Visión general de la reforma desde el gobierno nacional - Primera parte. Filosofía de la reforma a la contratación estatal colombiana - La Ley 1150 de 2007. ¿Una respuesta a la eficacia y transparencia en la contratación estatal? - Libros y Revistas - VLEX 352293218

Visión general de la reforma desde el gobierno nacional

AutorEdmundo del Castillo Restrepo
Cargo del AutorAbogado de la Universidad del Rosario (1989), con especialización en Derecho financiero y Derecho administrativo de la misma universidad
Páginas3-12
3
Visión general de la reforma desde el gobierno
nacional
Edmundo del Castillo Restrepo*
Introducción
Esta contribución académica tiene como objetivo fundamental exponer la
visión general de la reforma desde la perspectiva del gobierno y lo que ha sido
el proceso de reglamentación de la Ley 1150 de 2007.
En primer lugar, se hará una breve referencia a los antecedentes de la
Ley 1150, para luego continuar con lo que se traduce en la modicación más
importante de la reforma: el principio de selección objetiva. Finalmente, se
hará mención a otros aspectos signicativos de la reforma, algunos de ellos
en proceso de reglamentación por parte del Gobierno Nacional.
1. Antecedentes de la reforma
Numerosos proyectos de ley que se habían presentado antes de la expedición
de la Ley 1150 no alcanzaron a culminar su respectivo trámite en el Con-
greso de la República. Sin embargo, y con ocasión de las dicultades que se
presentaron para la aplicación de la Ley 80 por parte tanto de entidades como
de particulares, y las debilidades para garantizar algunos de los principios en
que se inspiró, el Gobierno Nacional presentó un proyecto de ley que luego
* Abogado de la Universidad del Rosario (1989), con especialización en Derecho nanciero y Dere-
cho administrativo de la misma universidad, así como formación en Métodos Alternativos de Solución
de Conictos – Estrategias de Negociación de la Universidad de Harvard y estudios del Programa de
Alto Gobierno de la Universidad de los Andes. Ha sido consultor de entidades públicas y privadas en
temas de Derecho nanciero y Derecho público, y representación de éstas en Tribunales de Arbitramiento
Nacionales e Internacionales ante la CCI con sede en París. Fue Secretario Jurídico de la Presidencia de
la República y actualmente ejerce desde su rma de abogados.

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