La violencia en el acceso carnal - Estudios críticos de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia 6 - Libros y Revistas - VLEX 777561013

La violencia en el acceso carnal

AutorLigia María Vargas Mendoza
Páginas51-79
La violencia en el acceso carnal
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C II
LA V IOLENCIA EN EL ACCE SO CARN AL*
Corte Suprema de Justicia, Sent . del 6.05.2015, R 43880,
M.P.: María del Rosar io González Muñoz. Aprobado Acta No. 159.
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I. INTRODUCCIÓN
A pesar de la reiterada jurisprudencia que han emitido las Altas
Cortes colombianas y los Tribuna les Internacionales, aú n se presentan
casos en los cuales la defensa de un procesado por delitos sexuales
violentos alega que no exi stió violencia, por no haber sido esta física o,
se escuda en comporta mientos de la víctima, norm almente anteriores
a la agresión, para justicar el comportamiento del agresor. El caso
que se presenta en la sentencia que aquí se analiza aborda estas dos
problemáticas. Como se verá a continuación, ninguno de los dos
argumentos es vá lido para desvi rtuar la ex istencia de un acceso car nal
violento (artículo 205 C. P.) ni de otros delitos sex uales violentos.
En las páginas siguientes se relatarán los hechos del caso y los
argumentos presentados en la demanda de casación por las partes.
Posteriormente, se analizarán los dos elementos que se cuestionan
en la demanda. Por una parte, la existencia de violencia necesaria
para congurar el tipo penal de acceso carnal violento, que puede
presentarse de diversas for mas. Por otra parte, se mostra rá como resulta
irrelevante el compor tamiento que haya tenido en el pasado la v íctima
a nivel social y se xual, para desv irtuar l a existencia de este delito, pues
ninguna conducta anterior o posterior a una agresión sexual implica
* Para citar este capítulo: hp://dx.doi.org/10.15425/2017.48
1 Abogada de la Universidad de los Andes. Magister en Derecho Penal de la
Universidad de Salamanca.
Ligia María Vargas Mendoza
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que el sujeto pasivo haya perdido o renunciado a sus bienes jurídicos
libertad, i ntegridad y formación sexua les.
A. He
La sentencia relata que L.D.P.G., menor de 15 años, solía dejar el
caballo en el que el la y su hermano se trasladaban a l a escuela rural en
la que estudiaban, en la casa del señor C.T.E.R., quien era amigo del
padre de los menores. Un día de marzo de 2 009, la menor salió de sus
clases antes de la hora habitual y, dado que llovía y ella debía espera r
a su hermano, aceptó la inv itación del señor C.T.E.R., pa ra entrar a su
casa a leer. Luego, el hombre cerró la puerta, le ordenó que guardara
silencio y tomándola del brazo f uertemente la llevó hasta su habitac ión,
donde la lanzó a la cam a, la desvistió y la acced ió carnalmente. Como
consecuencia de este hecho, la menor quedó en embarazo y dio a
luz una niña el 21 de diciembre de ese mismo año, a quien C.T.E.R.
reconoció como su hija. Segú n relata la sentencia, la menor no informó
de lo sucedido a sus padres, si no que se vio obligada a ello cuando los
médicos diagnost icaron el embarazo y al lí se originó la notici a crimina l
que inició el proceso pena l.
B. A  
Por los hechos anteriores, el 30 de agosto de 2013, el Juez Quinto
Penal del Circuito de Pasto condenó a C.T.E.R . a 192 meses de prisión
y la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y
funciones públicas por el m ismo tiempo, como autor del delito de acceso
carna l violento (artículo 205 C.P.), agravado, dado que la víctima quedó
en embarazo como consecuencia del delito (artículo 211,6 C.P.). La
defensa y el Ministerio Público presentaron recurso de apelación en
contra de esta providencia, por lo que el Tribuna l Superior de Pasto la
revocó íntegramente, el 2 6 de febrero de 2014, absolviendo al procesado
y ordenando que fuera puesto en liber tad. En consecuencia, la sc alía
presentó recurso de casación, producto del c ual es la sentencia que se
anali za. Cabe adelantar que la S ala Penal de la Corte Suprema de Justic ia
revocó la sentencia del Tribunal Superior y conrmó la sentencia de
primera inst ancia.

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