Resolución número 002395 de 2009, por la cual se fijan las tarifas a favor del Ministerio de Transporte de las Especies Venales asignadas a los Organismos de Tránsito del país, los derechos de los trámites que atiende el Ministerio y las tarifas de los servicios para garantizar la sostenibilidad del Registro Unico Nacional de Tránsito - RUNT. - 10 de Junio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59290639

Resolución número 002395 de 2009, por la cual se fijan las tarifas a favor del Ministerio de Transporte de las Especies Venales asignadas a los Organismos de Tránsito del país, los derechos de los trámites que atiende el Ministerio y las tarifas de los servicios para garantizar la sostenibilidad del Registro Unico Nacional de Tránsito - RUNT.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín47376

El Ministro de Transporte, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las atribuidas en el articulo 59 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 2053 de 2003 y los articulos 6° y 15 de la Ley 1005 del 19 de enero de 2006, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo preceptuado en la Ley 1005 del 19 de enero de 2006, corresponde a los Organismos de Transito transferir al Ministerio de Transporte el 35% de las tarifas por los Derechos de Transito correspondiente a Licencia de Conduccion, Licencia de Transito y Placa Unica Nacional;

Que asi mismo la Ley 769 de 2002, ordeno al Ministerio de Transporte la implementacion del Registro Unico Nacional de Transito, RUNT;

Que la Ley 1005 del 19 de enero de 2006, complemento la regulacion normativa para la sostenibilidad del RUNT, estableciendo el metodo y el sistema para la determinacion de las tarifas que se cobraran a los usuarios por concepto de inscripcion, el ingreso de datos, expedicion de certificados y la prestacion de servicios relacionados con los diferentes registros previstos en la Ley 769 de 2002 o las normas que la modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten;

Que el articulo 5° de la citada ley, dispone que el recaudo de las tarifas antes mencionadas estara a cargo del Ministerio de Transporte, o de quien el delegue o autorice de conformidad con la ley;

Que las tarifas aplicables a la inscripcion, ingreso de informacion, expedicion de certificados y servicios prestados por el Registro Unico Nacional de Transito, RUNT, seran fijadas anualmente, mediante resolucion expedida por el Ministerio de Transporte, de acuerdo con el sistema y metodo adoptado.

RESUELVE:

Articulo 1° Tarifas

Fijar las siguientes tarifas a favor del Ministerio de Transporte, por los tramites que se adelantan ante este;

asi: TRAMITE VALOR $ Certificado de Escuela de Enseñanza Automovilistica. 7.800 Habilitacion de empresas de Transporte. 514.000 Homologacion Prototipo de Vehiculos o de Carrocerias. 77.000 Inscripcion como importador independiente. 78.000 Inscripcion de Ensambladores y de fabricantes de carrocerias. 79.000 Inscripcion de concesionarios. 101.000 Permiso de Circulacion Restringida o Alistamiento -por vehiculo- 7.500 Registro de vehiculos de Seguridad del Estado -solo placas- 37.500 Licencia de Transito o duplicado para vehiculos de Seguridad 18.000 del Estado Permiso de carga extra dimensionada -por vehiculo- 7.600 Planilla para transporte de sustancias quimicas de uso Restringido 26.000 (talonario de 30 unidades).

Tarjeta de operacion. 10.200 Registro de Vehiculos de Importacion Temporal -solo placas- 37.500 Licencia de Transito, renovacion o duplicado para vehiculos de 18.000 Importacion Temporal.

Reposicion placa de vehiculos de Importacion Temporal. 37.500 Planilla de viaje ocasional. 6.600 Habilitacion Terminales de Transporte...

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