Auto Número 0093 de 2008, septiembre 29, por el cual se inicia una actuación administrativa (J 271-2008 - Exp. 49-2008)
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá, Zona Norte |
Número de Boletín | 47156 |
La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el Decreto 1250 de 1970 y 01 de 1984, y CONSIDERANDO: DISPONE: Artículo Io.
Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-20117743, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
Notificar el contenido del presente a Juan Manuel González, identificado con la cédula de ciudadanía número 19113319, quien presentó la solicitud que origina el inicio de la presente actuación y a Alberto González Herrera, en su calidad de actual titular de derecho de dominio del inmueble distinguido con la Matrícula 50N-20117743.
Citar a los terceros indeterminados que se consideren con derecho a intervenir en el presente asunto, para lo cual se ordena la publicación de este proveído en el Diario Ofi- cial a costa de esta Oficina, oenun diario de amplia circulación a nivel nacional a costa de los interesados (artículos 14y 15 Código Contencioso Administrativo).
Comunicar igualmente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Administración Local de Bogotá, para que obre como novedad dentro del proceso coactivo seguido contra Roberto González Caballero, quien decretó la cautela cuya revocatoria se solicita.
Por Secretaría envíese fotocopia de la presente providencia.
Ordenar la práctica de pruebas y allegar las informaciones y documentos ne- cesarios para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Código Contencioso Administrativo.
Comunicar el contenido de este auto al Jefe de la División Operativa y al Registrador Delegado, con el fin de que todo documento objeto de registro o cualquier petición sean enviados a la División Jurídica (Sección de Abogados Especializados) para evitar que esta oficina tome decisiones contrarias, en el caso de la solicitud de expedición de certifica- dos, para que en ellos conste como nota complementaria, el inicio de la presente actuación administrativa.
Formar el expediente debidamente foliado, al cual se le asignará el número 49 de 2008. (Artículo 290 Código Contencioso...
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