Vacaciones en el trabajo - Vacaciones y prestaciones sociales - Prácticos vLex - VLEX 574724498

Vacaciones en el trabajo

Contenido
  • 1 Concepto
  • 2 Liquidación de las vacaciones
  • 3 Acumulación de vacaciones
  • 4 Interrupción de las vacaciones
  • 5 Compensación en dinero de las vacaciones
  • 6 Prescripción de las vacaciones
  • 7 Casos especiales en materia de vacaciones
  • 8 Jurisprudencias relevantes
  • 9 Legislación citada
Concepto

Las vacaciones son un descanso remunerado que debe otorgar todo empleador a sus trabajadores a razón de quince días de salario por cada año de servicios o en forma proporcional al tiempo laborado por aquellos.

Liquidación de las vacaciones

Las vacaciones, en caso de salarios fijos, se remuneran con el valor del salario ordinario que estuviera devengando el trabajador en el momento en que comienza el disfrute de las mismas, siendo permitido excluir el valor de los recargos por trabajo en días domingos y festivos y el de horas extras.

Ahora bien, cuando el salario es variable, la liquidación habrá de realizarse sobre el promedio de lo devengado por el trabajador en el año anterior a la fecha en que se concedan.

Como reiteradamente lo ha indicado la Corte Suprema de Justicia, para efectos del otorgamiento de las vacaciones deberá tenerse en cuenta si el trabajador labora habitualmente los días sábados, ya que en tal caso, este se computará dentro del periodo a conceder por este concepto, entendido como día hábil.

Acumulación de vacaciones

La legislación laboral colombiana permite la figura de la acumulación de vacaciones, respecto de por lo menos 9 días de cada anualidad hasta por dos años, o por cuatro cuando el trabajador desarrolla actividades de especial importancia y conocimiento técnico, especializado o de se trata de aquellos catalogados como de confianza, manejo o extranjeros que no residen en el mismo lugar de labores.

Interrupción de las vacaciones

En este mismo orden de ideas, también es aplicable para el caso de las vacaciones, la figura de la interrupción, por razón de la cual, cuando se presenten hechos que impidan al trabajador el disfrute efectivo de su periodo de vacaciones, se entiende que estas se interrumpen y una vez cese la situación fáctica que dio lugar a la interrupción, se deberá disfrutar el tiempo faltante.

Caso muy frecuente de interrupción de las vacaciones es el que se presenta cuando el trabajador, estando en disfrute de las mismas, presenta una afectación en su salud que le genera una incapacidad temporal. En este evento, una vez finaliza dicha incapacidad, el trabajador tiene derecho a seguir disfrutando las vacaciones que...

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