La vulneración del derecho a la restitución de los bienes de las víctimas del desplazamiento es una de las peores manifestaciones de la impunidad - Camino al despojo y la impunidad - Libros y Revistas - VLEX 840320002

La vulneración del derecho a la restitución de los bienes de las víctimas del desplazamiento es una de las peores manifestaciones de la impunidad

AutorGustavo Gallón - Ana María Díaz
Páginas93-124
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Comisión Colombiana de Juristas
Uno de los intereses que motiva el desplazamiento forzado
es el despojo de los bienes, especialmente de las tierras.
La Procuraduría General de la Nación estima que el 76%
de las personas desplazadas dedicaban la tierra a actividades de
autosostenimiento familiar y tenían al momento del desplazamiento
derechos vinculados a la tierra, ya sea como propietarios, tenedores,
ocupantes o poseedores151. Generalmente, luego del desplazamiento
provocado por los grupos paramilitares, las tierras de las comunidades
son destinadas a proyectos ganaderos y agroindustriales, entre otros.
En su visita a Colombia, el Representante Especial observó que “[l]os
desplazados tienen la impresión generalizada de que no hay voluntad
de devolverles la tierra y demás bienes y, en algunas regiones del país,
sospechan que aunque la causa original de los desplazamientos podía
haber sido el conicto armado, la apropiación de las tierras por parte de
grandes empresas era, cuando menos, un efecto colateral, si no parte de
una política de desplazamiento forzado. Se denunció ante el Representante
la ocupación ilegal de tierras, bien mediante la transferencia de títulos
bajo coacción por una compensación nanciera mínima o mediante su
falsicación. Asimismo, se denunciaron muchos casos de adquisición de
tierras indígenas y propiedades colectivas afrocolombianas en violación
Acerca de la problemática de la usurpación de las tierras asociada al
desplazamiento interno, el Representante Especial recomendó:
“a. Otorgar prioridad a la titulación de las tierras e inicio, sin más
demoras, del registro de derechos sobre la tierra tanto en el caso
de los desplazados internos como de las comunidades de riesgo.
151 Procuraduría General de la Nación, Proyecto Control Preventivo y Seguimiento a las Políticas Públicas
en Materia de Reinserción y Desmovilización, Capítulo 2, Seguimiento a la protección de las víctimas
del conicto en materia de bienes patrimoniales, Bogotá, 2006, pág. 185.
152 Naciones Unidas, citado supra en Nota 137, párr. 53.
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b. Regularización de los títulos de propiedad para los desplazados
que nunca tuvieron títulos de propiedad, o para los casos en
que los documentos legales de venta nunca fueron registrados
formalmente.
c. Cancelación de las deudas en concepto de impuestos impagos
durante el desplazamiento.
d. Ampliación de las actividades de protección de los bienes realizadas
por Acción Social y recursos para ello. Solicitud a las autoridades
locales que cooperen y ayuden en la identicación de los bienes
abandonados por propietarios desplazados por la fuerza.
e. Invalidar los títulos que corresponden a partes de tierras colectivas
de las comunidades indígenas y afrocolombianas vendidas por
particulares”.
f. Medidas provisionales (de la Fiscalía General de la Nación) basadas en
las referencias cruzadas contenidas en los informes de los desplazados
internos acerca de las confesiones de apoderamiento de tierras por
personas que esperan beneciarse de la Ley de justicia y paz.
g. Medidas legislativas necesarias (Decreto Presidencial) que permitan
la restitución directa de los bienes a las víctimas del desplazamiento
forzado, en lugar de canalizarlas a través de un Fondo de Reparación
General vinculado a la Comisión Nacional de Reparación y
Restitución, y se establezcan títulos legales, reconociendo al mismo
tiempo que por sí mismos los títulos no son sucientes puesto que
los propietarios deben estar en condiciones de regresar y tener el
usufructo efectivo de sus tierras.
h. En vista de la reciente sentencia de la Corte Constitucional sobre la
Ley de justicia y paz, las personas que deseen beneciarse de dicha
ley deberían decir toda la verdad, incluida la información sobre los
desplazamientos que han ocasionado y las tierras y las propiedades
que conscaron durante sus actividades, así como los nombres de
las personas a quienes las transrieron en caso de que no las hayan
adquirido para sí mismos”153.
La restitución de las tierras es el elemento más importante de la
reparación integral de las víctimas del desplazamiento y constituye un
factor indispensable en sostenibilidad de las soluciones duraderas al
desplazamiento. La solución a la usurpación de las tierras de la población
desplazada requiere de una real decisión política que comienza por la
153 Naciones Unidas, citado supra en Nota 1, párr. 80.
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protección del derecho a la tierra de las comunidades afrocolombianas,
campesinas e indígenas.
No obstante, el Estado no ha cumplido sus obligaciones de protección
de los bienes de la población desplazada y no ha garantizado las
condiciones para la restitución de los bienes rurales y urbanos que han
sido objeto de usurpación por parte de los grupos paramilitares.
A continuación se analizan los distintos factores que contribuyen a la
vulneración al derecho a la restitución de los bienes de las víctimas del
desplazamiento forzado.
6.1 El gobierno no ha cumplido con sus obligaciones de protección
de las tierras de la población desplazada
El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –Incoder- no ha cumplido
cabalmente con la obligación que le asigna la ley 387 de 1997 de
mantener un registro actualizado de los predios rurales abandonados
por las familias desplazadas, razón por la cual no existe una cifra ocial
de la magnitud del problema. En junio de 2003, seis años después de
la creación del Registro Único de Patrimonio (RUP), este contenía
información de tan solo 4.300 familias que habían declarado el abandono
de un total de 150.000 hectáreas de tierras.
De otro lado, el Proyecto de Protección de Bienes Patrimoniales de la
Población Rural Desplazada de Acción Social estimaba que 6,8 millones
de hectáreas de tierras fueron abandonadas por la población desplazada a
2005
154
, mientras que la Contraloría General de la República estima que
entre 2001 y 2005 el despojo de las propiedades afectaba a 265 mil familias
desplazadas que tenían derechos sobre más de 2.6 millones de hectáreas
155
.
El Estado colombiano aún no ha adoptado las medidas de protección,
ordenadas por la legislación, contra la usurpación por parte de los
grupos paramilitares y los terratenientes y empresarios que los apoyan.
154 Banco Mundial, Proyecto de la Red de Solidaridad Social, Banco Mundial/PCF, SIDA, OIM, Protection
of patrimonial assets of internally displaced populations in Colombia, Project Management Unit,
Washington D.C., mimeo, 22 febrero 2005.
155 Contraloría General de la República 2005, “El desplazamiento forzoso de los colombianos y sus im-
pactos patrimoniales”, Intervención del Vicecontralor General de la República, Luis Bernardo Flórez
Enciso, en el seminario internacional “Territorio, Patrimonio y Desplazamiento”, Bogotá, mimeo, 24 de
noviembre de 2005, pág. 3.

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