Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Mayo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 284195795

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Mayo de 2011

Número de expediente35996
Fecha23 Mayo 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso n.º 35996CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.178Bogotá D.C., veintitrés (23) de mayo de dos mil once (2011).

VISTOS

Decide la Sala acerca de la admisibilidad de los fundamentos lógicos y de apropiada argumentación de la demanda de casación presentada por el defensor de N.J.N.G. en contra de la sentencia de 29 de septiembre de 2010, mediante la cual el Tribunal Superior de Cundinamarca confirmó la emitida por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Conocimiento Adjunto de Descongestión del mismo Distrito Judicial, por cuyo medio lo condenó, conjuntamente con H.G.V.R., Y.A. y E.J.C.M. como coautores del delito de apoderamiento de hidrocarburos, sus derivados, biocombustibles o mezclas que los contengan.

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

El aspecto fáctico fue presentado por el juzgador de primer grado así:

“…a las 16:10 horas del 3 de octubre de 2009, en la vereda S.J. de Salsipuedes del municipio de Guaduas [Cundinamarca], cuando se observó por parte de policiales adscritos al Grupo Élite de Hidrocarburos de la Policía, concretamente al llegar a una recta después de una caseta de protección catódica de ECOPETROL y a una distancia de 70 metros, un vehículo tipo camión de color blanco y rojo con carpa negra modelo 1955 y placas IPJ 655, frente al que se encontraban dos personas, uno con camisa negra y otro con camisa blanca, quienes al percatarse de la presencia policial corrieron por la parte posterior del vehículo.

“En forma similar, otro sujeto con camisa color azul emprendió la huida hacia el costado del vehículo, por lo que se inició la persecución, capturándose inicialmente a los precitados sujetos vestidos con camisa negra y blanca que pretendían subirse a una motocicleta y se mostraron temerosos, los cuales fueron identificados como YEISON ALFONSO y E.C.M.. Simultáneamente, se encuentra dentro de la cabina del camión al señor N.J.N. y se continúo con la persecución del señor de la camisa azul, quien fue capturado cuando se ocultaba detrás de un matorral y se identificó como H.G.V.R., al cual le fue encontrado un maletín deportivo color gris con herramientas utilizadas en la perforación e instalación de válvulas ilícitas al poliducto entre otras, una (1) llave para tubo de doce (12) pulgadas, doce (12) brocas de distintos diámetros, tres (3) abrazaderas metálicas de ¾ de pulgada, una (1) llave de paso y dos (2) carretes.

“Se procedió a realizar la inspección al lugar hallando al lado del camión de placas IPJ una manguera de alta presión de color negro conectada al poliducto de 10 pulgadas de la línea Puerto Salgar-Mancilla, mediante una válvula ilícita color plateada y al seguir la dirección de la manguera, se encontraron en el piso varios paquetes de papel higiénico, hasta que finalmente ésta llevó a los policiales a la parte trasera del camión, donde se encontraba oculto entre cuarenta (40) pacas de papel higiénico un tanque cilíndrico metálico de color gris con capacidad de dos mil cuatrocientos (2400) galones que tenía un orificio superior de aproximadamente 20 centímetros de diámetro en el que ingresaba la punta de la manguera y donde se encontraba sustancia líquida con olor característico del hidrocarburo gasolina en cantidad aproximada de ochocientos (800) galones. Al lado del camión se encontraron dos motocicletas marca Auteco Bajaj Discover de placas NSA 32B y Yamaha placas BNE-57A.

“Se toma una muestra de la sustancia halladas y al ser sometida a prueba de marcación se determina una marcación de cero cero punto cero PPM, por lo que se corrobora la extracción ilegal del poliducto”.

En virtud de la aceptación de cargos que desde la audiencia de formulación de imputación, ante el Juzgado Promiscuo con Funciones de Control de Garantías de Guaduas (Cundinamarca), hicieran los incriminados N.J.N.G., H.G.V.R., Y.A. y E.J.C.M. por el delito de apoderamiento de hidrocarburos, sus derivados biocombustibles o mezclas que lo compongan, consagrado en el artículo 327-A[1] del Código Penal, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado Adjunto de Descongestión de Cundinamarca, una vez verificó la legalidad de tal allanamiento a la imputación, mediante sentencia de 29 de julio de 2010 los condenó como coautores del mismo y les impuso cuatro (4) años de prisión, multa de seiscientos sesenta y cinco (665) salarios mínimos legales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR