Unificación Manuales/Guía de AMV para Intermediarios - Proyectos Normativos del Autorregulador del Mercado de Valores - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 905716514

Unificación Manuales/Guía de AMV para Intermediarios

Fecha de Fin de Comentarios Públicos05 Julio 2022
Fecha de publicación02 Junio 2022
EstatusCerrado

MANUAL / GUÍA No. __

Recomendaciones orientadas al cumplimiento de los deberes de los intermediarios de los mercados de valores y divisas

__ de __________ de 2022

Introducción

La regulación de las actividades que involucran la captación de recursos del público tiene dentro de sus objetivos principales proteger a los inversionistas, reducir el riesgo sistémico y garantizar que los mercados sean justos, eficientes y transparentes1. Es así, como el adecuado comportamiento de los participantes del mercado es un elemento vital para cumplir con estos objetivos y promover la confianza de los inversionistas.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Gobierno Nacional y el Autorregulador del Mercado de Valores (AMV) han establecido deberes para los intermediarios y sus personas naturales vinculadas (PNV) en aspectos relacionados, entre otros2, con: i) la eficiencia y eficacia en la prevención y mitigación de fraudes y gestión de riesgos; ii) el adecuado suministro de información a clientes; iii) la adecuada administración de conflictos de interés; iv) la protección de la información confidencial; v) la administración de los recursos de terceros y; vi) abusos de mercado. Adicionalmente, AMV ha publicado documentos orientados a difundir buenas prácticas del mercado, elevar los estándares profesionales y fortalecer el cumplimiento de dichos deberes.

El buen comportamiento de los actores del mercado tiene incidencia sobre la confianza del inversionista y la transparencia y profundización del mercado, por lo que la mitigación y prevención de conductas indebidas relacionadas con la actuación de los intermediarios o de las personas naturales vinculadas es una prioridad dentro de las funciones de AMV.

Con el propósito de propender por el cumplimiento de estos objetivos a través de una mayor eficiencia normativa, simplificar la consulta de las buenas prácticas establecidas para los intermediarios y armonizar las recomendaciones a la luz de los cambios normativos y experiencia de la industria, AMV y su Comité de Control Interno y Compliance desarrollaron el presente documento, el cual actualiza y compila 20 manuales/guía publicados entre 2008 y 2021, teniendo en cuenta el contexto normativo vigente y a la realidad actual del mercado(ver Anexo 1).

Lo anterior, refuerza la cultura de cumplimiento en el mercado, contribuye al fortalecimiento de las políticas y procedimientos de los intermediarios y genera mayor eficiencia en la implementación y búsqueda de las buenas prácticas en el país.

Recomendaciones orientadas al cumplimiento de los deberes generales y especiales de los intermediarios 1. Cultura de cumplimiento y control:

La Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia (CBJ), establece dentro de los aspectos generales de gobierno corporativo, la obligación de atender las instrucciones relacionadas con la administración de los diversos riesgos que les corresponde gestionar a las entidades3.

En virtud de lo anterior, las entidades vigiladas deben desarrollar e implementar los diferentes sistemas de administración de riesgos, dentro de los cuales se destacan, el Sistema de Control Interno (SCI); el Sistema de Administración de Riesgo de Mercado (SARM); el Sistema de Riesgo Operacional (SARO); Sistema de administración de riesgo de liquidez (SARL) y; el Sistema de Atención a los Consumidores Financieros (SAC).

Adicionalmente, el artículo 36.6 del Reglamento de AMV, establece que los intermediarios deben “contar con los recursos humanos, tecnológicos y de información necesarios para adelantar una gestión de control interno y de riesgos adecuada”. A su vez, el artículo 36.7 dispone que los intermediarios deberán contar con políticas y procedimientos que sean acordes con la normatividad vigente, específicamente con lo establecido en el Decreto 2555 de 2010, las Circulares Básica Jurídica y Financiera de la SFC, el Reglamento de AMV y las Cartas Circulares de AMV.

Uno de los objetivos de contar con una cultura de cumplimiento y control es que el intermediario, teniendo en cuenta la estructura, tamaño y las operaciones que ejecuta, cuente con sistemas de administración de riesgos efectivos que logren que: i) la operación de la entidad se ejerza en condiciones de eficacia y eficiencia para el logro de las metas de negocios; ii) la información financiera relacionada con la intermediación publicada por la compañía sea confiable; iii) se consolide al interior de cada entidad una cultura de atención, respeto y servicio a los consumidores financieros y iv) se cumpla la regulación aplicable.

1.1. Sistema de Control Interno

De conformidad con lo establecido en la CBJ, las entidades vigiladas tienen la obligación de implementar un Sistema de Control Interno que resulte acorde con el tamaño de su organización y la naturaleza de las actividades propias de su objeto social, así como de las desarrolladas por cuenta de terceros, teniendo presente la relación beneficio/costo4.

Con el objetivo de contar con una adecuada gestión de riesgos, en el SCI se prevén las pautas para la actuación honesta y transparente de los participantes en el mercado. Asimismo, se señalan cuáles son las actuaciones que implican comportamientos inapropiados y sus consecuencias internas y legales.

En consideración de lo anterior, los funcionarios al interior del intermediario son quienes, en desarrollo de sus funciones y con la aplicación de procesos operativos apropiados, deben procurar el cumplimiento de los objetivos trazados por la dirección, siempre sujetos a los parámetros y políticas por ella establecidos5. En este sentido, los funcionarios del intermediario son responsables del cumplimiento y monitoreo del SCI, a través de mecanismos de autocontrol. Frente a lo anterior, adquieren gran importancia los órganos de monitoreo al SCI de los intermediarios como lo son los auditores internos o quienes hagan sus veces y la revisoría fiscal, en lo que es de su competencia.

1.1.1 Elementos que integran el sistema de control interno:
1.1.1.1. Ambiente de control

La Circular Básica Jurídica de la SFC (CBJ) dispone que, para el cumplimiento de los principios y objetivos de una adecuada gestión de riesgos, las entidades deben consolidar una estructura de control interno que considere unos elementos mínimos6, dentro de los cuales se destaca el ambiente de control.

A través del ambiente de control se establecen los elementos de la cultura organizacional de la entidad, esto es, los principios, valores y conductas orientadas hacia el control7. Adicionalmente, se incluyen, los procedimientos que propician que los empleados cuenten con los conocimientos, habilidades y conductas necesarios para el desempeño de sus funciones, la adopción de un código de conducta, la determinación de una estructura organizacional que permita soportar el alcance del SCI y que defina los niveles de responsabilidad de sus funcionarios, así como el alcance y límite de estos. Lo anterior, de acuerdo con el tamaño y naturaleza de las actividades de la entidad.

Con el propósito de contribuir con el fortalecimiento del ambiente de control dentro del SCI de los intermediarios, se han identificado los siguientes aspectos que pueden resultar de utilidad para los miembros de AMV:

Recomendaciones:

  • Fortalecer los procesos de selección de los colaboradores que tengan asignadas funciones relacionadas con las actividades de intermediación, estableciendo criterios que permitan evaluar riesgos en función de las responsabilidades del cargo, mediante la adopción de procedimientos que incluyan la evaluación de los antecedentes disciplinarios o conductuales de los aspirantes. Lo anterior, con el fin de prevenir la ocurrencia de hechos que puedan llegar a vulnerar los estándares de conducta en el mercado.

  • Contar con mecanismos de divulgación y comprobación del entendimiento de las políticas, procedimientos y manuales de funciones a todos los niveles de la entidad.

  • Incorporar en las evaluaciones de desempeño de los colaboradores un informe sobre el cumplimiento de las políticas, procedimientos y códigos de la entidad.

  • Presentar periódicamente a los órganos competentes del intermediario8, informes generales y estadísticos sobre las denuncias que estén relacionadas con el ambiente de control y la forma en que las mismas fueron atendidas (por ejemplo, tipo de denuncia, cantidad de denuncias, tiempos de respuesta, medidas de tratamiento), respetando en todo momento la confidencialidad del denunciante y preservando aquella información que pueda afectar los procesos de investigación o disciplinarios.

  • Código de Conducta como elemento para crear un adecuado ambiente de control:

Dentro de los elementos mínimos que deben incluirse dentro del ambiente de control, la CBJ establece que las entidades deben adoptar un código de conducta que estipule las reglas que generen conciencia y cultura del control interno entre los funcionarios de los intermediarios, así como de los valores y normas de comportamiento institucional. A través del código, se determinan: i) las pautas de comportamiento: ii) los parámetros para el manejo de conflictos de interés; iii) los mecanismos para el uso de información privilegiada; iv) los órganos se seguimiento del código y; v) las consecuencias de su inobservancia. Este entorno constituye la base del control interno y es el objetivo hacia el cual la administración dirige gran parte de sus esfuerzos. Ello reduce los incentivos que podrían incitar al personal a comprometerse en actos deshonestos, ilegales o no éticos.

En virtud de lo anterior, se establecen no sólo unos principios y reglas de conducta que definen la orientación del proceso de control interno, sino que se contemplan los elementos humanos, las políticas de entrenamiento y la actualización permanente frente a las estrategias y a la forma de desarrollar adecuadamente dicho proceso. Es decir, se busca que los intermediarios desarrollen y solidifiquen una cultura de autocontrol en el desarrollo de sus operaciones.

Con el...

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