Resolución número 672 de 2007, por medio de la cual se declara desierta la Licitación Pública número 001 de 2007 - 2 de Abril de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50412554

Resolución número 672 de 2007, por medio de la cual se declara desierta la Licitación Pública número 001 de 2007

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín46589

El Director General del Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el literal d) articulo 15 del Decreto 1435 de 1990, y CONSIDERANDO:

  1. Que el Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, mediante Resolucion numero 0249 del 19 de febrero de 2007, ordeno la apertura a la Licitacion Publica numero 001 de 2007, para solicitar publicamente ofertas, para el suministro de personal en mision, en los niveles ocupacional, profesional, tecnico, administrativo y operativo con cobertura nacional que la entidad tiene distribuidas en las siguientes ciudades, Bogota, D. C., Medellin, Bucaramanga, Cali, Tumaco, Buenaventura, Santa Marta, Barranquilla y Cartagena.

  2. Que culminada la etapa de recepcion de ofertas el dia 9 de marzo de 2007, se encontraron las siguientes ofertas de lo cual quedo constancia en el Acta numero 15 de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones: 1. Activos S. A.

  3. Gente Oportuna Ltda.

  4. Serviola S. A.

  5. Coltempora S. A.

  6. Manpower de Colombia Ltda.

  7. Trabajadores Temporales Ltda.

  8. Que en sesion del 13 de marzo de 2007 de la cual quedo constancia en el Acta numero 016, los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones realizan la evaluacion de las ofertas de la cual se concluyo lo siguiente: - La oferta presentada por la Empresa Activos S. A., se rechaza por no cumplir con lo señalado en el articulo 16 del Decreto 679 de 2004, relacionado con el valor minimo de constitucion de la poliza de seriedad de la oferta.

    - La oferta presentada por la Empresa Gente Oportuna Ltda., se rechaza por no acreditar de conformidad con las normas del Codigo de Comercio el registro de la apertura de las sucursales y agencias en las ciudades solicitadas en los pliegos de condiciones.

    - La oferta presentada por la Empresa Serviola S. A., se rechaza por no cumplir con lo señalado con el articulo 16 del Decreto 679 de 2004, relacionado con el valor minimo de constitucion...

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