de industria y comercio se liquidará
sobre el promedio mensual de ingresos brutos
del año inmediatamente anterior, expresados en
moneda Nacional y obtenidos por las personas
y sociedades de hecho indicadas en el artículo
Art. 341

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