Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Págs. Cecilia de la Fuente de Lleras Dirección General Resolución número 1916 de 2012, por la cual se Modifica el artículo 4° y el parágrafo único de la Resolución número 1100 del 28 de marzo de 2012 por medio de la cual se aprueba una reforma de estatutos a la Fundación Centro Juvenil y Casa Taller de la Adolescente Embarazada - 10 de Junio de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 379631354

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Págs. Cecilia de la Fuente de Lleras Dirección General Resolución número 1916 de 2012, por la cual se Modifica el artículo 4° y el parágrafo único de la Resolución número 1100 del 28 de marzo de 2012 por medio de la cual se aprueba una reforma de estatutos a la Fundación Centro Juvenil y Casa Taller de la Adolescente Embarazada

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48457
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLVIII No. 48.457 Edición de 12 páginas Bogotá, D. C., domingo, 10 de junio de 2012 I S S N 0122-2112
DIARIO OFICIAL
IMPRENTA
NACIONAL
República de Colombia
LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de ene-
ro 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional de
Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratos
estatales no requieren publicación ante la desaparición del
Diario Único de Contratación Pública.
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Cecilia de la Fuente de Lleras
Dirección General
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 1916 DE 2012
(mayo 15)
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El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente
de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la
Ley 7ª de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 117 de 2010, la Ley 1098
de 2006 y la Resolución 3899 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que la Fundación Centro Juvenil y Casa Taller de la Adolescente Embarazada se cons-
tituyó y aprobó sus estatutos mediante acta de fecha 10 de noviembre de 1996.
Que mediante Resolución número 5840 del 30 de diciembre de 2011 expedida
por el CBF, y publicada en el  número 48.365 del 7 de marzo de 2012,
se reconoció personería jurídica a la Fundación Centro Juvenil y Casa Taller de la
Adolescente Embarazada.
Que la representante legal de la Fundación Centro Juvenil y Casa Taller de la Adolescente
Embarazada, mediante comunicación radicada bajo el número 13680 de fecha 28 de febrero
de 2012, solicitó al ICBF aprobar la reforma de los Estatutos de Fundación, toda vez que
mediante Acta número 002 de fecha 25 de febrero de 2012, en la Asamblea Extraordinaria
de Socios y Social, se introdujeron ajustes a los estatutos.
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de ajustar y actualizar su contenido con los conceptos señalados en la Ley 1098 de 2006
Código de la Infancia y Adolescencia.
Que en desarrollo del trámite adelantado para la aprobación de reforma de Estatutos
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la fundación, encontrando que se ajustan a los requisitos exigidos legalmente, emitiendo
concepto favorable para la aprobación de la Reforma Estatutaria solicitada.
Que mediante Resolución número 1100 del 28 de marzo de 2012 se aprobó la reforma
de estatutos a la Fundación Centro Juvenil y Casa Taller de la Adolescente Embarazada.
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Rivera de Ochoa en calidad de Representante Legal de la Fundación Centro Juvenil y Casa
Taller de la Adolescente Embarazada, el contenido de la Resolución número 1100 del 28
de marzo de 2012.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
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del 28 de marzo de 2012, los cuales quedarán así:
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de su expedición y deberá pagarse
su publicación en el  dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su
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Embarazada.
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presente resolución al representante legal de la “Fundación Centro Juvenil y Casa Taller de
la Adolescente Embarazada” en los términos establecidos en el Código Contencioso Admi-
nistrativo, haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición ante esta
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o dentro de los cinco (5) días siguientes a la misma.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su expedición y será publicada en
el D
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de mayo de 2012.
Publíquese, notifíquese y cúmplase.
El Director General,

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0704840.
18-V-2012. Valor $193.500.
Regional Santander
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 003391 DE 2011
(diciembre 28)

La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Santander, en
uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas en la Resolución
Número 003899 del 08 de septiembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
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37893144 de San Gil (Santander), actual Presidenta, ha solicitado se inscriba como Repre-
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número 37520090 de Barichara (Santander) de la Asociación de Padres de Hogares de
Bienestar La Perla del Fonce del municipio de San Gil departamento de Santander, entidad
sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante la Resolución número
0616 de junio16 de 1997.
Que la señora Débora Aparicio Salazar fue elegida como Representante Legal, según
consta en reunión del día 28 de noviembre de 2011 de la Asamblea General de Padres de
Familia.
Que realizado el estudio de los documentos presentados, se encuentra que se ajustan a
la Constitución, a las leyes, y cumplen con los requisitos señalados en el artículo 9° de la
Resolución 003899 de 08 de septiembre de 2010.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Ordenar la inscripción en el libro radicador como Representante Legal de
la Asociación de Padres de Hogares de Bienestar La Perla del Fonce del municipio de San
      
cédula de ciudadanía número 37520090 de Barichara, (Santander).
Artículo 2°. La Inscripción de Representante Legal que se otorga por esta resolu-
ción, es por un periodo de dos (2) años, según lo reglado en los estatutos de la referida
Asociación.
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

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