Decreto número 679 de 2018, por el cual cesan los efectos del artículo 3º del Decreto número 294 de 16 de febrero de 2018 y se hace un encargo - 18 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 714473393

Decreto número 679 de 2018, por el cual cesan los efectos del artículo 3º del Decreto número 294 de 16 de febrero de 2018 y se hace un encargo

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50568

CONSIDERANDO:

Que el señor Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, identificado con cédula de ciudadanía 6565585, fue elegido como Gobernador del departamento de Amazonas, en las elecciones de 25 de octubre de 2015 para el período 2016-2019, inscrito por el Partido Cambio Radical, según consta en el Formulario E-6 GO, proferido por el Consejo Nacional Electoral.

Que el Gobierno nacional mediante el Decreto número 534 de 4 de abril de 2016, suspendió al señor Manuel Antonio Carebilla Cuéllar del cargo de gobernador del departamento de Amazonas, dando cumplimiento a la providencia de 28 de marzo de 2016 proferida por la Corte Suprema de Justicia, y designó como Gobernadora encargada del departamento de Amazonas a la doctora Ana María Almario Dreszer, con el fin de evitar vacíos de poder o autoridad conforme a lo señalado por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-448 de 1997, sin perjuicio de señalar que una vez se produzca la designación de uno de los ternados por el Partido Cambio Radical inmediatamente concluiría el encargo.

Que mediante Decreto número 954 de 15 de junio de 2016, se designó como gobernador del departamento de Amazonas al señor César Antonio Lugo Morales, identificado con cédula de ciudadanía 79755658 quien fue ternado por el Partido Cambio Radical, y se cesaron los efectos del encargo contenido en el artículo 2º del Decreto número 534 de 4 de abril de 2016.

Que la Sala de Casación Penal - Sala de Juzgamiento de la Corte Suprema de Justicia mediante sentencia del 1º de noviembre de 2017, SP18022-2017, única instancia, radicación interna número 48679, CUI 11001020400020090221702, dentro de la actuación adelantada en contra del ex Representante a la Cámara Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, que resolvió:

"1. Declarar penalmente responsable a Manuel Antonio Carebilla Cuéllar (...) en calidad de autor material del concurso heterogéneo de: peculado (...) cohecho impropio (...) concusión (...) falsedad ideológica en documento público, (...) "2. Condenar a Manuel Antonio Carebilla Cuéllar a las siguientes penas principales: ciento setenta y cinco (175) meses de_prisión; (...) y 175 meses de inhabilitación_para el ejercicio de derechos y funciones públicas y, además, a la inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas dispuesta en el artículo 122 Constitucional, con la modificación introducida por el Acto...

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